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Derechos de los Padres en Casos Juveniles

Los casos atendidos por la Corte de delincuencia juvenil no solamente son duros para los menores, sino también para sus padres o tutores legales, pues es agobiante pensar en todo lo que le pudiese ocurrir a un hijo por un pequeño error o por una conducta muy grave, desde las medidas que pueda adoptar el juez, hasta su futuro luego del incidente e incluso en su vida adulta.

Lo ideal en cualquier caso es que como padre guarde la calma y consulte con un abogado la situación legal del menor, sus opciones legales y los derechos que le asisten a usted y al menor. Si su hijo tiene un caso de delincuencia juvenil y está en Long Beach CA, comuníquese con nosotros a través de nuestro número de contacto para asesorarse con un abogado especializado de Long Beach Criminal Lawyer.

A continuación, abogados con conocimientos y experiencia en los Tribunales de Menores explican cuáles son los derechos de los padres en casos juveniles.

¿Cuáles son los derechos que le asisten a los padres en el evento de que su hijo enfrente un caso legal juvenil?

Tanto los menores, como sus padres o tutores legales, tienen derechos en casos de delincuencia juvenil, y ampararse en ellos es muy importante para proteger a su hijo evitando que se viole el debido proceso y que con ello resulten lesionados los derechos del menor, por lo que es muy importante conocer qué derechos tiene.

En tal sentido, y según lo disponen las leyes de California, algunos derechos que asisten a los padres y tutores en el evento de que su hijo o tutelado sea sospechoso de un delito son los siguientes:

  • Tiene derecho a que un oficial del orden público le notifique en caso de que su hijo haya sido arrestado
  • Tiene derecho a que se le informen sobre los derechos constitucionales que le asisten al menor
  • Tiene derecho a contactar a un abogado para que represente al menor
  • Tiene derecho a presenciar las audiencias que se lleven a cabo por el caso del menor
  • Tiene derecho a que las audiencias llevadas a cabo por la Corte en relación con su hijo sean confidenciales
  • Tiene derecho a revisar los expedientes de la causa judicial de su hijo, así como los informes emitidos por el funcionario de libertad vigilada que lleva el caso del menor
  • Tiene derecho llevarse al menor a casa mientras se resuelve el caso

En las siguientes líneas le explicamos los aspectos legales manejados con estos derechos parentales.

Tiene derecho a que un oficial del orden público le notifique en caso de que su hijo haya sido arrestado

Si de por sí para un adulto ser arrestado es una situación que genera estrés y, en la mayoría de los casos, no sabe qué hacer o cómo actuar, imagínese todo ese escenario para un menor, lógicamente por su corta edad ese sentimiento de temor se multiplica por mil, al punto de que muchas veces no comprenden siquiera el alcance de los hechos por los cuales fue arrestado o de la propia detención.

Como padre o tutor del menor hay varias acciones que puede hacer en estos casos para brindar apoyo, pero para ello es importante entender la situación en la que se encuentra el menor.

Lo primero que debe saber es qué un arresto no implica necesariamente que su hijo se enfrentará a un caso legal ante la Corte de Menores, ya que en ese evento el oficial que lo detuvo tiene más de una opción legal que puede ejecutar. En términos generales, estos pueden:

  • Liberar al menor con una advertencia
  • Llevar al menor a una agencia que le proporcione refugio, asesoramiento o servicios de desviación
  • Entregar al menor un aviso de comparecencia ante un oficial de libertad vigilada con el día, hora y lugar al que debe presentarse el menor, y con la promesa de comparecencia liberarlo
  • Detener al menor en un centro de detención de menores

Al momento de efectuar el arresto el oficial del orden público que detuvo al menor tiene que informarle a éste cuáles son sus derechos (guardar silencio y ser representado por un abogado) y notificar a sus padres o tutores sobre el arresto, para lo cual el oficial que le comunique la noticia deberá informar: dónde está detenido su hijo, los motivos de su arresto y cuáles son sus derechos.

Una vez tenga contacto con su hijo pregúntele si una autoridad le mencionó sus derechos, y contacte a un abogado para que le brinde acompañamiento y representación legal.

Si el oficial del orden público entrega un aviso de comparecencia al menor, también le deberá entregar copia a usted y es importante que lea bien el aviso y haga lo que le indica. Este deberá contener el lugar a donde debe comparecer (una agencia de aplicación de la ley) y el día y la hora programa para ello.

Por su parte, si el oficial decide detener al menor en un centro de detención de menores, debe saber que su hijo tiene derecho a asistir a una audiencia de detención ante la Corte dentro de los 2 días siguientes a su arresto o 3 si se lo arrestaron por un delito violento. En esta audiencia un juez decidirá si el niño debe continuar detenido o no mientras se resuelve su caso y es muy importante que acuda con un abogado para que este convenza al juez de que no hay razones para detener a su hijo mientras se resuelve el caso, porque ante el escenario de que el juez determine que el menor debe permanecer detenido, por ejemplo porque cree que alguien está más seguro si el menor está bajo custodia, entonces el menor permanecerá recluido hasta la culminación de su proceso, ya que en casos de delincuencia juvenil no existe el derecho a fianza.

Tiene derecho a que se le informen sobre los derechos constitucionales que le asisten al menor

Tal como lo establecimos en líneas anteriores, en el momento del arresto el oficial debe informar al joven cuáles son sus derechos constitucionales: derecho a guardar silencio, advertir que todo lo que diga puede ser usado en su contra ante la Corte, el niño tiene derecho a que un abogado lo represente legalmente y si no tiene cómo pagar uno entonces el Estado se lo asignará.

Al igual que el oficial tiene el deber de informar estos derechos al menor, también debe informarlos a sus padres o tutores.

De modo general, lo que le acabamos de mencionar se traduce en dos derechos: el de permanecer en silencio y hablar con un abogado, ambos son muy importantes y es necesario que se ampare en ellos. El primero, seguido de la advertencia “todo lo que diga puede ser y será utilizado en su contra” es muy cierto, pues las autoridades siempre estarán buscando que el niño diga algo que lo incrimine en el hecho por el cual lo arrestaron y con cada explicación o palabra que diga su número de defensas puede estar disminuyendo y su situación legal agravando.

El segundo, es más importante aún, pues es muy necesario que el menor cuente con una representación legal adecuada, porque, aunque los Tribunales de Menores se conocen por ser indulgentes a la hora adoptar medidas sobre un menor delincuente, esto no significa que el juez tenga que pasar por encima de la seguridad colectiva o el derecho que tiene la víctima a que se le repare el daño causado, y por tanto, las medidas que adopta un juez pueden llegar a ser bastantes serias.

Además del derecho a permanecer en silencio y estar representado legalmente, otro derecho del menor es el de realizar llamadas para comunicarse con sus padres y un abogado.

Tiene derecho a contactar a un abogado para que represente al menor

De acuerdo con sus derechos constitucionales el menor tiene derecho a ser representado legalmente en cualquier etapa del proceso seguido en su contra, incluso en momento del arresto, y si no puede costear uno, la ley establece que el Estado le asignará uno. No obstante, lo ideal es que el menor esté representado legalmente por un abogado privado, dado que los defensores públicos casi siempre están saturados de trabajo y pueden llegar a descuidar algunos casos, por lo que su hijo no tendría una representación legal adecuada.

Ahora bien, es importante que no contrate a cualquier abogado, sino a uno calificado en la materia y con experiencia en estos tipos de casos. Contratar a un abogado especializado le dará mucha ventaja sobre el caso y aumentará significativamente las probabilidades del menor para salir favorable de su situación legal.

Considere contratar los servicios de un abogado incluso si el escenario legal del niño se mira muy complicado, tenga en cuenta que muchas veces tiene más peso una buena estrategia, que las muchas pruebas que se tengan en contra y eso es más que suficiente para vencer una petición (acusación presentada por la fiscalía)

Tiene derecho a presenciar las audiencias que se lleven a cabo por el caso del menor

Si finalmente el arresto del menor termina con un representante de la fiscalía presentando una petición (acusación), el menor tendrá que comparecer a varias audiencias llevadas a cabo por la Corte de menores que, en líneas generales, son tres: de detención, jurisdicción y disposición.

La de detención es la primera audiencia a la que comparece el menor y en ella se determina si es necesario o no que este permanezca detenido mientras se resuelve su caso, es decir, mientras se determina finalmente si el niño cometió o no un delito. Pero si no se ha siquiera determinado si mi hijo cometió o no un delito ¿por qué lo tendrían detenido? La respuesta es sencilla, aunque no se tenga certeza de que el menor cometió el delito, el juez puede mantenerlo bajo custodia si considera que está más seguro en el centro de detención juvenil, si alguien más está seguro con el menor en custodia, o hay probabilidades de que este se escape o no asista a las demás audiencias.

La siguiente audiencia es la jurisdicción en la que el juez escucha a las partes (el abogado defensor del niño y el fiscal que presentó la petición) y estos llevan las evidencias que tengan, y luego de evaluar los argumentos y pruebas el juez decide: rechazar los hechos alegados en la petición o aceptarla. Si rechaza los hechos eso significa que el juez determinó que su hijo no cometió ningún delito, pero si la acepta entonces el proceso deberá seguir a la etapa de disposición, en la cual el juez adopta las medidas a las que se va a sujetar el menor por violar la ley.

Además de las anteriormente señaladas, pueden tener lugar otras audiencias dependiendo de cada caso en concreto, por ejemplo, la audiencia de transferencia que se lleva a cabo cuando el menor es sospechoso de cometer un delito de los establecidos en la sección 707(b) del Código de Bienestar e Instituciones (WIC) que abarca delitos más serios como asesinato, violación y robo de autos. En dicha audiencia el Tribunal examina si es necesario transferir su competencia a la Corte Penal para adultos y en de ser así el menor sería juzgado como un adulto, por lo que ese escenario es muy serio.

Otras audiencias que también tienen lugar en los casos de delincuencia y además son muy comunes, son las audiencias de supervisión para que el Tribunal mida los avances o desempeño del menor durante su período de probación o libertad condicional.

Es muy importante saber que como padre o tutor del menor usted tiene derecho de presenciar estas audiencias, y es muy necesario que lo haga porque sólo de esa manera puede comprender de mejor forma el escenario legal de su hijo para poder ayudarlo.

Tiene derecho a que las audiencias llevadas a cabo por la Corte en relación con su hijo sean confidenciales

Además de tener derecho a presenciar las audiencias que lleva a cabo la Corte con relación al menor, los padres o tutores también pueden solicitar que las mismas sean confidenciales.

De acuerdo con las reglas que se siguen en la Corte de Menores, sólo los padres o tutores y cualquier persona con interés legítimo y directo en el caso del menor, por ejemplo, la víctima, pueden presenciar las audiencias fuera de las personas que integran el procedimiento que son: el menor, su abogado defensor, la representación de la fiscalía, el Tribunal compuesto por varios de su personal y el oficial de libertad vigilada, este último, aunque su hijo no esté bajo libertad condicional, pues estos funcionarios también juegan un papel dentro de la Corte. Y una excepción a esto es cuando se tenga que presentar un testigo.

La confidencialidad en los casos seguidos por la Corte de menores es muy importante para proteger lo más que se pueda la reputación de su joven.

Tiene derecho a revisar los expedientes de la causa judicial del menor, así como los informes emitidos por el funcionario de libertad vigilada que lleva el caso del menor

A pesar de que los procedimientos seguidos por la Corte de Menores son confidenciales, cuando el menor se enfrenta a un caso legal, sus padres o tutores tienen derecho a que se les permita acceder a los informes que brindan los oficiales de libertad vigilada sobre su hijo y al expediente del caso del menor.

Si usted como padre o tutor legal del menor requiere revisar los archivos que tiene su hijo en la Corte, debe solicitarlos explicando el motivo por el cual quiere tener acceso a estos, señalar los datos que identifiquen los mismos y especificar qué conexión guarda con el caso cuyos archivos está solicitando.

Hecha la solicitud la Corte la revisará y determinará si se le permitirá el acceso a los informes y expedientes habidos en el caso del menor, si los motivos de la revisión a consideración del Tribunal constituyen una causa válida, entonces se le permitirá el acceso a los archivos que requiere pero bajo protección.

Todo este procedimiento para solicitar la documentación habida en el Tribunal con relación al menor tiene su fundamento en que la Corte debe garantizar que los intereses de las partes no estén comprometidos.

Tiene derecho llevarse al menor a casa mientras se resuelve el caso

En algunos de los casos es probable que se le permita llevarse al menor a su hogar mientras se resuelve el caso. No obstante, que se le permita o no hacerlo depende del escenario legal en específico del menor, pues varios factores deben tenerse en cuenta. 

Antes hemos hablado de que la audiencia a la que comparece por primera vez el menor es la de detención, y en ella se determina si el niño debe estar detenido o se puede ir a su casa, pero es muy necesario que puntualicemos ciertos aspectos de la misma para comprender qué efectos tiene la decisión que se dicta en esta etapa.

Como primer punto, hay que mencionar que esta es la primera comparecencia del menor ante la Corte, y a la cual acude bien porque un oficial lo arrestó y decidió llevarlo a un centro de reclusión juvenil, o bien porque el menor recibió un aviso de comparecencia ante el Tribunal, es decir, los escenarios son dos: uno en el que el menor está detenido y otro en el que sigue libre.

Lo segundo que se debe aclarar es que la decisión que adopte el juez en esta etapa no es definitiva, sólo temporal, pues la toma antes de que siquiera se determine si el menor cometió un delito o no, y por tanto la decisión de no detener al menor no significa que el asunto legal ya se resolvió y su hijo no cometió ningún delito, y la decisión de detener al menor no significa que el juez encontró que el menor infringió la ley, pero sí que hay causas que hacen necesario que el menor esté bajo custodia hasta que se determine si cometió un delito o no, por ejemplo, porque la víctima está más segura estando el menor detenido o se tiene la sospecha de que el menor va a intentar eludir a la justicia o no va a asistir a sus audiencias. 

Y punto número tres, esta audiencia es muy importante, porque a pesar de que la decisión es temporal, si el juez decide que el joven debe estar bajo custodia está medida será duradera hasta que culmine el juicio, y en este caso no se le permite a los padres o tutores llevarse al menor a casa mientras se desarrolla el proceso hasta el final. Además, tenga en cuenta que el derecho a fianza no existe dentro del sistema judicial de menores, por tanto, no será posible liberarlo pagando una fianza o garantía.

Debe saber que una de las formas de ejercer este derecho es exigiendo el cumplimiento de los tiempos legalmente establecidos para que el menor (en caso de que se encuentre previamente detenido) tenga acceso a esta audiencia, debiéndose llevar a cabo dentro de los 2 días judiciales siguientes a su detención o dentro de los 3 si arrestaron al menor por un acto violento.

Hablar con un abogado sobre el caso judicial de mi hijo cerca de mí

Ante el escenario de que su hijo sea arrestado o citado por la Corte, es muy importante que usted conozca los derechos de su hijo y los suyos, para saber de qué manera actuar y pueda ayudar al menor con su situación.

Pero más importante aún, es muy necesario que acuda a un abogado calificado para asesorarse sobre el caso en específico de su hijo, lo cual debe hacerlo muy pronto, ya que en los procesos que se siguen ante los Tribunales de Menores, los lapsos son muy cortos, y conforme pasan los días sin una representación legal adecuada, las probabilidades y opciones legales del menor se van aminorando.

Si necesita ayuda legal y está en Long Beach llame al 562-304-5121 para que un abogado de Long Beach Criminal Lawyer le diga cuáles son los derechos de los padres en casos juveniles.

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