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Robo de identidad

Por definición, el robo de identidad es obtener y usar deliberadamente datos de identificación personal de otro individuo con un objetivo ilícito o fraudulento. Uno de los grandes problemas de este crimen es que normalmente la responsabilidad penal que se deriva del acto ilícito o fraudulento quedará en la persona real cuya identificación se usó ilegalmente. Esa es la razón por la que en California las leyes contra este tipo de robo son tan severas y las autoridades ponen especial empeño en las investigaciones penales que se llevan a cabo.

Por ello, si ha sido acusado de cometer este delito es necesario que busque ayuda legal lo más pronto que pueda. Si está en Long Beach puede acudir al bufete jurídico de Long Beach Criminal Lawyer para que uno de nuestros abogados con experiencia combatiendo cargos de robo de identidad le brinde una asesoría adecuada y personalizada.

Abogados de Long Beach Criminal Lawyer explican la Ley de California referente al Robo de Identidad

A continuación, en las siguientes líneas vamos a abordar en detalle los aspectos legales que giran en torno a la ley que regula este delito, su definición legal, elementos que lo configuran, defensas que se utilizan para luchar contra cargos de esta índole y las consecuencias legales que conlleva una sentencia condenatoria por el mismo. Pero antes debemos advertir que nuestro contenido web no constituye una asesoría legal, es importante que no intente navegar su propia defensa con una información general, en su lugar acuda a los profesionales para que, previo análisis de su caso en particular, le brinden ayuda especializada.

¿Cuál es la ley de Robo de Identidad y qué establece?

En California, la ley que establece este delito está estatuida en el artículo 530.5 del Código Penal y tipifica como un acto punible obtener de forma intencional información de identificación personal de otro individuo y usarla para un propósito ilegal sin su consentimiento.

Según la anterior definición, los elementos del crimen son tres:

  • Obtener de forma intencional la información de identificación personal,
  • Sin el consentimiento de la víctima, y
  • El propósito ilegal

A continuación explicamos cada uno de estos elementos a fin de que pueda comprender lo que regula la norma que tipifica este hecho punible.

Obtener de forma intencional la información de identificación personal

Obtener algo de forma intencional implica buscar y conseguir ese “algo” de forma voluntaria, lo que es distinto a que eso llegue accidentalmente o por casualidad. Precisamente en esos términos se plantea el delito según la ley a la que nos estamos refiriendo, tipificando como un acto punible obtener cualquier tipo de información personal de manera voluntaria para usarla con un fin ilegal.

Esto es importante saberlo, ya que los malentendidos son muy comunes y alguien podría acusarlo de este delito por tener una información que quizás obtuvo por accidente. Por ejemplo, en algún momento necesitó los archivos que estaban en la computadora de un compañero de trabajo, copió los mismos, y no se dio cuenta que entre las carpetas duplicadas había un archivo que contenía datos de identificación de su compañero.

Otro punto que vale la pena abordar dentro de este elemento es lo que se entiende a los efectos de la ley por “datos de identificación personal” lo cual podemos definir como cualquier dato inherente a un individuo, esto incluye: nombre, fecha de nacimiento, dirección, número de seguro social, de la licencia o de tarjetas de acceso (crédito, débito y otras) y las cuentas asociadas. Lo anterior son sólo algunos ejemplos, ya que siendo la ley bastante amplia abarca cualquier tipo de información que sirva para identificar a una persona.

Sin el consentimiento de la víctima

Este delito sólo se configura cuando la víctima no autoriza el uso de su información de identidad personal, ya que de tener el consentimiento de la persona no se llamaría “robo”. Por ejemplo, un individuo que da su nombre y datos de su tarjeta de débito para que su amigo pague una suscripción en línea está dando su autorización para usar sus datos, por tanto el amigo no está cometiendo ningún crimen. 

Propósito ilegal

El propósito ilegal es cualquier objetivo que implique un acto ilícito o fraudulento, esto incluye: obtener o intentar obtener créditos, bienes, servicios de manera inmerecida o información médica de otro individuo sin autorización.

Es muy importante mencionar que para que se configure el delito no es necesario que el propósito ilícito o fraudulento se materialice, ya que basta la simple intención de cometerlo para que una persona sea sancionada según lo dispuesto por el artículo 530.5 del CP.

¿Cuáles son las acciones que según la ley constituyen un delito de este tipo?

El artículo 530.5 PC tipifica varias acciones que se consideran un delito de este tipo, estas son:

  • Obtener de forma intencional datos de identificación de otro individuo y usarla sin su autorización para un fin ilícito.
  • Poseer o retener datos de identidad de una persona sin su autorización y con el propósito cometer un acto fraudulento.
  • Vender, proporcionar o transferir datos de identidad de un individuo sin su autorización con el propósito de cometer fraude.
  • Vender, proporcionar o transferir datos de identidad de un individuo a sabiendas de que será utilizada para un fin fraudulento.

En ese sentido, algunos ejemplos de situaciones que podrían configurar este hecho punible son las siguientes:

  • Una oficina de correos entrega una tarjeta de crédito en una dirección errónea. La persona que la recibe sabe que la tarjeta debió llegar a casa de su vecino, pero en vez de devolverla la retiene con el propósito de activarla y gastar el cupo.
  • Un chico que anotó los datos de la tarjeta de crédito de su compañero de cuarto para comprar equipos electrónicos en línea.
  • Una chica que proporciona a su novio información personal de su padre para que este ejecute una estafa a su nombre.
  • Dar un número de seguro social de otra persona para recibir atención médica en un centro de salud.

¿Cómo puedo luchar contra un cargo de este tipo?

Una defensa legal no es algo que se pueda emplear precipitadamente porque, si bien existen muchas formas de luchar contra cargos de esta índole, no todas surten los mismos efectos en todos los casos ya que cada escenario es diferente. Por eso, es necesario hacer un análisis específico del caso en concreto incluyendo las pruebas, cómo sucedieron los hechos que dieron lugar a la investigación o arresto y las leyes aplicables, para así poder determinar qué estrategia de defensa es la más adecuada y va a tener efectos favorables.

Ahora bien, como lo mencionamos con anterioridad las defensas legales que se emplean para luchar contra un cargo de este tipo son muchas y debido a ello no podemos abordarlas todas en unos pocos caracteres, por ello sólo vamos a explicar las que más suelen utilizar los abogados de defensa criminal, estas son:

  • El acusado no tenía un propósito ilegal
  • El acusado no obtuvo intencionalmente la información que poseía
  • Falsas acusaciones
  • Violación de la Cuarta Enmienda
  • Evidencia Insuficiente

Como quizás lo intuyó, algunas de las defensas más empleadas están dirigidas a atacar los elementos de procedencia del delito, y otras son más generales y aplicables a cualquier crimen. A continuación se explica en qué consiste cada una.

El acusado no tenía un propósito ilegal

Uno de los elementos que requiere demostrar el Fiscal es que el acusado tenía un propósito ilícito o fraudulento, de no ser así, la posesión o retención de la información personal que se halló no constituirá un delito. Por ejemplo, puede que usted tuviera consigo una libreta con la información de varias tarjetas de sus familiares en caso de que a alguno de ellos se le extraviaran sus datos.

Si el jurado se llega a convencer de que usted no tuvo un objetivo ilegal o fraudulento con la información que poseía, no habría lugar una sentencia condenatoria por este delito.

El acusado no obtuvo intencionalmente la información que poseía

Otra forma de luchar contra los cargos es alegar que usted no obtuvo voluntariamente la información. Si le encontraron en su correo electrónico información de este tipo o en su computador, es posible alegar que la información llegó allí por error o un hecho circunstancial pero no porque usted se esforzó para obtenerla. Por ejemplo, una amiga que utilizó su computador portátil y dejó abierto su correo electrónico en el que tiene información personal.

En estos casos, si se logra demostrar el alegato, el Juez deberá rechazar el cargo y como consecuencia de ello usted no debería sufrir ninguna sanción.

Falsas acusaciones

Muchos de los bancos o instituciones financieras simplemente reembolsan todas las “pérdidas económicas” cuando sus clientes afirman ser víctimas de este crimen, por lo que en estos casos es posible que la persona lo acuse falsamente mientras resuelve sus problemas económicos. Además de que, dado que no se requieren muchas pruebas es muy sencillo para un individuo malintencionado plantar evidencia y acusar falsamente a alguien para perjudicarlo.

Ante esta situación el abogado defensor se enfocará en promover los medios probatorios o indicios suficientes que expongan las verdaderas razones por la cual la víctima lo acusa, ejemplo, mensajes de textos donde la presunta víctima hable acerca de sus problemas financieros o dice que hará todo lo posible para perjudicar al acusado o evidencias que demuestren que las pruebas fueron plantadas. De ser probado tal alegato el Juez desestimará el caso en su totalidad. 

Violación de la Cuarta Enmienda

La Cuarta Enmienda de la Constitución de Los Estados Unidos es una normativa legal contra los registros o pesquisas no justificadas por una causa razonable que son conducidas por autoridades del gobierno. Una de las formas en la que se garantiza este derecho es la llamada “regla de exclusión” o teoría del “fruto del árbol envenenado” la cual establece que las evidencias obtenidas en violación a la Cuarta Enmienda Constitucional no son admisibles para el fiscal ante la Corte, es decir, las pruebas son ilegitimas por haber devenido de un procedimiento ilegal, ya están manchadas o son fruto de un árbol envenenado, y lo que sucede es que esa evidencia se excluye o suprime del proceso. Básicamente es como si nunca hubiera existido tal evidencia.

De lograr demostrar que no hubo una causa razonable para llevar a efecto un registro e incautación y de suprimirse varias o todas las pruebas presentadas en su contra, es muy probable que su caso se desestime.

Evidencia Insuficiente

Este alegato se emplea cuando las pruebas que se tienen no son suficientes para demostrar lo que se quiere, es decir, que son necesarias otras pruebas que acompañen para que se pueda dictar una condena.

Por ejemplo, supongamos que el Fiscal alega que el acusado ha estado recolectado datos de identificación personal de varios de sus compañeros de trabajo accediendo al computador portátil de su jefe. Para demostrarlo presenta un video de seguridad de la empresa en el que se ve al acusado accediendo al computador. Dicho video prueba efectivamente que el acusado accedió al computador portátil del jefe, pero no evidencia que haya sido para obtener datos de identificación personal de los trabajadores de la empresa, realmente pudo haber sido por la necesidad de buscar un archivo para cumplir con sus tareas en la empresa. Esa evidencia es insuficiente para demostrar que el acusado obtuvo datos o información personal. 

Si su abogado defensor tiene éxito en su alegato de evidencia insuficiente, puede que le reduzcan su cargo o el Juez decida desestimarlo en su totalidad.                                    

¿A qué sanciones me enfrento de ser declarado culpable por este delito?

Incurrir en este hecho punible constituye lo que legalmente denominamos un “wobbler” lo que significa que el ilícito se puede imputar como mayor o menor, tal calificación la impone el Fiscal al momento de formalizar su acusación, pero para determinarla tendrá que observar:

  1. Las circunstancias que rodean el caso, tales como, si se materializó el delito, la forma en la que se llevó a cabo el delito y cualquier otra situación determinante.
  2. Si el acusado posee o no antecedentes penales.  

Vale la pena mencionar que, a pesar de que dicha clasificación la determine la parte acusadora, el Juez tiene autoridad según las leyes de California para reducir los cargos de delito mayor a menor cuando, por ejemplo, considere que no se apreciaron la totalidad de los hechos que rodean el caso en concreto o que la apreciación del Fiscal es equivocada, sin embargo, esto no es muy común que suceda.

Dicho esto vamos entonces a señalar cuáles son las sanciones previstas para ambos escenarios. Si el cargo se imputa como delito menor las sanciones serán las siguientes:

  • Encarcelamiento por un tiempo no mayor a 1 año en una cárcel del condado,
  • Libertad condicional sumaria, y/o
  • Hasta $1.000 en multas.

Pero si el cargo se imputa como delito mayor las sanciones se incrementa de la siguiente forma:

  • Encarcelamiento por un tiempo no mayor a 3 años en una prisión estatal,
  • Libertad condicional formal, y/o
  • Hasta $10.000 en multas.

Cabe señalar que la diferencia entre el régimen condicional formal y el sumario radica en que el primero prevé que el condenado se presente cada cierto tiempo con un oficial de libertad vigilada quien supervisará que esté cumpliendo con todas las condiciones que le fueron impuestas y no haya cometido otros delitos; mientras que en la sumaria no se prevé que el condenado tenga que presentarse cada cierto tiempo, sino que únicamente debe cumplir con las condiciones que se le impusieron. En ambos casos es importante que cumpla con las condiciones previstas en su régimen porque de no ser así, lo encarcelarán para que cumpla su condena en prisión. Recuerde que la libertad condicional es un beneficio procesal que le pueden revocar en cualquier momento.

En adición a las sanciones antes señaladas, tenga en cuenta que un delito de este tipo puede considerarse como de “depravación moral” por implicar una conducta deshonesta. De ser así, esto dará lugar a que lo deporten o lo declaren persona inadmisible, lo que significa que lo sacarán del país y no podrá ingresar nuevamente. Esto por supuesto en caso de que usted sea inmigrante. Es importante saber que en esos casos no es relevante si su estatus migratorio actual es legal, si sus hijos menores son ciudadanos estadounidenses, cuánto tiempo lleva en el país o si tiene propiedades, ya que independientemente de que estén presente todas esas situaciones de igual manera será deportado.

Ahora, todas estas sanciones son aplicables en caso de que el crimen sea investigado por autoridades estatales, porque de constituir un delito federal las sanciones serán mucho más severas. 

¿En qué casos este delito puede ser investigado por autoridades federales y cuáles son las sanciones de este delito a nivel federal?

Según la ley federal se considera un crimen transferir, poseer o usar a sabiendas documentos de identificación de otra persona para cometer, ayudar o incitar cualquier actividad ilícita que constituya una violación a la ley federal o un delito grave bajo las leyes estatales o locales. Por lo que, técnicamente si usted incurre en el hecho punible al que nos estamos refiriendo bajo las leyes de California también podrían acusarlo de cometer un delito federal.

En cuanto a las sanciones aplicables a nivel federal a este delito debe saber que las mismas son mucho más severas que las prevista en la ley de California, contemplando las siguientes:

  • Encarcelamiento por un periodo no mayor a 15 años,
  • Multa por mínimo $250.000 y máximo $500.000, y/o
  • La confiscación de cualquier propiedad personal utilizada o con miras a ser utilizada para cometer el hecho punible.

Pero esas sanciones pueden incrementarse si la comisión del delito contribuyó al tráfico de drogas, se involucró en un delito violento o tiene condenas anteriores por este mismo delito. En esos casos la pena de prisión aumenta a 20 años.

Y si la comisión del delito facilitó actos de terrorismo nacional o internacional la pena de prisión máxima se agravará a 30 años.

¿Es posible eliminar mis antecedentes penales por este delito?

Sí es posible. Este es un beneficio que prevé la ley de California para ciertos crímenes entre los cuales se encuentra este delito. Para optar a este solo requiere:

  • Haber completado con éxito su régimen de libertad condicional o su tiempo en la cárcel, y
  • Que el tiempo en prisión no se hubiere completado en una prisión estatal.

Si cumple con esos requisitos entonces podrá solicitar la eliminación de su historial criminal ante un Juez. Una vez se formalice la solicitud se deberá notificar a la Fiscalía para que acuda a la audiencia de eliminación y, si lo considera, se oponga a la misma. La decisión de si se eliminará o no su condena la tomará el Juez observando los fundamentos de su solicitud y de la oposición del Fiscal si la hubiera.

Una eliminación de sus antecedentes por este delito le favorece porque gracias a ello puede evitar cualquier tipo de dificultades que se deriven de la condena, por ejemplo, no conseguir trabajo, no poder adquirir fácilmente un seguro de auto o no poder adquirir propiedades debido a que esta actividad ilícita está ligada con el fraude y nadie quiere tener en su empresa, asegurar autos, vender o alquilar viviendas a criminales de este tipo por temor, sugestiones y la mayoría de las veces ignorancia.

Si busca eliminar condenas de su historial criminal puede ponerse en contacto con nuestro equipo legal llamando al número que aparece en nuestra página web para que un abogado penalista de Long Beach Criminal Lawyer evalúe su historial y empiece los trámites para que sean eliminados.  

¿Hay otros delitos que se encuentren relacionados con el de Robo de Identidad?

Sí los hay, y dependiendo del caso en concreto pueden incluso acusarlo de el hecho punible objeto de este artículo más otros delitos relacionados, de hecho, esto es muy común que suceda por cuanto todos tienen supuestos muy similares. Algunos de los delitos a los que nos referimos son: 

  • Fraude de Tarjeta de Crédito – Secciones del 484(e) al 484(f) PC
  • Personificación Falsa – Sección 529 PC
  • Falsificación – Sección 470 PC

Contratar los servicios de un abogado que conozca la ley de Robo de Identidad cerca de mí

Un cargo por este hecho punible es un escenario legal bastante delicado, primero porque como lo pudo ver, las sanciones por este delito son muy severas, y segundo debido a que por la naturaleza del delito y que todos somos vulnerables a ser víctimas del mismo, las autoridades son más estrictas en la investigación de estos casos. Por eso es importante acudir a un abogado cuanto antes.

Si enfrenta cargos de este tipo en Long Beach, CA llame al 562-304-5121 para que un abogado de Long Beach Criminal Lawyer tome su caso y trabaje en la defensa legal más óptima. ¡Llame ahora!

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