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DUI en Menores de Edad

La legislación de California considera un hecho riesgoso manejar bajo la influencia de alcohol, para lo cual ha regulado una serie de delitos de conducción. A su vez, se establecen disposiciones especiales cuando un menor es el infractor, estas son, la disposición de cero tolerancia contemplada en el artículo 23136 de Código Vehicular de California y la disposición contemplada en el artículo 23140 CV, en las que se entiende por menor de edad a los menores de 21 años.

Estos cargos se determinan en base a la concentración de alcohol en la sangre, también conocido por sus siglas en inglés “BAC”, que tenía el acusado en el momento de la comisión del delito, para lo cual se pueden llevar a cabo distintos tipos de pruebas. En cualquier caso, la infracción a estas disposiciones conlleva la suspensión de la licencia de conducir del menor y la imposición de cuantiosas multas.

Si se ha involucrado en una situación parecida, un abogado de la firma de abogados Long Beach Criminal Lawyer de Long Beach, California podrá asesorarlo. De esta forma, pondrá su caso en las manos de los mejores abogados de defensa criminal, los cuales aplicarán sus décadas de formación y experiencia en el ejercicio profesional para poder establecer la defensa más conveniente y oportuna, además de ejercerla de la mejor manera posible para que esta situación pueda ser solventada o lograr tener la menor cantidad de efectos negativos posibles según sea el caso.

¿En qué consisten estas infracciones?

  • Conducción por menores de edad con un BAC de 0.01% o más, también conocida como la disposición de cero tolerancia de California, contemplada en el artículo 23136 del Código Vehicular. La violación de esta regulación se considera una infracción, por lo cual, si es su primera infracción sólo implica la suspensión de su licencia de conducir por un año. Por otro lado, si es reincidente, su licencia de conducir puede ser suspendida por un periodo más largo, de 2 o 3 años.

Cabe destacar que no sólo el consumo de bebidas alcohólicas conlleva a la violación de esta norma, sino que también el consumo de cualquier sustancia que contenga alcohol, como medicinas que podrían tener alcohol entre sus componentes.

Además, debemos mencionar que para la comisión de este hecho punible no se toma en cuenta la forma en que ha manejado el conductor o si éste se veía claramente afectada por su consumo de alcohol, ya que sólo se requiere que haya habido en su sangre el porcentaje de alcohol indicado en la ley.

  • Conducción por menores de edad con un BAC de 0.05% o más. Artículo 23140 CV. Se considera una infracción y no un delito, de manera que constituye una ofensa criminal de bajo nivel, por lo que se asemeja en su gravedad a una multa de estacionamiento. Si es su primera infracción, acarrea la suspensión de su licencia de conducir, y la imposición de una multa de 100 dólares. Además, si el conductor es mayor de 18 años, tendrá la obligación de cursar un programa educativo sobre el alcohol por un periodo de 3 meses o más.

Debemos mencionar que a cualquier menor de 21 años que se involucre en hechos similares también se le pueden imputar los siguientes delitos:

  • DUI Standard. Artículo 23152 (a) consiste en conducir mientras se encuentra afectado por sustancias alcohólicas o con una concentración de alcohol en la sangre de 0.08% o mayor, se castiga con suspensión de la licencia de conducir por un año, un periodo de 3 a 5 años de libertad condicional informal, una multa entre 390 y 1.000 dólares, la obligación de someterse a un programa educativo sobre el alcohol de 3 o 9 meses y un periodo de privación de libertad de hasta 6 meses en una cárcel del condado, aunque esto último no siempre ocurre.

  • Conducir bajo la influencia de drogas causando lesiones. Según el Artículo 23153 CP(a) se comete este delito cuando se conduce de forma negligente, afectado por el consumo de alcohol o drogas y se causa una lesión a una persona, por otro lado, según el mismo artículo en su apartado (b) ocurre cuando se causa una lesión a una persona por conducir con una concentración de alcohol en la sangre de 0.08% o mayor.

Este delito es un wobbler, como delito menor incluye un periodo de libertad condicional de 3 a 5 años, un periodo de 5 días a 1 año en la cárcel, multas que oscilan entre 390 y 5.000 dólares, la obligación de existir a una escuela de DUI, la suspensión de su licencia de conducir y la obligación de pagar indemnización a las partes afectadas. Por otro lado, como delito mayor conlleva multas que oscilan entre los 1.015 y los 5.000 dólares, la obligación de asistir a una escuela de DUI, un periodo de 3 años con un estatus como Infractor del Tráfico Habitual, una revocación de su licencia de conducir de hasta 5 años y un periodo de privación de libertad de 2 a 4 años en prisión, incluso más si la herida sufrida por la víctima es grave.

  • Posesión de alcohol en un vehículo por parte de menores de edad. Artículo 23224 del Código Vehicular. Se incurre en este delito cuando un menor de 21 años lleva sustancias alcohólicas dentro de un vehículo. Sin embargo, la disposición establece que, si el envase donde se encuentran las sustancias alcohólicas está lleno, sellado y no se ha abierto y, además, el menor está acompañado de un padre, su responsable legal, familiar responsable o un adulto designado por el padre, no se incurre en este delito. Tampoco se estaría cometiendo si el menor se deshace de la sustancia alcohólica por orden de dicho padre o adulto; o si el menor trabaja para una persona que tiene una licencia legal de licor, y lleva el alcohol en ejercicio las funciones de su trabajo.

Este hecho se considera un delito menor y su castigo conlleva una multa de hasta 1.000 dólares, la suspensión de la licencia de conducir hasta por un año y la incautación del vehículo del acusado por un periodo de hasta 30 días.

  • Conducir con posesión de marihuana. Artículo 23222 (b) CV. Es una infracción aplicable a menores cuando conducen teniendo marihuana en su vehículo. Sin embargo, si la marihuana se encuentra en un envase, o el envase no ha sido abierto ni tiene el sello dañado, no se incurre en este delito. En cuanto a la pena, se impone una multa de hasta 100 dólares.

  • Conducir mientras se bebe alcohol o se consume marihuana. Artículo 23221 CV. Se considera una infracción y si es su primera vez la pena es de una multa de hasta 100 dólares.

¿Cómo se mide el BAC?

Existen dos tipos de pruebas para determinar el BAC, la prueba preliminar y las pruebas químicas, la primera no es obligatoria a menos que usted sea menor de 21 años y haya violado la disposición de cero tolerancia o se encuentre en libertad condicional por una condena anterior de DUI. De conformidad con el artículo 23136 del Código Vehicular de California, esta es una prueba preliminar de detección de alcohol, conocida por sus siglas en inglés como PAS, llevada a cabo por la policía cuando detiene a la persona mientras conduce y consiste en tomar una muestra de su aliento con un alcoholímetro que mide su concentración aproximada de alcohol en la sangre.

Por otro lado, este porcentaje de alcohol en su sangre se puede determinar dentro de las 3 horas posteriores a su conducción mediante las pruebas químicas y se consideran una prueba irrefutable de la comisión del delito, estas pruebas son obligatorias y si se niega a realizarlas, se le podrán imponer aumentos de pena y se suspenderá su licencia. Además, deben ser llevadas a cabo de conformidad con las especificaciones establecidas en la ley, que explicaremos luego.

¿Qué pasa si un conductor menor de edad se niega a someterse a la prueba de alcohol?

Si el menor de edad que ha conducido bajo la influencia de alcohol se niega a someterse a una prueba PAS o no la completa, incluso en el supuesto en que deba hacérsele después del arresto por esta razón, conllevará a la suspensión de su licencia de conducir por un periodo que no será menos de un año. Por otro lado, también el Departamento de Vehículos Motorizados puede revocar la licencia de conducir por dos años o más si el conductor se ha negado a realizar la prueba química o tiene condenas anteriores por un DUI o el delito de conducción imprudente con presencia de alcohol, también conocido como wet reckless, establecido en el artículo 23103.5 del Código Vehicular.

¿Qué se puede hacer para recuperar la licencia de conducir?

Los conductores cuya licencia haya sido suspendida pueden solicitar una audiencia de suspensión de licencia del Departamento de Vehículos Motorizados dentro de 10 días antes de haberse negado a la prueba o de ser citado por la infracción de la disposición de cero tolerancias del artículo 23136 CP. Ahora bien, el abogado puede representarlo en la audiencia sin la necesidad de que esté presente y normalmente se lleva a cabo por vía telefónica a menos que se solicite que sea presencia. Por otro lado, si la audiencia resulta a favor del conductor, la suspensión o revocación de la licencia se cancela. Pero si pierde, tiene las siguientes opciones:

  • Solicitar una licencia restringida para uso crítico. Esto sólo es posible si la suspensión no se produjo como consecuencia de una negación a someterse a la prueba química.

  • Apelar a la decisión del oficial de la audiencia. Para esto, debe pagar un monto de 120 dólares y enviar una solicitud escrita dentro de los 15 días siguientes de la fecha de la notificación de dicha decisión.

Además, debemos mencionar que luego de que se cumpla el periodo por el cual ha sido suspendida su licencia, la puede recuperar si cumple con los siguientes requisitos.

  • Debe pagar una cuota para su nueva emisión al Departamento de Vehículos Motorizados.

  • Debe entregar una prueba SR-22 de responsabilidad financiera, esto consiste en un certificado de seguro de vehículo presentado por su compañía de seguros ante el DMV que demuestra que cumple con la responsabilidad de cobertura de su seguro.

  • Debe mantener prueba de responsabilidad financiera por tres años.

 

Además, se permite que los menores de edad que pierdan la audiencia obtengan una licencia restringida de uso crítico, esta licencia permite que el menor conduzca en circunstancias específicas, como cuando debe conducir del trabajo a la escuela si no tiene otra opción de transporte. Sin embargo, si la razón de la suspensión fue su negación a someterse a la prueba química, no podrá obtener esta licencia especial.

¿Cuáles son las posibles defensas ante una acusación de este tipo?

Existen varias defensas que su abogado puede alegar en el juicio para que resulte declarado inocente al culminar el proceso o se logre la desestimación de los cargos. Algunas de estas son las siguientes:

  • El acusado no estaba conduciendo. Esta defensa se utiliza con frecuencia en cargos de DUI cuando no hay ningún testigo que haya visto al acusado conduciendo el vehículo. A veces, cuando el carro sufre una falla o ha habido un accidente los oficiales llegan tiempo después de que las personas han dejado de conducir y salieron del auto, de manera que no logran ver quién estaba conduciendo. Además, los elementos del delito deben ser probados por la fiscalía más allá de toda duda razonable, por lo cual, si no está claro si el acusado era la persona que conducía el auto, no estaría incurriendo en este delito.

  • Inexistencia de una causa probable para la detención del vehículo o el arresto por DUI. Debido a que la probabilidad de que la persona haya cometido el delito es imprescindible para iniciar cualquier investigación, y además es un requisito para el arresto, el abogado defensor puede alegar que la policía no tenía ningún tipo de indicio de que el acusado hubiese cometido el delito para el momento del arresto y por lo tanto no había una creencia razonable.

  • El oficial no le informó al acusado de sus derechos. Cuando la persona ha sido arrestada y la policía va a llevar a cabo una interrogación deben mencionarle una serie de derechos constitucionales, los cuales se conocen como los derechos Miranda, que incluyen el derecho a permanecer en silencio y el derecho a solicitar un abogado, que se le asignará en caso de no tenerlo. Si la policía no le menciona sus derechos, cualquier confesión o testimonio sería nulo y no puede ser utilizado en el juicio.

  • Los equipos de la prueba de DUI no estaban funcionando correctamente. Consiste en el mantenimiento que debe dársele a los instrumentos que se utilizan para hacer las pruebas, para que logren operar de manera óptima al momento de llevarlas a cabo. Además, también puede ocurrir que la persona que realice la prueba no sepa cómo utilizarla o no recibió el entrenamiento debido. Esta defensa se puede alegar, por ejemplo, cuando la máquina que prueba el aliento no se calibra.

  • El oficial o la persona que hacía la prueba química de DUI no siguió a cabalidad los procedimientos de pruebas químicas de California. El Código de Regulaciones de California establece en su título 7 una serie de directrices para la realización de las pruebas de sangre, aliento y orina, que se utilizan en los procesos por DUI, si no se siguen estos procedimientos, el fiscal no puede utilizar estas pruebas en el juicio y esto puede representar una ventaja para el acusado, ya que conllevaría a una reducción de los cargos mediante un acuerdo con la fiscalía, o la desestimación de los mismos.

Ahora bien, para la realización de las pruebas de sangre, se establecen las siguientes normas:

  • Debe ser realizada por un técnico autorizado.

  • La superficie donde se realiza la prueba no puede ser higienizada con un limpiador a base de alcohol.

  • Debe haber una cantidad suficiente de anticoagulante y conservante en el vial de sangre para que la muestra no se coagule o fermente, lo que podría conducir a un resultado con niveles elevados falsamente.

  • El anticoagulante o conservante en el vial no puede estar vencido.

  • El anticoagulante y conservante debe estar lo suficientemente mezclado con la muestra.

  • La muestra de sangre debe ser almacenada debidamente.

En cuanto a las pruebas de aliento, se establece lo siguiente:

  • La muestra de aliento debe venir del aire profundo de los pulmones, también conocido como aire alveolar.

  • La persona que será sometida a la prueba debe ser observada por un mínimo de 15 minutos antes de la misma.

  • Durante esos 15 minutos, la persona no debe comer, beber, fumar, vomitar o escupir.

  • El instrumento para la prueba debe ser calibrado cada 150 usos o cada 10 días, si aún no se ha llegado a esa cantidad de usos.

Por su parte, las pruebas de orina son menos comunes para este delito, pero se llevan a cabo en caso de que las dos anteriores no estén disponibles o si se sospecha que el acusado tenía drogas o una combinación de drogas y alcohol en su organismo al momento de la comisión del delito. Para que esta sea realizada correctamente, el acusado debe vaciar su vejiga y tomar la muestra de orina mínimo 20 minutos después, ya que de lo contrario podrían resultar alterados los resultados.

  • El conductor tenía aumento de alcohol en la sangre cuando se realizó la prueba para el DUI, una vez que la persona ha dejado de beber, los niveles de concentración de alcohol en la sangre aumentan cada vez más hasta que alcanzan un límite en un tiempo va desde 30 minutos a dos horas después. De manera que, si la prueba fue tomada tiempo después de que el acusado se encontrara conduciendo, es probable que en el momento en que conducía estuviese más bajo del límite prohibido por la ley.

Las pruebas de sangre son válidas si se realizan dentro de las 3 horas después del arresto, pero esta defensa resulta especialmente útil cuando el porcentaje de alcohol se encontraba en el límite legal o cercano a éste, ya que hace crear la duda de que en este periodo se encontraba en aumento y que cuando conducía debía ser menor, lo cual puede ayudar a lograr una desestimación de los cargos o un acuerdo con la fiscalía para reducirlos.

  • El conductor tenía una condición médica, tal como una hernia de hiato o la enfermedad por reflujo gastroesofágico. En éstas el ácido del estómago regresa al esófago, provocando la presencia de alcohol en la boca que no se ha podido absorber, de modo que el alcoholímetro va a confundir éste con alcohol que se encuentra en el aire profundo de sus pulmones y se va a producir un resultado falso.

  • El conductor estaba siguiendo una dieta alta en proteínas o muy baja en carbohidratos que pudieron alterar la prueba. Existen unas sustancias químicas llamadas cetonas que el cuerpo produce debido a algunas enfermedades como diabetes e hipoglicemia, o cuando se está en una dieta baja en proteína y carbohidratos. Los dispositivos que se utilizan para hacer las pruebas de DUI no distinguen entre las cetonas y el alcohol, de manera que se pueden producir resultados que determinen falsamente una concentración elevada de alcohol en la sangre. Además, debemos mencionar que incluso los oficiales de policía en ocasiones suelen confundir con alcohol el aliento producido por la cetosis.

  • El conductor tenía alcohol proveniente de otra fuente en su boca, por ejemplo, enjuague bucal.

  • Los resultados de la prueba estaban dentro del margen de error para un resultado de BAC aceptable.

¿Cómo encontrar a un abogado de este delito cerca de mí?

Sabemos que si ha estado involucrado en hechos como los que hemos descrito debe tener una gran preocupación por las consecuencias jurídicas que pudieran derivarse de ello. Por lo cual, si desea salir de esta situación debe comunicarse con nosotros lo antes posible, ya que mediante un estudio exhaustivo de su caso evaluaremos todas las defensas posibles y determinaremos cuál es la mejor. Nuestros abogados criminalistas cuentan con la más amplia experiencia en el manejo de este tipo de delitos y están esperando para ayudarlo.

Para obtener una consulta con un abogado de DUI en menores de edad de Long Beach Criminal Lawyer, llámenos al 562-304-5121 y lo atenderemos de inmediato.

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