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Aumento de Sentencia por Armas de Fuego

Bajo las leyes de armas de California, no sólo se penalizan actividades concretas que se relacionan con el uso de un arma de fuego, sino que una sentencia por una felonía, cualquiera que ésta sea, puede ser mejorada, esto es, incrementada, si el procesado o un cómplice poseía o hizo uso de armas de fuego durante la comisión de un crimen. En tal caso, la sentencia por el delito subyacente puede prolongarse, en algunos casos, por mucho tiempo más en la cárcel.

Recibir la asesoría legal necesaria

Hacer frente a una acusación de un hecho punible considerado mayor, durante el cual alguno de los perpetradores poseía o hizo uso de armas de fuego, es un asunto muy grave en Long Beach, porque eso podría provocar una mejora o incremento en la cantidad de tiempo que el acusado podría tener que permanecer cumpliendo una pena en la cárcel, por ello, si este es su caso, necesita de los consejos legales que pueden brindarle los abogados criminalistas que trabajan en Long Beach Criminal Lawyer, quienes tienen amplia experiencia en esta clase de cargos y conocen las posibles estrategias defensivas de las que se puede hacer uso para mejorar su situación judicial, logrando un disminución de la acusación y, dependiendo de las características en las que tuvieron lugar los hechos, que los cargos sean desechados por el Tribunal.

¿Qué es una mejora o incremento de la sentencia?

Se trata de una circunstancia que podemos llamar agravante, porque cuando concurre junto con la comisión de un hecho ilícito, hace que las sanciones aplicables sean mejoradas, con un incremento del tiempo que el procesado tendrá que pasar en la cárcel, que se aplicará al responsable de forma adicional y consecutiva a la pena que normalmente se aplica por el crimen cometido.

Las circunstancias del delito

Las mejoras en las sentencias de California por la posesión o uso personal de armas de fuego durante la comisión de un hecho punible se aplican a los cargos por delitos graves, imponiéndose un castigo privativo de libertad que es adicional y consecutivo a la sanción por la felonía subyacente que se haya ejecutado por el acusado.

Las mejoras en las sentencias deben ser solicitadas por la Fiscalía. Y para recibir la pena adicional es necesario que el procesado haya admitido los cargos o haya sido declarado culpable de los cargos que fueron formulados en su contra.

La mejora o incremento que será aplica al responsable va a depender de las circunstancias particulares en las que se haya ejecutado el hecho punible, entre las cuales se encuentran:

El acusado poseía o hizo uso personalmente del arma

Muchas de las mejoras de armas de fuego de California no requieren que el acusado posea o haga uso del arma. A menos que una norma disponga expresamente lo contrario, cualquier autor de un hecho punible puede recibir una sentencia mejorada.

Un autor es alguien que:

  • Comete el hecho punible directa y activamente, o
  • Ayuda e incita a la comisión del hecho ilícito.

Si usó el arma o simplemente estaba armado con ella

Algunas mejoras en las sentencias requieren que uno de los autores haga uso de un arma. Sin embargo, hacer uso de armas de fuego no se limita a disparar un tiro. También incluye:

  • Mostrar el arma de manera amenazadora, o
  • Golpear a alguien con el arma.

Las leyes permiten aplicar otras mejoras si el procesado simplemente se encontraba armado con un arma de fuego o municiones. En este sentido, se entiende que un sujeto estaba armado si:

  • Tenía conocimiento de que llevaba un arma o municiones, o
  • La tiene disponible para ser usada durante la ejecución del hecho.

Ahora bien, tener un arma disponible para ser usada no significa que el arma debe estar cargada y lista para disparar. Ni siquiera significa que el acusado tenga acceso inmediato a ella. Simplemente significa que el arma o la munición se encontrara presente en la escena.

Un delito grave subyacente

La sanción impuesta por una sentencia, debido a la posesión o hacer uso de armas de fuego, se incrementará bastante en caso de que el crimen subyacente haya sido:

  • Una felonía por drogas;
  • Un crimen grave de naturaleza sexual; o
  • Una ofensa calificada como violenta.

Los crímenes calificados como violentos contienen más de dos docenas de hechos punibles violentos concretos, entre los que se incluye el asesinato, el secuestro y la violación.

¿Cuándo es posible aplicar más de un incremento de pena?

Es posible que bajo determinadas circunstancias se aplique más de un incremento o mejora a la penalización impuesta. Si este es el caso, el procesado estará sujeto a un incremento que va a suponer un lapso de tiempo de cárcel que será potencialmente más prolongado.

¿Cuáles son los rangos de sentencia para incrementos por la presencia de armas de fuego?

La mayoría de los incrementos o mejoras en las sentencias por causa de la existencia de armas de fuego autorizan al Tribunal a sentenciar al procesado a una de las tres sanciones de cárcel que existen y que se denominan con los términos bajo, medio o alto, lo cual queda a discreción de la Corte.

Sin embargo, ciertos aumentos o mejoras establecen explícitamente que la Corte debe imponer la sanción intermedia, a menos que existan circunstancias agravantes o atenuantes. Las atenuantes consisten en elementos de los hechos que permiten a la Corte imponer una penalización más prolongada, mientras que una circunstancia atenuante quiere decir que en los hechos han concurrido elementos que justifican que el Tribunal imponga una mejora más corta. Incluso puede haber situaciones en las que se justifique que la Corte no imponga la mejora prevista por las leyes.

Hay que advertir que las circunstancias agravantes o atenuantes pueden estar relacionadas con el procesado o con el hecho punible. Entre los factores se pueden relacionar con el hecho punible se pueden encontrar los siguientes:

  • Si el crimen fue cruel o vicioso;
  • Si el procesado fue un participante activo o pasivo; y
  • La planificación o sofisticación del crimen, entre otros.

En cambio, entre los factores que se pueden relacionar con el procesado, se pueden encontrar:

  • Si posee antecedentes penales;
  • Si tiene antecedentes por conducta violenta; y
  • Si el procesado reconoció voluntariamente haber cometido el crimen en una etapa temprana del proceso penal, entre otros.

¿Cuál es la regulación que establecen las normas sobre uso de armas para incrementar las sanciones en California?

Existen una cantidad de situaciones previstas en las normas que regulan el uso de armas, que son aplicables si durante la ejecución de una felonía se hace uso de un arma de fuego, por esa razón vamos a explicar varias de ellas.

Código Penal 12022 - Estar armado con un arma de fuego durante la comisión de una felonía

El Código Penal 12022 se aplica si, durante la comisión de una felonía, un individuo se encontraba armado con armas de fuego o si hizo uso de un arma que se califique como mortal o peligrosa.

A los efectos de esta regulación, un arma mortal o peligrosa se refiere a diferentes armas de fuego, y bajo esta regulación, lo que se pretende castigar es la posesión de la misma, pero no su uso, porque esta última conducta es sancionada de forma más severa con alguna de las regulaciones que vamos a explicar en otra sección de este artículo.

El aumento o mejora de la pena bajo la regulación establecida en el artículo 12022 PC se determina imponiendo primero la pena por la felonía subyacente , a la que se suma de forma adicional y consecutiva otra sanción de cárcel que se aplicará conforme a las siguientes reglas:

  • La mejora básica, es la que se aplica en caso de que no concurra con los hechos algunas de las situaciones que mencionaremos a continuación, y el aumento básico consiste en una pena adicional de un año de cárcel por encontrarse armado con armas de fuego mientras se cometió una felonía.
  • Robo de auto o intento de robo de auto, previsto en el artículo 215 PC, empleando armas de fuego. En este caso el aumento puede llegar a ser de tres años en la cárcel adicionales.
  • Estar armado con un arma de asalto durante la comisión de un delito grave. La posesión de un arma de asalto, un rifle calibre 50, o una ametralladora durante la ejecución de un asalto conlleva la aplicación de una penalización adicional y consecutiva de tres años.
  • Estar armado mientras se ejecuta un delito de drogas. Ciertas felonías relacionadas con sustancias de uso controlado conllevan un mayor incremento de las penalizaciones, de acuerdo con el artículo 12022 PC. Estas incluyen, aunque no se limitan a, violaciones de los artículos 11351 y 11352 del Código de Salud y Seguridad que regulan la posesión de sustancias de uso controlado para la venta y el transporte o la venta de medicinas. En caso de que un individuo esté personalmente armado durante la comisión de uno de estos hechos punibles, el aumento de la penalización puede llegar a ser de hasta cinco años adicionales y consecutivos. Pero si el procesado no portaba personalmente un arma de fuego, aunque sí tenía conocimiento de que otro sujeto que estaba participando en el hecho punible estaba armado con una pistola, el aumento de la sanción puede ser de hasta tres años adicionales y consecutivos.

Código Penal 12022.2 PC - Posesión de municiones diseñadas para penetrar metales o armaduras

La mejora o aumento de la penalidad prevista en el artículo 12022.2 es aplicable en los casos en que:

  • El procesado comete una felonía mientras está armado con un arma de fuego y en posesión inmediata de munición diseñada principalmente para penetrar metales o armaduras; o
  • Utiliza un chaleco antibalas durante la comisión de una felonía. Por chaleco corporal o antibalas se entiende cualquier material que sea resistente a las balas y que esté destinado a brindar protección balística y contra traumas a su usuario.

El aumento o mejora de las sanciones que se pueden imponer bajo la regulación prevista en el artículo 12022.2 PC, se determina así:

  • Por la posesión de munición perforante de metal o armaduras durante la comisión de una felonía, recibirá una pena adicional y consecutiva al crimen subyacente que puede ser de hasta diez años. Ahora bien, si no existen otras circunstancias atenuantes o agravantes, la Corte impondrá una sanción promedio de cuatro años, pero si a los hechos concurrieron éstas circunstancias, la duración de la sanción adicional y consecutiva será fijada a discreción del Tribunal, que debe establecerse de manera razonada.
  • Por el uso de chalecos para el cuerpo durante la comisión o intento de comisión de un hecho ilícito de naturaleza violenta, será castigado con una pena adicional de hasta cinco años consecutivos. Tal como en el caso anterior, si no concurren circunstancias agravantes o atenuantes, lo normal es que la Corte imponga una sanción adicional promedio de dos años, pero si existen esa clase de circunstancias en los hechos, queda a discreción del Juez determinar la extensión de la penalidad adicional, debiendo exponer las razones que fundamentan su decisión.

Código Penal 12202.3 - Uso o posesión de un arma de fuego durante la comisión de ciertos delitos sexuales

Entre los delitos de naturaleza sexual a los que está referido el artículo 12202.3 PC se encuentran principalmente:

  • 261 PC - Violación,
  • 286 PC - Sodomía forzada
  • 288 - Actos lascivos con un menor, entre otros.

Ahora bien, a los efectos de esta norma, la conducta ilícita relacionada con posesión de armas de fuego no concluye cuando se haya ejecutado el crimen de naturaleza sexual, sino que continúa mientras el autor mantiene el control sobre su víctima. En este sentido, un agresor sexual puede ser merecedor de este aumento o mejora de la pena aunque no haya mostrado previamente su arma de fuego a la víctima, antes de ejecutar el crimen sexual, sino que lo hizo luego de perpetrar el delito subyacente.

Por lo que respecta a las mejoras o incrementos de penas bajo estos escenarios, se aplican las siguientes reglas:

  • Por estar armado con una pistola: una mejora o aumento de hasta cinco años; o
  • Por usar un arma: una mejora o aumento de hasta diez años.

12022.4 PC – Suministrar o intentar suministrar a otro individuo armas de fuego para ayudarlo a cometer una felonía

Para los propósitos de esta regulación, el suministro o intento de suministro a otro de armas de fuego, durante la comisión o intento de comisión de una felonía, tiene un significado más amplio que otras mejoras o incrementos de sanciones por el uso o posesión de armas de fuego.

En este caso, no es necesario que quien haya suministrado el arma se encuentre presente cuando se ejecute el hecho punible. Si le da a otro sujeto un arma antes de que se cometa una felonía, el incremento de la sanción se aplicará siempre que sea parte de una transacción continua.

El incremento de las penalidades bajo este supuesto puede llegar a ser hasta de tres años adicionales y consecutivos, aunque si no concurren circunstancias atenuantes y agravantes, en promedio se suele imponer una sanción de dos años. En caso de que existan las circunstancias antes señaladas, la Corte determinará la duración de la sanción adicional en función de éstas, debiendo explicar la razón de la imposición de la misma en la sentencia.

12022.5 - Uso personal de armas de fuego, armas de asalto o ametralladoras durante la comisión de una felonía

Usar de forma intencional armas de fuego, a los efectos de esta regulación, significa que el procesado mostró a su víctima un arma de forma amenazante, accionó su arma o golpeó a otro individuo con ella. Esta regulación no es aplicable a aquellos hechos ilícitos que ya contengan dentro de sus elementos constitutivos el uso de un arma, porque no se puede juzgar a una persona dos veces por una misma conducta ilícita, pero se aplica a aquellos supuestos en los que una felonía puede ser ejecutada con o sin armas. Un ejemplo de ello es el asesinato, previsto en el artículo 187 PC, pues es posible cometerlo con o sin un arma de fuego, y en este sentido, el procesado puede ser castigado por haber ejecutado el asesinato y por hacer uso de armas de fuego en la ejecución del mismo.

Ciertamente, la regulación contenida en el artículo 12022.5 es genérica, porque se aplica a cualquier felonía que no contemple dentro de sus elementos constitutivos el uso de un arma de fuego, no obstante, para evitar dudas, el artículo menciona concretamente dos conductas ilícitas:

  • 245 (a)(1) PC - Asalto empleando armas de fuego, y
  • 187 PC - Asesinato, si fue cometido durante un tiroteo desde un automóvil.

Aunque pueda parecer que los disparos desde un vehículo y el asalto con un arma de fuego necesariamente requieren el uso de un arma, esto no es así. De acuerdo con las leyes de ayuda e incitación de California, a veces llamadas de Responsabilidad del Cómplice, se puede declarar culpable de una felonía a un individuo incluso si sólo facilitó, ayudó o alentó a la comisión del hecho punible.

La mejora de la sanción, de acuerdo con esta regulación puede llegar a ser de hasta diez años, dependiendo de las circunstancias que concurran con los hechos, adicionalmente a las penas por el hecho punible subyacente.

12022.53 PC - Uso personal de un arma de fuego durante la comisión de una felonía

También es conocido como la ley de 10-20-para toda la vida y su regulación se aplica cuando un sujeto hace uso personal de armas de fuego en la ejecución de una felonía como las que se mencionan a continuación:

  • 187 PC - Asesinato,
  • 203 PC - Caos,
  • 207 PC - Secuestro,
  • 261 PC – Violación,
  • 211 PC – Robo, entre otros.

El aumento o mejora de las sanciones que se aplica bajo esta regulación es la más larga que existe y para su imposición se siguen las siguientes reglas:

  • 10 años de cárcel por hacer uso del arma,
  • 20 años por haber disparado el arma, o
  • 25 años a cadena perpetua por herir gravemente o matar a otro individuo con el arma.

Recordemos que esta mejora se aplica de forma adicional y consecutiva a la sanción por la felonía subyacente.

¿Qué pasa si el arma se encuentra descargada o no puede ser accionada?

El hecho de que un arma sea operable o no es irrelevante para los propósitos de muchas leyes de armas en California. Esto incluye las normas sobre mejoras o incrementos de las sentencias por el uso de armas de fuego.

Por lo tanto, un individuo puede recibir una sentencia mejorada por poseer o usar un arma de fuego, incluso si el arma no funciona. Lo único que interesa a los efectos de la regulación es que el arma, en principio, haya sido diseñada para disparar y tenga la apariencia razonable de que posee capacidad para hacerlo. Igualmente, la Fiscalía puede formular cargos por mejoras por causa del uso de armas de fuego, aunque la misma se encontrara descargada.

¿Existen argumentos defensivos que se pueden emplear contra un cargo por mejoras de sanciones por el uso o posesión de armas de fuego durante la ejecución de un hecho punible?

Sí. El sistema penal permite que todo procesado tenga una defensa legal que puede llegar a ser muy efectiva si está en manos de un abogado criminalista experto. Entre las estrategias que se pueden emplear se encuentran:

  • El registro policial por el cual se encontró el arma fue ilegal.
  • Hubo mala conducta policial en la detención del procesado y en la investigación de los hechos.
  • El procesado no hizo uso personalmente de armas cuando se ejecutó el hecho punible.
  • El procesado no ha ejecutado una felonía.

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En Long Beach, hacer frente a cargos adicionales por el uso o la posesión de armas de fuego durante la ejecución de una felonía puede tener efectos bastante graves, en lo que a la determinación de las penalizaciones se refiere, porque además de las sanciones por el hecho punible subyacente, el procesado sufrirá las consecuencias de la imposición de castigos adicionales y consecutivos que pueden ser de larga duración. Debido a ello, si usted corre el riesgo de ser acusado por causa de estas mejoras que aumentarán la duración de su sentencia por ser acusado de usar armas de fuego durante la ejecución de una felonía, necesita la ayuda legal que podemos proporcionarle en Long Beach Criminal Lawyer, ya que nuestros abogados especializados pondrán todo su empeño para que no sea posible que las mejoras sean aplicadas o que sus efectos se vean minimizados, dependiendo de las circunstancias que hayan concurrido con los hechos.

¡No dude en llamarnos inmediatamente para que podamos ayudarle! Comuníquese al número 562-304-5121 y obtenga de inmediato la asesoría legal de nuestros expertos.

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