562-304-5121
Talk to a Lawyer

Delitos por los cuales un Menor puede ser Juzgado como Adulto

Una pregunta muy común que llega a nuestros clientes por parte de personas con menores de edad recientemente acusados de cometer un delito es ¿un menor puede ser juzgado por un tribunal penal de adultos? y la respuesta es que sí, pero no en cualquier caso, sino en aquellos que son muy serios y sólo si el menor tiene al menos 16 años de edad.

¿En qué casos es posible que un menor sea juzgado como adulto? Eso y más sobre los aspectos legales de este tema es lo que le explicaremos durante el desarrollo de este artículo. Pero antes de iniciar debemos advertir que los casos donde existe la probabilidad de que un adolescente sea enjuiciado como adulto, representan un escenario legal sumamente complejo y un proceso bastante traumático para el menor, por lo que le recomendamos que, ante esa situación, busque ayuda legal cuanto antes.

Si está en Long Beach CA, y quiere asesorarse con un abogado sobre su caso o el de su hijo en específico, entonces llámenos a nuestro número de contacto para que un abogado Long Beach Criminal Lawyer evalúe cómo puede ayudarle. Mientras, continúe leyendo hasta el final para conocer los delitos por los cuales un menor puede ser juzgado como adulto.

¿En qué casos un menor puede ser enjuiciado como adulto?

Los casos en los que los menores de edad pueden ser juzgados mediante el sistema judicial para adultos son específicos: por ciertos delitos y sólo si tiene cierta edad, y aun así no es seguro que sea juzgado por la corte penal en lugar de un tribunal de menores, pues este último tiene primero que evaluar la situación del menor y después determinar si tomar esta medida es necesario, tal como lo veremos más adelante.

Por ahora, lo importante es que sepa ¿qué delitos ponen en riesgo al menor de ser juzgado por la corte penal de adultos? pues esto es posible cuando el menor es sospechoso de cometer un delito de los establecidos en el artículo 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (WIC por sus siglas en inglés), que como inicialmente lo mencionamos, son delitos más serios, algunos de estos son:

  • Asesinato e intento de asesinato

  • Homicidio voluntario

  • Tortura

  • Incendio provocado que cause grandes lesiones corporales

  • Incendio provocado que cause la quema de una estructura habitada

  • Caos agravado

  • Robo

  • Robo de vehículo

  • Asalto por cualquier medio de fuerza que pueda producir lesiones corporales graves

  • Asalto con arma de fuego o dispositivo destructivo

  • Un delito grave en el que el menor utilizó personalmente un arma descrita en cualquier disposición enumerada en la Sección 16590 del Código Penal.

  • Descarga de un arma de fuego en un edificio habitado u ocupado

  • Manejar disparando

  • Un delito grave violento contra una persona discapacitada o un anciano según el Código Penal 1203.09

  • Un delito violento relacionado con pandillas callejeras según el Código Penal 186.22 (b)

  • Violación con fuerza, violencia o amenaza de gran daño corporal

  • Sodomía por fuerza, violencia, coacción o amenaza de gran daño corporal

  • Actos lascivos a un menor de 14 años

  • Cópula oral (sexo oral) por fuerza, violencia, coacción, amenaza de gran daño corporal.

  • Penetración sexual por fuerza, violencia, coacción o amenaza de causar lesiones corporales

  • Secuestro para pedir rescate

  • Secuestro con fines de robo

  • Secuestro con daño corporal

  • Secuestro con intención de cometer agresión sexual

  • Secuestro en el proceso de robar un auto

  • Fabricar, componer o vender media onza o más de una sal o solución de una sustancia controlada especificada en la subdivisión (e) de la Sección 11055 del Código de Salud y Seguridad.

  • Escapar, mediante el uso de la fuerza o la violencia, de un centro de menores, hogar, rancho, campamento o campamento forestal del condado en violación de la subdivisión (b) de la Sección 871 si se inflige intencionalmente una lesión corporal grave a un empleado de la instalación de menores durante la comisión de la fuga

¿Desde qué edad los menores pueden ser enjuiciados según el sistema judicial para adultos?

Sólo a partir de los 16 años de edad un menor puede ser juzgado por la corte penal de adultos en lugar de su tribunal natural para menores. Es importante aclarar que anteriormente la edad mínima para juzgar a un niño como adulto era de 14 años, pero esto cambió luego del proyecto ley SB 1391, según el cual los menores pueden ser juzgados como adultos si tiene 16 o el delito lo cometió cuando tenía menos de esa edad, pero lo atraparon después.

Si el menor comete alguno de los delitos descritos en el artículo 707(b) y tiene 16 años o más ¿automáticamente será juzgado por la corte penal de adultos?

No automáticamente. Para que un menor de edad sea juzgado conforme al sistema judicial de adultos antes la fiscalía debe presentar una moción para transferir la competencia del tribunal de menores a uno de jurisdicción penal y posterior a esto el juez del tribunal de menores deberá programar una audiencia de transferencia en la que se decidirá si el menor debe ser juzgado o no como un adulto.

¿De qué se trata la audiencia de transferencia en casos juveniles?

Como se mencionó anteriormente, no toda vez que el menor haya cometido uno de los delitos descritos en la sección 707(b) y tenga mínimo 16 años, necesariamente implica que este debe ser enjuiciado como adulto. La decisión final corresponde al juez y la toma precisamente en la audiencia de transferencia, en la cuál podrá decidir si es necesario o no transferir su competencia a la corte penal de adultos.

¿Qué toma en cuenta el juez de la corte juvenil al momento de decidir? pues, de manera general, cualquier factor que a su consideración sea relevante, pero la ley menciona que el juez para decidir debe considerar lo siguiente:

  • Si el menor puede ser rehabilitado antes de que expire la jurisdicción del tribunal, tomando en cuenta el potencial del menor para madurar y cualquier factor relevante

  • El historial de delincuencia del menor, para lo cual debe tener en cuenta la gravedad de los delitos previos, su entorno familiar, el de su comunidad o algún trauma infantil

  • Éxito de los intentos previos del tribunal para rehabilitar al menor, debiendo evaluar la idoneidad de los programas o asesoramientos que fueron asignados al menor anteriormente respecto a sus necesidades

  • Las circunstancias y gravedad de los hechos que se alegan en la petición (acusación), tomando en cuenta el comportamiento del menor, su estado mental, su desarrollo emocional y el grado de participación en los hechos.

Esto solo a modo de ilustrar todo lo que podría tomar en cuenta el juez, pero realmente este puede basar su decisión en cualquier hecho o factor que considere de importancia. De hecho, otra cosa que influye mucho en la decisión del juez es el informe que prepara el oficial de libertad vigilada, el cual según lo dictan las leyes debe incluir: los patrones de comportamiento, la historia social del menor y una declaración escrita u oral ofrecida por la víctima.

Ahora bien, durante esta audiencia es muy importante que el menor esté representado por un abogado calificado en la materia y con suficiente experiencia en estos tipos de escenarios legales, ya que una buena defensa elevará las probabilidades de que el juez considere que transferir al menor no es lo más idóneo en su caso.

La defensa de un abogado en estos casos básicamente consiste en preparar al menor para que sepa cómo actuar, qué decir y también llevar al juez factores mitigantes para que los tome en cuenta a la hora de decidir.

¿Puedo apelar la decisión en la que el juez de menores determina que el menor debe ser transferido a la corte penal?

Si el juez de menores decide que el adolescente debe ser transferido a un tribunal de jurisdicción penal, esto implica que este será enjuiciado como un adulto, sin embargo, ante dicho escenario no todo está perdido, ya que aún es posible ejercer el recurso de apelación contra la decisión dictada.

Un recurso de apelación es una solicitud a interés de parte que se presenta a una autoridad o tribunal superior para que este revise la decisión tomada por el juez porque se considera que no está completamente apegada a derecho.

No obstante, es muy importante que sepa que el recurso de apelación contra la decisión del juez en la audiencia de transferencia tiene un lapso dentro del cual debe ejercerse y de no ser así el menor pierde ese derecho, este es dentro de los 20 días siguientes de haber sido procesado en el tribunal.

¿Qué procedimiento se sigue con los menores en la corte penal de adultos?

Como lo establecimos anteriormente, el hecho de que un tribunal determine que un adolescente debe ser enjuiciado como si fuese adulto, implica que este ya no será juzgado por sus tribunales naturales de menores sino por un tribunal de jurisdicción penal, por lo cual es importante comprender el procedimiento seguido por dicho tribunal en los casos de menores.

En ese orden de ideas, el procedimiento para menores dentro de la corte penal de California, es básicamente el mismo que para un adulto y comprende varias fases o etapas a saber: la lectura de los cargos, audiencias de fianzas, fase previa al juicio, la de juicio, y en la que se dicta finalmente la sentencia. A continuación, vamos a conocer de qué se tratan cada una de estas fases dentro del procedimiento penal:

Lectura de cargos

Esta es la primera etapa de los juicios penales y por tanto la primera comparecencia formal del menor ante la corte, la misma inicia con la lectura de cargos en la que formalmente se imputa al menor y el fiscal informa cuáles son los cargos que se presentaron en su contra, y posterior a ello, el juez va a requerir que el acusado se declare: inocente, culpable o nolo contenderé (no impugnación)

En el evento de que el menor se declare culpable o alegue la no impugnación, entonces el juez programará la audiencia en la que se dictará sentencia. Pero si se declara inocente lo siguiente es programar una audiencia para fijar el monto de la fianza.

Audiencias de fianza

No todo es completamente malo en el evento de que un menor sea juzgado por la corte penal, y precisamente la audiencia en la que se fija una fianza es una de las ventajas de ello, ya que en el sistema judicial de menores la misma no existe, por lo que el juez de menores cuando decide que momentáneamente un menor debe estar detenido, esa decisión se mantendrá hasta el final del proceso cuando se determine si el menor cometió un delito o no.

En cambio, si el menor es juzgado en el sistema judicial para adultos y se declara como inocente en la lectura de cargos, entonces se programa una audiencia (o se realiza inmediatamente después de la lectura de cargos) en la que se fijará el monto de una fianza o en la que se elimina la fianza para que el acusado, si la paga o esta se elimina, pueda continuar en libertad mientras discurre el proceso de enjuiciamiento.

La estrategia de los abogados en estas audiencias es la de ofrecer al juez elementos atenuantes, como por ejemplo, que no tiene antecedentes penales previos, a fin de lograr reducir el monto de la fianza y lograr que se elimine.

¿Qué decisiones puede tomar el juez en esta audiencia? son tres las opciones que tiene el juez para decidir:

  • Liberar al adolescente bajo “su propia garantía”, lo que significa que este promete regresar a la corte en la siguiente fecha que se programe, y el juez cree que cumplirá con su palabra.

  • Fijar el monto de la fianza

  • Negarse a fijar una fianza por motivos de seguridad colectiva o porque no cree que el menor vaya a regresar a la corte si es liberado

Para tomar su decisión el juez toma en cuenta varios factores, entre ellos:

  • Antecedentes de delincuencia

  • Qué tan grave son los cargos imputados

  • Cómo se suscitaron los hechos alegados en la acusación

  • Si existe riesgo de que el menor se vaya a fugar

  • Y la seguridad pública

Fase previa al juicio.

Una vez el adolescente se haya declarado inocente y esté resuelto lo relativo a la fianza, lo siguiente es el proceso previo o seguido antes de que inicie el juicio. En esta etapa es donde se resuelven la mayoría de los casos e incluye:

  • Comparecencias a la corte

  • Mociones

  • Se presenta evidencia relevante

  • Y hasta se llegan a acuerdos con la fiscalía

En el caso particular de que el delito que se le impute al menor sea grave, también tiene lugar en esta etapa la audiencia preliminar o de causa probable en la que el juez revisa la evidencia habida para determinar si existe realmente una causa probable de que el adolescente cometiera el delito del que se le acusa. Si el juez decide que sí la hay, entonces el proceso seguirá su curso, pero si determina que no hay una causa probable, entonces desestimará el caso. Por lo que, esta audiencia es muy importante y es necesario que el adolescente cuente con un abogado calificado.

¿Qué son las mociones? las mociones son solicitudes para que el juez tome una acción deseada, algunas de estas son:

  • Moción para anular información: que es donde se le pide al juez revisar uno o varios de los cargos que pesan sobre el menor para ser desestimados

  • Movimiento de pitchess: en esta se solicita información contenida en el archivo personal de un oficial para revisar quejas anteriores de fuerza excesiva, prejuicio y otras formas de mala conducta policial. Ello se utiliza para desacreditar al oficial que detuvo al menor y tal circunstancia le da pie a emplear otras defensas, como la que se menciona a continuación.

  • Moción para suprimir evidencia: si se demuestra que el oficial que lo detuvo actuó sin causa probable es posible solicitar al juez que suprima la evidencia obtenida de un registro e incautación que, dado a que no existía causa probable, no es legal y por tanto la obtención de esas pruebas tampoco lo son.

En esta fase del proceso es muy necesario estar bien representado, ya que, como lo mencionamos anteriormente, en ella es posible que el juez desestime los cargos y si lo hace se estaría ahorrando un largo juicio, en virtud de lo cual es muy importante el acompañamiento y representación de un buen abogado para que el objetivo (desestimar los cargos) se logre.

Fase de juicio

Cuando el caso no se resuelve en su fase previa al juicio lo siguiente es que se siga con la fase de juicio y, a diferencia del sistema judicial de menor, en la corte penal normalmente los juicios se llevan a cabo con jurado.

Durante el mismo, la fiscalía tendrá la carga de probar más allá de duda razonable que el adolescente cometió el delito por el cual fue acusado, y el abogado de adolescente tendrá la tarea de contradecir y debilitar los argumentos y pruebas del fiscal de la acusación.

Fase de sentencia

Finalmente, si en la fase de juicio se determina que el menor es culpable de lo que se le acusa, entonces lo siguiente es pasar a la fase de sentencia, donde el juez dicta los castigos que debe recibir el menor por el hecho cometido.

¿Qué sentencia puede dictar el juez de la jurisdicción penal a un menor de edad?

Pues en estos casos, el menor se estaría enfrentando a las consecuencias legales previstas por la ley que tipifica el delito por el cual fue acusado, sin embargo debe señalarse que, aun cuando el menor sea condenado conforme el sistema judicial para adultos, esto no irá a prisión sino hasta el momento en que cumpla los 18 años de edad, pero en vez de ello posiblemente sea sentenciado a confinamiento en una de las instalaciones de la División de Justicia Juvenil (DJJ) que es lo más parecido a la prisión para adultos, por lo que igualmente la situación en la que el menor sea sentenciado por un Tribunal Penal es bastante severa.

Sin embargo, si el menor cumple los 18 años en una instalación de la DJJ, pero su sentencia termina antes de que cumpla sus 21 años, probablemente el juez dicte que el menor cumpla con toda su sentencia en confinamiento juvenil.

Necesito encontrar ayuda legal cerca de mí

El escenario en el que un menor es transferido para ser juzgado en un tribunal penal en vez de su tribunal natural es sumamente complejo, no sólo por el proceso que se sigue y la gravedad del caso, sino también porque si no se llega a demostrar su inocencia probablemente su futuro se vea truncado de muchos aspectos, además de que, lógicamente, a su corta edad es muy duro enfrentarse a sentencias bastantes severas.

Todo este proceso es muy traumático para el menor, así como para sus padres. Pero lo importante es que actúe rápido y con inteligencia, buscando asesoría legal de un abogado calificado en estos casos para empezar a trabajar cuanto antes en una estrategia de defensa apropiada.

Tenga en cuenta que, no importa la gravedad de los hechos por los cuales acusan al menor o si hay demasiadas pruebas en su contra, no tome la decisión de desistir de una representación legal privada porque el escenario se vea poco o nada favorable. Le sorprendería saber que muchas veces tiene más peso una defensa empleada con estrategia, que las muchas pruebas en su contra, y a menudo eso basta para ganar un caso.

Si actualmente está buscando ayuda legal porque su hijo, un adolescente de la familia o usted mismo tiene un caso de delincuencia juvenil bastante serio, se programó un audiencia de transferencia o ya lo transfirieron a un tribunal penal y se encuentra en Long Beach CA, llámenos al 562-304-5121 para que un abogado de nuestro escritorio legal Long Beach Criminal Lawyer le explique los delitos por los cuales un menor puede ser juzgado como adulto, revise su caso y determine una estrategia de defensa sólida.

Call Us Today

Schedule a free consultation to speak an experienced criminal attorney regarding your case

562-304-5121