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Delitos Violentos

Las leyes de California establecen varios delitos violentos que precisamente por incluirse en esa categoría conllevan sanciones realmente severas entre las cuales se contemplan largos periodos de prisión y onerosas multas.

Sin embargo, las sanciones no son la única preocupación de las personas declaradas culpables por delitos de este tipo, pues entre las consecuencias de una condena también debemos agregar la posibilidad de una deportación (si es un inmigrante) o ser declarado inadmisible para ingresar a este país y los efectos negativos que producen los antecedentes penales en la reputación de una persona.

Por ello, ante una acusación es fundamental actuar de inmediato acudiendo a un abogado penalista para que le asesore y trabaje en una defensa sólida. Si ese es su caso y se encuentra en Long Beach, CA póngase en contacto con un abogado con conocimientos y experiencia en delitos violentos del equipo legal Long Beach Criminal Lawyer.

¿Qué delitos violentos están previstos en las leyes de California?

Son numerosos los crímenes violentos previstos por las leyes de este Estado lo cual hace difícil que los mencionemos todos. Sin embargo, con el fin de ayudarle a tener una idea general de estos y de la severidad con la que se sancionan, nuestros abogados especialistas abordarán los más comúnmente procesados:

  • Homicidio
  • Asesinato
  • Secuestro
  • Asalto y agresión
  • Acecho
  • Amenazas criminales

¿Qué implica cada uno de estos? A continuación se lo explicamos:

Homicidio

Por definición, el homicidio es matar a una persona sin malicia de por medio, es decir, no requiere que el acusado haya tenido la intención de quitarle la vida a un ser humano para ser condenado por ello.

Ahora bien, las leyes prevén tres tipos de homicidio: voluntario, involuntario y vehicular, sin embargo este último no lo abordaremos por no pertenecer al grupo de delitos violentos.

En ese sentido, se entiende por homicidio voluntario matar a una persona por el calor de la pasión, por ejemplo, quitarle la vida al amante de su pareja en el momento en que los encontró teniendo relaciones sexuales o a un vecino en medio de una discusión o pelea inesperada. Mientras que el homicidio involuntario es aquel que se ocasiona por la imprudencia o negligencia de una persona, por ejemplo, darle la pastilla equivocada a un anciano al que cuida.

Asesinato

Este es el delito más grave en la categoría de “delitos violentos'' y se configura cuando una persona mata a otra con total intención de hacerlo.

En los juicios que se llevan a cabo por asesinato es muy importante demostrar la forma en la que se cometió el mismo ya que, según se haya ejecutado, el delito deberá imputarse en primer o segundo grado.

Será asesinato en primer grado cuando:

  • Se utilizó un arma de destrucción masiva o envenenó a la víctima
  • Incurrió en acecho y tortura para ejecutar el asesinato
  • Actuó con premeditación y alevosía
  • Durante la ejecución del asesinato cometió otro delito grave.

Fuera de esas circunstancias el asesinato será calificado en segundo grado, cuyas consecuencias son menos severas que en la primera calificación pero siguen siendo bastante rigurosas.  

Vale la pena mencionar que el sólo intento de cometer un asesinato también es un delito violento estatuido en el Código Penal de California.

Secuestro

Por su parte, el secuestro se define como mover a un individuo del lugar donde está a otro sitio sin su consentimiento, valiéndose para ello de la fuerza o el temor causado en esta. Véase que no es necesario el elemento de pedir dinero por un rescate, siendo los dos únicos requisitos: mover a una persona y la falta de consentimiento de ésta para ser trasladada a otro sitio.

No obstante, es preciso señalar que el secuestro puede ser simple o agravado dependiendo de la forma en que se ejecute. El simple es aquel que ocurre bajo circunstancias normales, es decir, las descritas anteriormente: trasladar a una persona sin que ésta lo autorice; mientras que el secuestro agravado es aquel donde se incurre también en las siguientes circunstancias:

  • Que la víctima sea un niño
  • Pedir dinero por el rescate
  • Que la víctima resulte muerta o lesionada
  • Que durante la comisión se incurriera en otros delitos determinados por las leyes como por ejemplo: robo de auto o delitos sexuales.

Asalto y Agresión

Es común que estos dos términos se empleen como sinónimos, pero en realidad estos son diferentes entre sí. La agresión es tocar a otra persona de manera ofensiva o dañina. En ese sentido, una acción ofensiva puede ser escupir en la cara a alguien, y dañina golpear o tirar un objeto. Por su parte, el asalto sólo llega a un intento de agredir, por ejemplo, intentar escupir pero que la saliva no toque a la persona o intentar golpear pero que la víctima esquive el golpe.

Bajo esa perspectiva, es necesario señalar que estos crímenes son a su vez una subcategoría de los delitos violentos por cuanto abarca varios hechos punibles específicos entre los cuales se encuentran: asalto con arma mortal, asalto contra un funcionario público, agresión agravada y agresión contra un agente del orden público.

Acecho

Una persona incurre en el delito de acecho cuando persigue, acosa o amenaza a otro individuo causándole a éste un sentimiento de temor por su seguridad o la de su familia cercana.

Para que el delito se entienda ejecutado son varias las circunstancias que deben estar presentes en el hecho:

  • Que el acto de acechar sea: voluntario, cometido de forma maliciosa y en reiteradas oportunidades;
  • Que la amenaza sea creíble; y
  • Que exista miedo razonable en la víctima.

“Voluntario” infiere en que no se deba a una circunstancia accidental, por ejemplo encontrarse varias veces a un enamorado en el mismo Publix por simple coincidencia. 

“De forma maliciosa” es una intención ilícita que implica molestar o hacer sentir amenaza.

Y el requisito de “reiteradas oportunidades” implica que la persona haya sido constante y repetitiva con su amenaza.

Por su parte, la ley define “amenaza creíble” como una amenaza oral, escrita, electrónica, o conducta implícita que parezca capaz de llevarse a cabo.

Por último, el “miedo razonable” significa que la víctima sienta verdadero temor por su seguridad o la de su familia cercana.

Amenazas criminales

Amenazar con lesionar o matar a otra persona es un delito siempre que con ello se cause un estado de temor razonable y sostenido en la víctima.  

Al igual que en el hecho punible anterior, la amenaza bajo los términos de este delito puede ser de forma verbal, escrita o a través de medios electrónicos, lo importante es que la misma sea específica e inequívoca, es decir, que no haya lugar a dudas del mensaje que se intenta transmitir.

Cabe señalar que usted puede ser objeto de condenas por este delito aún si cuando amenazó no tenía la mínima intención de materializar la amenaza, pues lo que se castiga es que haber causado miedo en la víctima siempre que este sea razonable.

¿Qué debo hacer si me arrestan por un delito de este tipo?

Frente al escenario en que le arresten por la presunta comisión de un hecho punible de esta índole tome en cuenta tomar las siguientes acciones:

  1. Lo primero que debe hacer es llamar a su abogado o pedirle a su familia que le ayude a buscar uno, tenga en cuenta que, si bien lo primordial es estar representado legalmente, no por ello debe elegir a cualquier abogado, lo ideal es que sea uno penalista con conocimientos y experiencia en delitos violentos.
  1. No se resista u obstruya el arresto, hacerlo le podría agregar otro cargo a su escenario legal que ya de por sí es bastante complicado.
  1. Durante el arresto permanezca en silencio. Esto es muy importante ya que la mayoría de las personas no saben que lo que digan en su arresto está siendo anotado en un acta de la cual se apoyará el Fiscal en el juicio, de allí que uno de los Derechos Miranda establezca que: “tiene derecho a permanecer en silencio, todo lo que diga puede y será usado en su contra en un tribunal de justicia”. De manera que al decir algo sin conocer sus efectos legales podrían reducirse significativamente sus posibles defensas.
  1. Y por último no hable con ninguna autoridad por más que le presionen a hacerlo hasta que no sea asesorado por un abogado.  

¿A qué sanciones me enfrento si cometo algunos de estos delitos?

Las sanciones a las que un acusado por alguno de estos delitos se enfrenta depende del acto punible específico en el que incurrió, ya que cada uno está regulado de forma diferente por la normativa que lo contempla y por tanto comprende castigos y tratamientos legales distintos. Además, en ciertos hechos punibles operan otras circunstancias que determinan la severidad con la que debe ser sancionado, que casi siempre se resumen en: la forma en la que se cometió el delito y si el acusado posee o no antecedentes penales previos.

A continuación explicamos de manera muy general las sanciones aplicables para los delitos antes mencionados:

Dado el escenario en que sea acusado por homicidio las sanciones que correspondan dependen del tipo de homicidio del cual se trate. Si es homicidio voluntario la pena en prisión será entre 3 y 11 años. Pero si se trata de homicidio involuntario el periodo mínimo es de 2 años y el máximo de 4 años. En ambos casos el Juez podría agregar también una multa cuyo valor no exceda de $10.000.

Ahora bien, si el delito es el de asesinato, dado a que es el delito más grave dentro de los llamados crímenes violentos, los castigos son más rigurosos y comprenden de 15 años a cadena perpetua si es asesinato en segundo grado, y de 25 años a cadena perpetua si es calificado como asesinato en primer grado. En adición, el juez también podría imponer multa de $10.000.

Por su parte, el secuestro depende de su calificación. Si es secuestro simple las sanciones que se prevén son: encarcelamiento por un periodo de entre 3 y 8 años y/o multa por un valor que no sea mayor a $10.000. Pero el secuestro agravado es más complejo ya que el castigo aplicable depende mucho de las circunstancias que rodean el caso:

Si la víctima es un menor de edad: el periodo de cárcel puede ser de entre 5 y 11 años. 

Si el criminal pidió un rescate, recompensa, cometió extorsión, robo, robo de autos o delitos sexuales: el tiempo en prisión es de por vida con posibilidad a libertad condicional.

Y si la víctima resultó herida o falleció: la condena de prisión será de por vida sin posibilidad de optar por la libertad condicional. 

Por otro lado, una condena por asalto y agresión depende de si lo que se configuró fue un asalto o agresión bajo circunstancias normales, es decir “simple” o si existen otros supuestos específicos presentes en el hecho que constituyan un delito en concreto. En general un asalto simple se castiga con 6 meses de prisión y/o multa de hasta $1.000, para la agresión simple el periodo de encarcelamiento es el mismo pero la multa puede llegar a $2.000.

Ahora bien, el acecho es un “wobbler” lo que significa que puede calificarse como delito menor o grave. Si se imputa como delito menor la condena de cárcel será de hasta 1 año, y como delito grave hasta 5 años. La multa prevista en la ley. cualquiera que sea su calificación, es de hasta $1.000.

Y por último el delito de amenazas criminales también constituye un “wobbler” y si es calificado como delito menor las sanciones son hasta 1 año de cárcel y/o multa no mayor a $1.000, pero si es un delito grave el periodo de prisión será de hasta 3 años y el valor máximo de la multa es de $10.000.

Cabe aclarar que algunas de las condenas aquí especificadas pueden sufrir un aumento si se encuentran ciertas circunstancias en el hecho bajo las cuales la ley prevea una mejora de sentencia (una sentencia más grave).

¿Qué consecuencias trae para un no ciudadano ser declarado culpable de la comisión por un delito violento?

Muchos de los hechos punibles que se incluyen en la categoría de violentos son considerados “delitos de vileza moral” es decir viles, en virtud de lo cual, las personas condenadas por estos, pueden ser objeto de deportación o inadmisibilidad según la Ley de Inmigración y Nacionalidad Federal, mejor conocida como el “INA” por sus siglas en inglés.

Cabe señalar que la procedencia de una deportación o no depende de si posee bienes en Estados Unidos, tiene hijos ciudadanos o de la legalidad de su permanencia en el país, ya que sin importar todo lo anterior igual podría ser deportado. No obstante, hay ciertas excepciones para esa regla, pero los requisitos aplicables son algo complicados.

Es por esto que es importante evitar una condena por algún crimen que contemple la deportación y la mejor forma de hacerlo es contratar a un abogado penalista que reduzca los cargos a otros que no conlleven esta consecuencia o luchar para que sean rechazados.

¿Cuáles son los efectos negativos de los antecedentes penales por delitos violentos?

En EE.UU los antecedentes penales de un individuo son de fácil acceso a cualquier persona con interés en conocerlos, lo que es muy habitual en empleadores, universidades y arrendadores para indagar sobre el pasado de sus potenciales candidatos, lo que posiblemente le haga difícil la tarea de conseguir un trabajo, una beca o arrendar una vivienda. Siendo esta otra razón para contactar a un abogado lo antes posible.  

¿De qué trata la Ley de Reincidencia y cuál es su relación con los delitos violentos?

La ley de reincidencia establece un aumento de la pena de prisión en los delincuentes reincidentes, es decir, que han sido nuevamente condenados por delitos graves o violentos.

Una primera condena por alguno de los delitos que comprende la ley deja un antecedente que servirá más adelante para aumentar su sentencia si incurre nuevamente en su comisión. La segunda condena será por el doble de lo que establezcan las leyes para el hecho punible que se cometió y la obligatoriedad de cumplir con por lo menos el 80% de su condena antes de que pueda ser beneficiado con libertad condicional. Pero por una tercera condena, la pena de prisión será de 25 años a cadena perpetua. Por esa razón también se le conoce como la Ley de los Tres Strikes.

Como lo mencionamos en líneas anteriores, es muy importante evitar una condena por un delito violento, ya que las consecuencias legales que se derivan de esta son devastadoras. Aun si fuere su primera condena esto crearía un antecedente a los efectos de la ley a la que nos referimos y eventualmente las consecuencias por una segunda y tercera condena serán más severas.

¿Qué líneas de defensa se emplean en estos casos?

Preparar una línea de defensa frente a acusaciones de esta índole es crucial, por ello es importante que no desista de estas aun cuando su caso tenga cierto nivel de complejidad o las pruebas en su contra sean muchas. Una buena defensa puede lograr cambiar el escenario legal que enfrenta a uno más favorable, incluso si es inevitable que cumpla con alguna condena hay muchas opciones para reducir sus cargos y ahorrarle tiempo en prisión, una deportación o un “strike” bajo la ley de reincidencia y tener más probabilidades de que le otorguen el beneficio de libertad condicional.

Ahora bien, son muchos los mecanismos de defensa que se pueden emplear frente a casos de crímenes violentos, sin embargo, no todos son aplicables para cada caso. Por esa razón es que las mismas no deben ser tomadas a la ligera, sino que es necesario evaluar los detalles del caso en concreto para determinar la más adecuada. Algunas de las defensas que se emplean son las que se mencionan a continuación:

Legítima Defensa

Su abogado puede alegar que usted actuó en su defensa o la de un tercero frente al peligro que representaba la propia víctima.

Es muy importante que esta defensa sólo sea utilizada en casos donde las circunstancias y detalles del hecho lo permitan, ya que con tal alegato se deben demostrar la coexistencia de varios requisitos entre los cuales se encuentra que la fuerza empleada no haya sido más de la necesaria para impedir la ocurrencia del peligro.  

No hubo intención

En muchos de estos delitos la falta de intención es motivo suficiente para reducir los cargos a otros que no conlleven consecuencias tan severas o incluso para que el caso sea rechazado por el Juez. Sin embargo, este alegato no es válido para cualquier hecho punible, de hecho, uno en el cual no es aplicable es el de homicidio involuntario. 

Evidencia insuficiente

Atacar la deficiencia o escasez de pruebas suele ser otro de los alegatos más comunes en estos casos, ello no significa sólo señalar que no hay pruebas, sino también que las que hay son insuficientes, es decir, no bastan para demostrar por sí solas el elemento o circunstancia que se quiere evidenciar que por lo general es cuando la prueba tiene cierta debilidad y su abogado intenta causar duda razonable en el jurado, lo que haría que el juicio sea desestimado.

Falsas acusaciones

Acusar falsamente a una persona es muy habitual en crímenes violentos, en la mayoría de los casos es porque el verdadero culpable busca desviar toda la atención hacia una persona o para incriminar al acusado. Pero que sea inocente no significa que no deba acudir a un abogado ni mucho menos descartar una defensa, ya que es posible que se tenga tal vez más necesidad buscar ayuda de un abogado que se encargue de debilitar las pruebas que le incriminan y buscar las que fueran necesarias para demostrar que se trata de una acusación falsa.

Vale la pena señalar que además de las anteriores, existen otras estrategias de defensa que son propias y específicas de cada delito.

Necesito conseguir a un abogado penalista con experiencia en delitos violentos cerca de mí

Tal y como lo evidenció en este artículo son muchas las consecuencias legales que se generan en virtud de una condena por un delito violento, por lo que es fundamental que contacte a un abogado lo más pronto posible para que analice los detalles que rodean el hecho del cual le acusan y, de acuerdo a ello, determine la línea de defensa más adecuada.

Si está ubicado en Long Beach, CA y actualmente enfrenta acusaciones de este tipo por favor no dude en acudir a Long Beach Criminal Lawyer para que uno de nuestros abogados criminalistas le asesore y trabaje en sus posibles defensas. Contáctenos ahora mismo llamando al 562-304-5121. Estamos disponibles para usted 24/7.

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