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Abuso de Ancianos

El abuso de ancianos, también denominado abuso de personas mayores, ha incrementado en los últimos años en el estado de California. Por esta razón, la fiscalía ha desarrollado departamentos especiales en todo el estado, los cuales se encargan de intentar las acciones judiciales correspondientes contra los perpetradores de este delito, además de hacer todo lo necesario para que sean condenados.

Si usted o alguien que conoce ha sido arrestado o se han presentado cargos en su contra por abuso de ancianos, podría enfrentarse a sanciones severas si resulta condenado. Por lo cual, no espere más tiempo y proceda a contactar a un abogado defensor con experiencia para que lo represente durante el procedimiento judicial.

En Long Beach Criminal Lawyer, localizada en Long Beach, California, nuestros abogados penalistas poseen una gran experiencia en la práctica de estos casos. Así que pueden establecer una defensa adecuada para aumentar las probabilidades de que los cargos en su contra sean desestimados.

¿En qué consiste el abuso de ancianos?

El abuso de ancianos está consagrado en el artículo 368 del Código Penal, el cual establece que se comete cuando un individuo que actúa intencionalmente, permite que un anciano esté en una situación que puede ocasionar un perjuicio o incluso la muerte, a sabiendas de que es una persona mayor.

Asimismo, esta disposición prohíbe que una persona le provoque un dolor físico o un sufrimiento psicológico injustificado a una de estas personas. Por lo que debe abstenerse de poner a un adulto mayor en una circunstancia que sea capaz de producirle lesiones o colocar su bienestar general en riesgo. Si se presentan cargos en su contra por este delito y es condenado, las sanciones incluyen un encarcelamiento y una multa.

¿Quiénes son personas mayores?

Para comprender este delito, debemos tener en cuenta que se entiende por persona mayor o anciana a cualquier persona de 65 años o mayor a esta edad.

¿En qué consiste el abuso?

Según la disposición anteriormente mencionada, este tipo de abuso puede llevarse a cabo de distintas formas. Entre ellas, se encuentran las siguientes:

  • Abuso físico. Consiste en provocar dolor corporal, una herida, o una lesión física. Entre las formas que pueden materializar este tipo de abuso se encuentra negarle alimentos, golpearlo, entre otras.
  • Abuso emocional. En este tipo de abuso el perpetrador se burla de la persona mayor, lo ridiculiza, lo denigra, o lo aísla, afectando su bienestar psicológico o mental. Entre los supuestos en que se verifica se encuentran negarle el acceso a internet, recibir visitas o ver a otras personas, emitir insultos o dirigir palabras derogatorias a esta persona, entre otros actos que se consideran violencia psicológica.
  • Negligencia. Consiste en colocar a la persona mayor en una circunstancia que arriesga su salud o incluso su vida a propósito. Uno de los supuestos en que esto ocurre es privarlo de vestimenta abrigada o dejarla sola por un largo periodo de tiempo en una vivienda sin calefacción durante el invierno. Así como también, no permitirle obtener medicamentos o acceder a la atención médica que necesitan cuando enferman. Estos actos lo someten a un sufrimiento físico debido a que no le permiten curarse de una enfermedad e incluso pueden colocarlo en riesgo de morir.

Además, cualquier acto que pueda significar un abuso sexual, también es considerado en este tipo de abuso, como el acoso sexual, el cual suele ser llevado a cabo por los mismos cuidadores en los hogares de estas personas o cuando se encuentran en un hogar de ancianos.

  • Explotación económica. Implica aprovecharse de los bienes económicos de un adulto mayor. Algunos supuestos en que esto ocurre es cuando el cuidador lo engaña para que firme cheques o falsifica su firma para tomar dinero de sus cuentas bancarias. Así como también que se apodere de la suma de dinero correspondiente a los pagos que debe hacer al seguro social, especialmente cuando son ellos quienes se encargan de llevarlos a cabo ya que la persona mayor no puede hacerlo por sí mismo.

Para que el acusado sea condenado por este tipo de abuso, el fiscal debe demostrar ciertos elementos específicos, los cuales son los siguientes:

  1. El acusado cometió un delito económico, como hurto, fraude, o malversación de fondos.
  2. Los bienes de los que se apoderó pertenecían a una persona de 65 años o mayor a esta edad.
  3. El acusado era el cuidador de esta persona o actuó a sabiendas de que era una persona mayor.

¿Por qué la ley les brinda una protección especial a las personas mayores?

Los legisladores de este estado han considerado necesario regular esta materia en normas específicas para otorgarles una protección especial a los adultos dependientes y personas mayores, debido a que suelen sufrir enfermedades mentales o físicas que los hacen incapaces de defenderse a sí mismos. Al mismo tiempo, los medicamentos que consumen para el tratamiento de estas enfermedades pueden producirles confusión como efecto secundario, por lo que muchas veces ni siquiera comprenden que están siendo víctimas de abuso y por lo tanto no lo denuncian.

Además, las instituciones del sistema de justicia penal exigían una regulación al respecto ya que necesitaban una norma jurídica que les permitiera interponer las acciones judiciales correspondientes contra individuos que habían sido denunciados de cometer abusos contra ancianos, así que se promulgó el artículo 368 del Código Penal en el año 1983.

Al comienzo, sólo era aplicable a los casos de adultos que no podían cuidarse a sí mismos debido a sus incapacidades físicas o mentales, pero esta norma fue objeto de una reforma en el año 1986, la cual extendió su aplicación a los casos de abuso contra las personas de 65 años o más, independientemente de sus capacidades físicas o mentales.

¿En qué consiste el procedimiento para estos casos?

Generalmente, la fiscalía tiene un departamento especial para los casos de abuso de personas mayores. Estas instituciones tienen un fiscal adjunto que está capacitado en la materia para presentar los cargos, y actuar en el procedimiento judicial hasta que se dicte la sentencia.

La mayoría de estas instituciones tienen una línea telefónica para que cualquier individuo que sospeche que se ha cometido un acto ilegal contra una persona mayor, pueda denunciarlo. Sin embargo, la mayoría de estos casos son denunciados por la policía. Estos funcionarios reciben información de distintas fuentes, como amigos o parientes de las personas mayores. Así como también de los servicios de protección de adultos.

Además, si una persona mayor visita a un médico, este puede reconocer cualquier signo de abuso físico al realizar el examen físico, tras lo cual lo denuncia a la policía. En otros casos, son los mismos cuidadores quienes lo denuncian.

Posteriormente, el departamento examina el caso y decide si acepta o rechaza la denuncia. En muchas ocasiones, no consideran que los hechos denunciados sean reales ya que con frecuencia se acusa a personas inocentes, y por lo tanto lo rechazan y no se presentan cargos. Pero si consideran que hay algo que deben dilucidar, solicitan que se investigue al respecto.

Luego de que reciben la denuncia y la aceptan, proceden a determinar cuál es el órgano encargado de interponer las acciones judiciales. Para ello, toman en consideración ciertos factores, como el sitio en donde se sospecha que ocurrió el abuso, el tipo de abuso, y la gravedad del mismo, según lo cual se determina si se trata de un delito menor o mayor.

Esto se debe a que las competencias del órgano varían según el tipo de abuso, si se trata de un delito menor o mayor u otros aspectos del caso. Por ejemplo, algunos son responsables de casos de abusos de personas que se encuentran en hogares para personas mayores o en instituciones de tratamiento. Por su parte, el Departamento de Abuso de Ancianos del Fiscal de Distrito de Los Ángeles, sólo tiene a su cargo los casos de abuso financiero contra personas mayores, siempre que se hayan apoderado de cantidades sustanciales de dinero.

¿Cómo se prueban estas acusaciones?

Cuando finalmente se presentan cargos en contra de una persona por ser sospechosa de perpetrar este acto, el fiscal debe demostrar que es culpable para que sea condenado. Para ello, tiene que demostrar todos los elementos que constituyen el delito por encima de cualquier duda razonable, los cuales son los siguientes:

  1. Actuando de forma intencional o negligente, el acusado sometió a una persona mayor a una dolor físico o mental injustificado, o permitió que otra persona lo sometiera al mismo.
  2. La conducta del acusado pudo haber puesto en riesgo la vida o la salud de la víctima, en caso de delito menor, o producirle una lesión corporal sustancial o la muerte, en caso de delito mayor.
  3. El acusado sabía o debía saber que la persona tenía 65 años o era mayor de esta edad.

Ahora bien, un acto intencional es aquel que se lleva a cabo con pleno entendimiento del acto y las posibles consecuencias del mismo. Cuando alguien permite que una persona mayor sufra un abuso intencionalmente, significa que actuó con el propósito de que esto ocurriera.

Si esta intención no existió, se requiere que haya actuado con una negligencia criminal. Esta última excede la negligencia ordinaria, y significa que actuó con indiferencia hacia la vida humana. Además, el fiscal debe demostrar que el acusado tenía una obligación legal de actuar según el caso concreto.

Con respecto al dolor físico o mental injustificado, este se refiere a un dolor innecesario según las circunstancias. Por ejemplo, si la persona mayor tiene algunas heridas, y al intentar desinfectarlas el cuidador le ocasiona dolor, se considera justificado. Pero si este le pide que realice tareas en el hogar que implican el uso de fuerza que le provocan un dolor debido a su condición física, entonces esto se considera injustificado.

Asimismo, el dolor también puede ser producido al golpearlo, o maltratarlo. Mientras que dirigir insultos u ofensas a una persona mayor puede ocasionarle un sufrimiento psicológico injustificado.

Por su parte, una lesión sustancial es aquella que deteriora sus condiciones físicas de manera importante. Sin embargo, el delito no requiere que la persona mayor sufra este daño, sino que basta con ponerlo en una situación que sea capaz de producirlo.

¿Cómo se castiga este acto delictivo?

Este acto es considerado un wobbler, por lo que el fiscal puede presentarlo como un delito menor o mayor. Para ello, evalúa los hechos ocurridos y el historial criminal del acusado.

Si es condenado por delito menor, será castigado con una libertad condicional informal, un encarcelamiento por un periodo máximo de un año en una cárcel del respectivo condado, y una multa por un monto máximo de 6.000 USD si es la primera vez que es condenado por este delito. Pero si lo ha perpetrado dos o más veces, entonces el monto máximo de la multa se eleva a 10.000 USD. También es posible que deba pagar una indemnización a la víctima y los gastos de su asistencia a terapia psicológica, además de ser obligado a asistir a este tipo de terapia.

Por otra parte, si es condenado por delito mayor deberá enfrentarse a sanciones como una libertad condicional formal y/o un periodo de 2 a 4 años en la prisión del estado de California. Aunque sí le produjo lesiones significativas a la víctima o la muerte, entonces se aplica un aumento de pena de 3 a 7 años en esta prisión, el cual deberá cumplir de forma consecutiva a la sanción anterior.  Además, deberá someterse a terapia psicológica, pagar una multa por una suma máxima de 10.000 dólares, una indemnización a la víctima, y cubrir los gastos correspondientes a la terapia psicológica de la persona mayor que ha sufrido el abuso.

También es importante señalar que la condena por delito mayor significa un strike bajo la Ley de los Tres Delitos y Fuera.

¿Cuáles defensas pueden ser útiles contra estas acusaciones?

No todas las acusaciones de abuso de ancianos son verídicas, a veces el mismo denunciante realiza acusaciones falsas, mientras que otras veces las mismas enfermedades o condiciones que sufren las personas mayores, dejan signos que pueden verse como señales de abuso físico.

Además, la ley obliga a los funcionarios policiales, los médicos y los trabajadores sociales a denunciar cualquier sospecha de abuso, pero estos no suelen contar con la capacitación necesaria para identificar este tipo de signos con exactitud y los confunden con síntomas o signos que realmente son provocados por la edad, una enfermedad o un accidente.

De conformidad con la ley, abstenerse de denunciar un caso de abuso cuando la ley le impone la obligación de hacerlo, puede conducir a que se presenten cargos en su contra por un delito. Pero no estas personas no sufren ningún tipo de consecuencia cuando denuncian a un posible perpetrador que es inocente, por lo que muchas de estas denuncias son infundadas.

Afortunadamente, su abogado examinará cuál es el argumento adecuado según los hechos ocurridos para defenderlo contra estas acusaciones. Entre las más comunes destacan las siguientes:

  • Las lesiones tuvieron otra causa. Como señalamos previamente, uno de los elementos que constituyen este delito es haber actuado intencionalmente, por lo que, sí le produjo lesiones o heridas a la otra persona como consecuencia de un accidente, entonces no puede ser condenado, siempre que no se considere que existió una negligencia criminal. Por ejemplo, un cuidador ayuda a una persona mayor a la que le cuesta caminar, a trasladarse a su cama, pero la deja caer por accidente y la caída le produce dolor y hematomas en sus piernas. En tal caso, el abogado defensor puede argumentar y presentar evidencias de que se trató de un accidente y no lo hizo de manera intencional. Si lo logra, no será declarado culpable.
  • Se presentaron falsas acusaciones. Es posible que un adulto mayor esté confundido por los medicamentos que consume o como resultado de la misma enfermedad que padece, por lo que realice acusaciones falsas. También puede suceder que un pariente de la persona mayor esté celoso de la relación entre este y su cuidador, tema ser privado de la herencia, o desee recibir los beneficios económicos que se le conceden al cuidador.

Aunque en algunas ocasiones los parientes o amigos de la persona mayor realmente están preocupados por su bienestar y denuncian el abuso sin tener suficientes pruebas, o confunden señales físicas que no han sido producto de abuso. Independientemente del motivo, su abogado puede realizar las investigaciones respectivas, que le permitan presentar evidencias para revelar la verdad sobre los hechos ocurridos, con el propósito de que no sea declarado culpable.

  • Error de identidad. Es posible que los funcionarios policiales e incluso la misma víctima se equivoquen al identificar al verdadero perpetrador del abuso y se presenten cargos en contra de una persona inocente, esto suele ocurrir cuando la persona mayor presenta signos de abuso y se asume que su cuidador es el perpetrador del mismo, o que se acuse a su hijo u otro pariente si ambos discutían con frecuencia.
  • No existen suficientes evidencias. Para que el acusado sea condenado, el fiscal debe presentar suficientes pruebas para convencer al jurado o al juez que perpetró el delito. Por lo que el abogado defensor se encargará de contrariar los argumentos y las evidencias del fiscal para que estos sean cuestionados. Además, puede presentar a un testigo experto que declare que las lesiones sufridas por la persona mayor han sido producidas por su edad, una enfermedad o un accidente. También puede revelar si sufren de alguna enfermedad que afecte sus facultades mentales, por lo que sus acusaciones perderían validez.

Además, puede presentar evidencias de que el acusado ha hecho un buen trabajo al cuidar de la persona mayor, como facturas de pago de servicios básicos, como consultas médicas y medicinas, vestimenta, calefacción o aire acondicionado.

  • Se trató de una circunstancia aislada. Debido a que suele ser complicado cuidar de un adulto mayor, es posible que el cuidador se sienta abrumado tanto física como psicológicamente, y realice un acto que pueda considerarse abuso verbal o físico. En tal caso, su abogado puede explicar la situación y alegar que se trató de un accidente aislado. Con esta defensa, se pretende que el juez o el jurado sean empáticos y si logra convencerlos, se desestimarán los cargos en su contra o no será declarado culpable.

¿Cuáles actos delictivos se vinculan con este?

Cuando una persona perpetra este delito, puede estar violando otras disposiciones contempladas en el Código Penal, por lo que se presentan cargos en su contra por varios delitos. En otras circunstancias, el fiscal decide presentar cargos por sólo uno, según los hechos ocurridos. A continuación, conoceremos en qué consisten algunos de ellos.

  • Agresión. Artículo 242 PC. Consiste en utilizar violencia o fuerza de manera intencional contra otra persona. Por lo que si al cometer un abuso de ancianos, golpea o ataca a una persona mayor de forma deliberada, entonces se presentarán cargos en su contra por ambos delitos.

Si no se le produjeron lesiones significativas a la víctima, entonces se trata de un delito menor, que es castigado con una multa por un monto máximo de 2.000 USD y un encarcelamiento por un periodo máximo de 6 meses. Pero si sufre lesiones significativas, se considera una agresión agravada, el cual es un delito mayor y sus sanciones alcanzan los 4 años en la prisión del estado.

  • Violación. Artículo 261 PC. Si mantiene relaciones sexuales no consensuadas con una persona, está perpetrando una violación, la cual puede llevarse a cabo mediante fuerza o amenazas. Este acto es un delito mayor, que es castigado con un periodo máximo de 8 años en la prisión del estado de California.

Los adultos mayores pueden estar impedidos para prestar su consentimiento debido a una enfermedad o discapacidad. Si la víctima es una de estas personas, se presentarían cargos en su contra por este delito y el de abuso de ancianos.

  • Amenazas Criminales. Artículo 422 PC. Implica amenazar a alguien con acabar con su vida o producirle un daño corporal o la muerte, de manera que esta persona siente miedo por su seguridad o la de sus parientes inmediatos. Adicionalmente, se requiere que la amenaza sea específica e inequívoca, pudiendo ser emitida verbalmente, por escrito o por un medio electrónico. Se trata de un wobbler, siendo su pena máxima un periodo de 4 años en la prisión del estado.

¿Cómo encontrar los servicios de un abogado cerca de mí?

Si está siendo acusado de perpetrar este delito, tanto su vida personal, como su carrera profesional y su libertad, están en riesgo. Debido a la urgencia del caso, nuestros abogados se encargarán de realizar una investigación que les permita conocer la verdad sobre los hechos ocurridos con el fin de desarrollar una defensa sólida para lograr un resultado favorable.

Para programar una consulta gratuita con un abogado de Abuso de Ancianos de Long Beach Criminal Lawyer, puede llamarnos al 562-304-5121.

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