562-304-5121
Talk to a Lawyer

Audiencia de Detención

Cuando se arresta a un menor de edad por haber estado involucrado en una actividad ilegal y el fiscal imputa los cargos mediante la petición, el próximo acto a realizarse será la audiencia de detención. Esta es la audiencia inicial en el tribunal de menores cuyo propósito es determinar si el menor debe permanecer recluido mientras se realiza el proceso judicial. Asimismo, en este artículo abordaremos su procedimiento y las posibles decisiones que pueden resultar de ella.

Si usted o uno de sus familiares es un menor de edad que ha sido acusado de cometer este delito, un abogado penalista de Long Beach Criminal Lawyer, localizada en Long Beach, California, será de gran ayuda. Nuestros abogados criminalistas cuentan con los conocimientos y la experiencia necesaria en el ejercicio profesional para lograr una defensa adecuada para su caso, que permita obtener un resultado que lo favorezca.

¿Qué ocurre antes de la audiencia?

Cuando el sospechoso de cometer un delito es un menor de edad, si el hecho en que estuvo involucrado no es grave, es probable que le den una advertencia y no lo arresten. En otros casos, se le otorga una citación para su comparecencia en el juicio en la fecha establecida, de manera que pueda estar en libertad mientras tanto, pero a veces pueden arrestarlo y llevarlo al correccional de menores.

Debemos tener en cuenta que los funcionarios están orientados a ayudarlo, por lo que sólo en casos graves es procesado, muchas veces en vez de esto, se le permite someterse a programas en los que obtenga la ayuda que necesita y no vuelva a incurrir en una conducta delictiva. Incluso si el policía decide llevar al menor al correccional de menores, estos son dirigidos por oficiales de libertad condicional, los cuales no siempre admiten al menor si el delito que cometió no es grave, ya que normalmente el correccional se está acercando a su máxima capacidad.

Por esta razón, cuando el menor ingresa, el oficial le hará algunas preguntas y puede decidir dejar que se vaya con una citación para su comparecencia frente al tribunal. También puede darle un programa de libertad condicional, con el cual no tendrá que comparecer en el tribunal, salvo que incumpla alguna condición del mismo. Aunque en algunos casos el oficial decide mantener al joven en el correccional para menores hasta que el juez examine el caso. Si esto ocurre, estará detenido en ese lugar hasta que se celebre la audiencia de detención, la cual tiene como fin determinar si el menor continuará recluido hasta que se dicte una decisión al finalizar el proceso judicial.

¿En qué consiste la Audiencia de Detención?

Cuando la policía arresta a un menor de edad y lo mantiene en custodia, el fiscal debe imputar los cargos mediante la petición, una vez que lo haga, la primera audiencia que se celebrará en el proceso será la audiencia de detención. En esta audiencia el juez determinará si el joven puede estar en su hogar mientras dure el juicio o si debe permanecer en el correccional de menores.

Como indicamos anteriormente, cuando se arresta al menor, éste puede ser liberado para que se mantenga bajo supervisión en su hogar o puede ser privado de su libertad en un correccional de menores. En cualquier caso, el menor tiene derecho a que se celebre la audiencia de detención, ya que cuando se mantiene bajo supervisión en su hogar también se considera que está en custodia, con la única diferencia que en este caso es custodiado por sus progenitores o su tutor legal.

Es importante saber que el objetivo principal del sistema de justicia de menores es lograr la rehabilitación del menor, es por esto que, en el condado de Los Ángeles, se debe intentar que el menor se someta a programas comunitarios y la privación de la libertad sea la última opción que persiga el fiscal cuando es absolutamente necesario.

Ahora bien, existen muchas diferencias entre el proceso judicial en el tribunal de adultos y en el tribunal de menores, una de ellas está relacionada con la fianza. En el proceso judicial de adultos las personas que son privadas de su libertad de manera preventiva mientras dura el juicio tienen el derecho de pagar una fianza para salir en libertad mientras dura el proceso judicial y se dicta la decisión final sobre el caso. Sin embargo, esto no es posible en el tribunal de menores, por lo cual es muy importante que su abogado ejerza una buena defensa en la audiencia, que conduzca a que el juez determine que no debe permanecer en el correccional y pueda someterse al juicio penal en libertad.

¿Cuándo se celebrará la audiencia de detención?

En cuanto al lapso para la celebración de la audiencia, debemos mencionar que, si el delito del que se le acusa es un delito menor no violento y no grave, la audiencia debe llevarse a cabo dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la detención del menor.

En cambio, si el menor ha sido acusado de cometer un delito menor o un delito mayor que involucre violencia, entonces la audiencia de detención debe llevarse a cabo dentro de las 72 horas hábiles siguientes a la detención del menor. Cabe destacar que, en este caso, el fiscal debe imputar los cargos dentro de las 48 horas siguientes a la detención.

Además, el tribunal debe emitir una notificación a los padres del menor de edad, mediante la cual se les informará sobre el lugar y la hora en que se realizará la audiencia. Si esto no se cumple, los padres tendrán derecho a exigir que se lleve a cabo una nueva audiencia de detención durante las siguientes 24 horas, para que así tengan la oportunidad de acudir.

¿En qué consiste el procedimiento de la audiencia?

En la audiencia de detención se realizará la lectura de los cargos que el fiscal ha imputado en la petición, además, se le participará cuáles son sus derechos constitucionales y podrá hacer su declaración respecto de los cargos que se le han imputado. Cabe destacar que estos actos se llevarán a cabo independientemente de que el menor haya estado en custodia hasta ese momento o no. Adicionalmente, se le otorgará una copia de la petición y los informes de incidentes a su abogado y se les dará una oportunidad de revisar este material.

Ahora bien, los derechos constitucionales que el juez debe informar al menor incluyen el derecho a contar con un abogado, el derecho de no auto inculparse o declarar contra sí mismo, el derecho de citar testigos, el derecho de interrogar a sus propios testigos y contrainterrogar a los presentados por el fiscal y el derecho a presentar pruebas en el juicio.

En cuanto a la declaración del menor respecto de los cargos contenidos en la petición cabe destacar que, a diferencia del proceso penal de adultos en el que el acusado se declara culpable o inocente de los cargos que se le imputan, en este proceso el menor admite la acusación, niega la acusación, o no se opone a la acusación. Además, también puede negar la acusación por motivo de demencia.

Asimismo, la defensa por demencia es una defensa común en los juicios penales, que consiste en que el acusado no comprendía la naturaleza de la conducta criminal o no podía entender que era moralmente indebida. Cuando el acusado alega esto debe probarlo bajo un criterio de probabilidad, lo cual significa que debe demostrar que lo más probable era que padeciera demencia cuando cometió el delito.

¿Qué tomará en cuenta el juez en la audiencia de detención?

El artículo 635 del Código de Bienestar e Instituciones de California establece varios factores que el juez tomará en cuenta para su decisión en la audiencia de detención.

En primer lugar, el juez evaluará si el fiscal ha demostrado la comisión del delito “prima facie”. La existencia de un caso prima facie implica que la parte que tiene carga de la prueba, que es el fiscal, ha presentado evidencias que se consideran suficientes para probar todos los elementos del delito, a menos que alguien los contradiga. De manera que, esta suficiencia de pruebas justifica que se lleve el caso a etapa de juicio, en donde el menor tendrá la oportunidad de ejercer su defensa y contrariar los argumentos y las pruebas presentadas por el fiscal.

Además, de la existencia del caso prima facie, el juez debe verificar que se cumple cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • El menor transgredió una orden del tribunal.

  • El menor ha evadido algún compromiso que ordenó el tribunal.

  • Existe un riesgo de fuga con respecto al menor de edad.

  • La detención inmediata es indispensable para proteger al menor.

  • Es necesario desde un punto de vista razonable que se detenga al menor para la protección de otra persona o su propiedad.

Luego de examinar la existencia de las circunstancias mencionadas anteriormente, el juez tomará en cuenta la opinión del fiscal, el oficial de libertad condicional, el menor, el abogado y los padres del menor. Es por esto que cuando el juez pida la opinión del abogado, éste puede realizar argumentos convincentes para que el juez determine que no se cumplen ninguna de las circunstancias indicadas anteriormente, y que el joven no representa un peligro para sí mismo o para la comunidad.

¿Qué ocurre si el acusado no fue recluido tras el arresto?

Si el acusado no fue recluido después del arresto, sino que se le permitió volver a la custodia de sus padres, la audiencia consistirá únicamente en la lectura de cargos y no se discutirá la reclusión, ya que en este caso el juez no puede decidir que sea privado de su libertad hasta que culmine el juicio. Asimismo, el juez le indicará cuáles son los cargos imputados, sus derechos constitucionales y se le permitirá realizar su declaración respecto de los cargos.

Además, si el menor se le había impuesto un régimen de libertad condicional por un delito anterior, la comisión de un nuevo delito se puede considerar una violación a la libertad condicional, por lo que en la audiencia de detención el juez debe pronunciarse al respecto.

Es importante tener en cuenta que a pesar de que en este caso el juez no puede ordenar su detención, si el menor no comparece en la próxima fecha establecida por el juez, éste puede emitir una orden para que los oficiales de policía lo arresten y sea recluido en el correccional de menores.

¿Qué sucede si el menor permanece recluido?

Si el resultado de la audiencia no es favorable y el juez determina que el menor de edad debe permanecer privado de su libertad, entonces permanecerá en el correccional de menores hasta que se dicte la decisión al finalizar el proceso judicial, pudiendo salir únicamente cada vez que deba comparecer ante el tribunal.

Asimismo, es importante saber que la audiencia de jurisdicción o adjudicación es el juicio en el tribunal de menores, en el cual se presentarán los argumentos y evidencias en las que se basará el juez para tomar su decisión final sobre el caso. Ésta debe celebrarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la decisión de la audiencia de detención, de lo contrario, el menor deberá ser liberado salvo que el tribunal estime conveniente mantener al menor privado de su libertad.

Por otro lado, si el juez determinó en la audiencia de detención que el menor debía ser liberado, entonces la audiencia de adjudicación se celebrará en los siguientes 30 días.

¿En qué consisten las audiencias Dennis H?

Esta audiencia también se denomina audiencia prima facie o audiencia de la detención impugnada.

Si el menor de edad pierde en la audiencia de detención, su abogado puede solicitar la celebración de otra audiencia únicamente cuando considere que la decisión estuvo fundamentada en evidencia dudosa. Por ejemplo, cuando la decisión del juez estuvo fundada en el informe policial presentado por un policía que no testificó en la audiencia de detención, entonces se lleva a cabo una nueva audiencia para que el policía preste su testimonio y el abogado del menor pueda interrogarlo para garantizar que la información proporcionada por éste sea correcta.

Si el menor solicita esta audiencia, se celebrará dentro de 3 días judiciales siguientes de la culminación de la audiencia de detención original, o en los 5 días judiciales siguientes si un testigo no está disponible.

¿Cuáles son las alternativas a la reclusión del menor?

Cuando el menor ha estado recluido luego del arresto, la privación de su libertad hasta la culminación del juicio penal puede ser muy preocupante para sus padres, si bien el juez podría decidir que continúe en el correccional de menores, debe saber que también existen otras alternativas. Por esta razón la audiencia de detención es tan importante, ya que con una defensa adecuada se puede lograr la imposición de medidas que sean beneficiosas para su hijo.

Asimismo, la decisión del juez en la audiencia de detención puede consistir en que el menor sea liberado de la reclusión y vuelva a su hogar, donde será custodiado por sus padres o tutor legal. En este caso, se impondrán una serie de condiciones que deberá cumplir cabalmente ya que de lo contrario será recluido nuevamente.

Además, ha sido una práctica cada vez más común que los jueces coloquen vigilancia electrónica del hogar, los cuales son una serie de dispositivos que poseen un GPS integrado, a través de ellos, se puede conocer la ubicación exacta del menor de edad en todo momento, para así asegurarse de que no se encuentre realizando ninguna actividad ilegal ni violando las condiciones que le han sido impuestas en la audiencia.

El juez también puede liberar al menor y ordenar que el Departamento de Libertad Condicional lo supervise de manera estricta, en cuyo caso también deberá cumplir con una serie de condiciones cuya transgresión tendrá como consecuencia la privación preventiva de su libertad en el correccional de menores.

Para ejemplificar esto, colocaremos los siguientes supuestos.

Gabriel es arrestado un lunes por estar implicado en el delito de asesinato del artículo 187 PC, además, ha usado un arma de fuego en la comisión del delito, lo cual justificaría que se le impute el aumento de pena del artículo 12022.53 PC. Ya que las circunstancias de su caso y los delitos de los que se le acusa son graves, la policía decide llevarlo a un correccional de menores. El miércoles de la misma semana el fiscal imputa los cargos en su contra mediante la presentación de una petición.

De manera que, al día siguiente se celebra la audiencia de detención, en la cual el juez le participa sobre los cargos que contiene la petición y le indica cuáles son sus derechos constitucionales. Posteriormente, se le ofrece la oportunidad de realizar su declaración acerca de los cargos que le han sido imputados, por lo que Gabriel niega las acusaciones de la petición. Una vez que el juez ha evaluado el caso, llega a la conclusión que Gabriel representa un peligro para la comunidad, por lo que estima conveniente que permanezca recluido en un correccional de menores mientras se lleva a cabo el juicio.

Aunque en este caso Gabriel continuó recluido, también puede ocurrir en casos graves, que el juez ordene la liberación siempre que utilice un monitor de tobillo, con el cual el tribunal puede conocer su ubicación en todo momento.

Ahora bien, coloquemos un supuesto distinto. Si el delito del cual se le acusa de cometer a Gabriel es un delito que no se considere grave, por ejemplo, el delito de shoplifting del artículo 459.5 PC, Gabriel no será recluido en el correccional de menores, sino que se dejará en libertad para que sea supervisado por sus padres. De manera que, se le envía una notificación mediante correo electrónico, en la cual el juez cumple con su deber de informarle que se le imputará el delito de hurto en tiendas del artículo 459.5 PC, además, se le participa el nombre del tribunal ante el cual deberán comparecer y la fecha en que se llevará a cabo la audiencia.

Ya que Gabriel no se encontraba recluido antes de la audiencia de detención, esta no tiene el propósito de determinar si permanecerá en el correccional de menores, sino que simplemente se le informan de los cargos que ha imputado el fiscal mediante la petición, además de indicarle sus derechos constitucionales y permitirle hacer su declaración respecto de los cargos imputados. Por consiguiente, Gabriel niega las acusaciones y el juez simplemente fija la fecha de la próxima audiencia del proceso judicial.

Como vemos, Gabriel nunca fue recluido por tratarse de un delito menor pero deberá comparecer ante el tribunal en la próxima fecha establecida por el juez, en el supuesto de que no cumpla con esto, el juez emitirá una orden judicial para su arresto, con la cual será privado de su libertad en el correccional de menores.

¿Cómo contactar a un abogado de este delito cerca de mí?

Entendemos que puede estar pasando por una situación difícil si usted o un menor que es parte de su familia estuvo involucrado en la comisión de un hecho punible como los que hemos mencionado, ya que puede traer consecuencias graves para su vida personal y su futuro. Debe tener en cuenta que la decisión que se tome en la audiencia de detención dependerá en gran medida de la defensa ejercida por el abogado.

Por esta razón, no dude en obtener la asesoría de uno de nuestros abogados lo antes posible, somos profesionales capacitados que contamos con una amplia experiencia y conocemos a profundidad el procedimiento del tribunal de menores, así que evaluaremos su caso y ejercemos una defensa orientada a lograr que el menor no sea recluido mientras dure el juicio, además, podemos representarlo durante todo el proceso judicial para conseguir que la petición sea rechazada o se le impongan sanciones menos severas.

Para obtener más información y discutir su caso, llame al 562-304-5121 para programar una consulta gratuita con un abogado de Delincuencia Juvenil de Long Beach Criminal Lawyer.

Call Us Today

Schedule a free consultation to speak an experienced criminal attorney regarding your case

562-304-5121