562-304-5121
Talk to a Lawyer

Negligencia Infantil

La Negligencia Infantil, es un delito perteneciente a la categoría de ilícitos de violencia doméstica, el cual se encuentra estrictamente regulado por el ordenamiento Jurídico de California, a tales efectos la ley reconoce como sujetos de derecho a los niños, lo que quiere decir que los mismos son titulares tanto de derechos como de obligaciones y por ende gozan de protección especial por parte del Estado, el cual debe vigilar y garantizar que las necesidades de estos sean cubiertas por sus padres o representantes, para cuyo fin cuenta con la creación de varios órganos y normativas, fundados con el objeto de velar por la seguridad y estabilidad integral de los menores.

En relación con lo anterior una persona incurre en un delito de esta clase, cuando no cumple su responsabilidad legal de satisfacer las necesidades de un niño que sea su hijo o este a su cargo, a menos que tenga una excusa legal que lo exima de dicha responsabilidad. El objetivo principal de la ley en este sentido, es garantizar el adecuado desarrollo físico y emocional de los menores, dado que no se restringe a castigar sólo los abusos y malos tratos llevados a cabo en contra de un niño, sino que también sanciona la conducta de los padres y/o representantes legales de un menor, en caso de no cubrir oportunamente sus necesidades básicas de alimentación, vestimenta, educación, recreación, entre otras,

Al ser un delito consagrado por la ley, una persona que sea condenada por la ejecución de mismo puede ser penada con la imposición de varias sanciones, tales como, la privación de libertad, el pago de multas y en el peor de los casos puede ordenarse que el menor sea separado de su familia de origen y colocado en una familia sustituta. Pero como si fuera poco, a parte de las consecuencias legalmente establecidas para castigar este clase de conducta, una persona que reciba una sentencia condenatoria de este tipo verá limitada sus oportunidades futuras de acceder a un empleo, una institución educativa, obtener un préstamo o arrendar una vivienda entre otras, puesto que poseerá antecedentes penales, los cuales son minuciosamente estudiados por los individuos encargados de aprobar las solicitudes presentadas para optar a las oportunidades mencionadas, y por lo general ocasionan que una persona sea excluida.

Por tal motivo, si se presentaron cargos en su contra por Negligencia Infantil, en Long Beach, CA, lo más sensato es buscar asistencia legal inmediatamente en Long Beach Criminal Lawyer, donde están los abogados con mayor preparación y conocimiento en la materia, quienes podrán construir la estrategia de defensa más sólida para desvirtuar las acusaciones hechas en su contra o lograr que se apliquen castigos menos rigurosos.

¿A qué se refiere la Negligencia Infantil?

Este delito tiene su fundamento legal en la sección 270 del Código Penal de California, el cual señala como crimen, que el padre o representante legal de un individuo menor de edad, no cubra sus necesidades básicas de forma intencionada y sin una excusa legal al no proporcionarle comida, refugio, ropa, asistencia médica, cuidados, entre otros. Dicho de otra forma la ley castiga que una persona que sea responsable legalmente de un niño, omita su obligación de satisfacer las necesidades de este, lo cual se fundamenta en el supuesto de que un niño no es capaz de cubrir sus necesidades vitales por sí mismo.

¿Cuántos tipos de Negligencia Infantil existen?

La negligencia infantil puede ser considerada:

  • General o

  • Severa

General: Un individuo incurre en este tipo de negligencia, cuando siendo el responsable legal de un niño, no satisface sus necesidades básicas tales como, garantizar alimentos, vestimenta, atención médica, supervisión, entre otras, pero sin embargo dicha omisión no ocasiona que el menor sufra alguna lesión corporal.

Severa: Se presume que una persona incurre en esta, incumple su responsabilidad legal de cubrir las necesidades vitales de un niño, lo cual, pone en peligro evidente su vida o su salud como lo es por ejemplo, no brindar alimentación al menor para evitar su desnutrición.

¿Cuáles son los elementos que conforman este delito?

Para declarar culpable a una persona por la ejecución de un delito de este tipo la Fiscalía está obligada a demostrar la existencia de los siguientes elementos:

  • Que el presunto culpable es padre o representante legal de un niño.

  • Que el acusado omitió su deber de cubrir una necesidad de ese menor.

  • Que dicha omisión fue intencional o no tiene una excusa legal.

Que el presunto culpable es padre o representante legal de un niño

En relación a este elemento debe aclararse lo siguiente:

  • El término “menor”, se refiere a toda persona cuya edad sea menor a dieciocho años.

  • La ley en este sentido ampara también a los niños que están próximos a nacer, lo que implica que el padre de algún niño que esté por nacer, tiene la obligación de cubrir las necesidades del mismo.

  • Por otro lado El término “padre” abarca: Padre legal de un niño, padre adoptivo, padre de crianza temporal, otro que se presente como padre y el marido de toda mujer que dé a luz a un bebe, mientras él mismo viva con ella, sin embargo no incluye a un individuo que no posea derechos parentales con respecto al menor basado en una decisión judicial.

Que el acusado omitió su deber de cubrir una necesidad de ese menor

Este elemento se refiere a que el Fiscal debe demostrar más allá de toda duda razonable, que el padre o representante legal de un niño efectivamente incumplió su obligación legal de satisfacer las necesidades básicas del mismo.

Debe tenerse en cuenta, que la ley considera que a pesar que este delito sea diferente al abuso emocional, sexual, o físico de un menor, el mismo puede perjudicar negativamente el bienestar y la salud mental del mismo, lo cual fundamenta que el mismo está estrictamente regulado.

Que dicha omisión fue intencional o no tiene una excusa legal.

En relación a esto, debe mencionarse que la palabra intencional se refiere a llevar a cabo un acto de forma voluntaria o adrede, sin embargo hacerlo de forma deliberada implica que el hecho ya no puede catalogarse como negligencia.

Por otro lado una excusa legal, se refiere, a que si bien un padre debe hacer todo lo que sea sensato para resguardar las necesidades de un menor de edad, el mismo está eximido de dicha responsabilidad cuando:

  • La omisión efectuada no fue su culpa.

  • No gana suficiente dinero, o

  • No posee otro ingreso o activo para cubrir las necesidades del menor.

Sin embargo no se presume una excusa legal que un padre no pueda cubrir la necesidad de un menor, porque decidió de forma irracional invertir el dinero en alguna otra cosa o no ha buscado un empleo diligentemente.

A parte debe tomarse en consideración que el ordenamiento jurídico presume que no existe excusa legal, por lo tanto el acusado tiene la carga de la prueba de demostrar lo contrario.

¿Cuáles conductas pueden hacer presumir que se está en presencia de Negligencia Infantil?

Entre las acciones que puede realizar un menor y dejar en evidencia que está siendo víctima de Negligencia Infantil están las siguientes:

  • Que demuestre emociones fuertes tales como frustración, mala conducta o ira.

  • Que presente una condición médica o lesión corporal que no haya sido tratada.

  • Que use vestimenta inapropiada para contrarrestar el clima.

  • Que tenga un peso corporal que esté por debajo del requerido para un individuo que tenga su edad,

  • Que robe o pida dinero o comida.

  • Que haya sido observado consumiendo alcohol y/o drogas.

  • Que indique que no hay nadie en su vivienda que lo atienda.

  • Que esté sucio o se desprenda mal olor de su cuerpo.

  • Que no asista a clases.

De igual forma, existen conductas que puede llevar a cabo el padre o representante legal de un menor, las cuales hacen pensar que el mismo incurre en Negligencia Infantil, entre las cuales pueden mencionarse las siguientes:

  • Que abuse del consumo de drogas y/o alcohol.

  • Que se comporte irracionalmente.

  • Que esté deprimido.

  • Que exhiba indiferencia hacia el menor.

¿Cómo castiga la ley la ejecución de esta clase de delitos?

Las penas aplicables para castigar a un individuo por cometer este delito van a depender de si se determina la ejecución de un delito menor o un delito grave.

Normalmente en estos casos se presentan cargos en contra del acusado por la ejecución de un delito menor, en cuyo supuesto las sanciones aplicables son las siguientes:

  • Privación de libertad en una prisión perteneciente al condado por el periodo de hasta un año.

  • Pago de una suma de dinero de hasta 2.000 dólares por concepto de multa.

No obstante hay casos en donde se configura la ejecución de un delito grave, lo cual ocurre si algunos de los padres omiten sus obligaciones legales luego que un Juez dictamine que es el padre del menor,

Es decir, una persona incurre en este delito, cuando el juez determinó en una demanda por paternidad que un individuo efectivamente es padre de un menor, sin embargo este hace caso omiso de sus obligaciones y se sigue rehusando a cubrir las necesidades del infante.

Entre los castigos que pueden imponerse para castigar este tipo de conductas están las siguientes:

  • Privación de libertad por el periodo de hasta 1 año en alguna cárcel perteneciente al condado.

  • Privación de libertad por 1 año más 1 día en alguna cárcel del estado y/o

  • Pago de una suma de dinero de hasta 2.000 dólares por concepto de multa.

¿Puede en estos casos el CPS separar al niño de su familia de origen para que sea colocado en una familia sustituta?

Si, primero debe aclararse que los servicios de protección infantil, también conocido como CPS, es un sistema que interviene en casos de abuso y negligencia infantil en el Estado de California, el cual se orienta a brindar servicios a niños que han sufrido de abuso o han sido abandonados y a sus familias, en los siguientes casos:

  • Cuando un menor sufre lesiones corporales, las cuales nos sean resultado de un accidente.

  • Cuando el menor es sometido a violencia física y castigos injustificados.

  • Cuando el menor sufre de abuso o explotación sexual.

  • Cuando el menor sufre descuido por parte de su padre, ya que no le proporciona vestimenta, alimentos, asistencia médica, refugio y supervisión adecuada.

El mencionado organismo ofrece sus servicios por un tiempo aproximado de doce meses en caso de que el niño pueda permanecer de forma segura en su hogar.

Pero en el supuesto de establecerse que el menor no debe permanecer en su hogar, a pesar de la preservación de la familia y servicios ofrecidos de apoyo, se procederá a organizar la colocación del niño en el entorno familiar más cercano a la residencia de los padres.

En razón de lo anterior se ofrecen dieciocho meses de servicios a los menores y sus familiares, en el caso de que haya sido retirado de su hogar y la familia esté avanzando para reunificarse, pero si se determina que el menor no debe ser devuelto a su núcleo familiar de origen luego de haberse dado los servicios correspondientes, se debe ubicar al mismo en una familia sustituta lo antes posible.

¿Ser condenado por la ejecución de un delito de este tipo afecta los derechos migratorios de un individuo?

Ser declarado culpable por la ejecución de ciertos delitos que involucran depravación moral, puede acarrear la deportación o declaración de inadmisibilidad del condenado en caso de que el mismo sea un inmigrante, sin embargo una condena por Negligencia Infantil no afecta el estatus migratorio de un individuo, dado que el mismo no forma parte de la categoría de ilícitos mencionada.

¿Ser declarado culpable por la ejecución de este tipo de delitos afecta los derechos de armas del condenado?

Sí, pero solo en el supuesto de que se califique la ejecución de un delito de negligencia infantil grave, lo cual implica que el condenado tiene prohibido poseer o adquirir armas.

Sin embargo, en el supuesto de que se califique la ejecución de un delito menor no se verán perjudicados los derechos de armas de un individuo.

¿Puede un individuo conseguir la anulación de los antecedentes penales originados por Negligencia Infantil?

La respuesta a esta pregunta es si, siempre que el condenado haya cumplido satisfactoriamente las condenas impuestas por la Corte, lo cual implica:

  • Que el acusado haya cumplido completamente la pena de privación de libertad impuesta, o

  • Que el acusado haya cumplido satisfactoriamente los requerimientos que se hayan impuesto con respecto a la libertad condicional.

Si el condenado cumple los requisitos previamente mencionados, debe presentar una solicitud ante la Corte, para que se realice una notificación al Fiscal, quien puede indicar objeciones con respecto a la solicitud de anulación de antecedentes penales, posteriormente el Juez examinará los alegatos de ambas partes y dictará una decisión con respecto a la procedencia de la solicitud realizada, es decir el mismo decidirá si se aprueba la anulación de antecedentes penales o no.

Esta es una posibilidad que beneficia de gran manera a los condenados por este tipo de delitos, puesto que eliminar sus antecedentes penales relacionados con condenas de esta naturaleza puede evitar que los mismos sea excluidos por parte de la sociedad, como lo es el caso de los prestamistas, instituciones bancarias, empleadores y arrendatarios entre otros quienes hacen un seguimiento minucioso de los expedientes penales de un individuo antes de otorgarles un préstamo, crédito, oportunidad laboral o arrendamiento de algún bien.

¿Cuáles delitos guardan relación con la Negligencia Infantil?

Existen varios delitos que guardan relación con este, cuya similitud se basa en los elementos constitutivos de los mismos, dentro de los cuales pueden mencionarse los siguientes:

  • Peligro Infantil

  • Abuso Infantil

  • No supervisar la asistencia escolar del menor

Peligro Infantil

Tiene su fundamento legal en el artículo 273(a) del Código Penal de California, el cual señala que incurre en este delito, quien intencionalmente expone a algún menor a dolor, peligro o sufrimiento, su diferencia principal con el abuso infantil es que en dicha conducta se busca castigar la probabilidad de causar daño a un niño, mientras que en el peligro infantil se condena el hecho de haber ocasionado efectivamente daño a un menor.

Abuso Infantil

Se encuentra regulado en la sección 273(d) del Código Penal, el cual señala como acto criminal que una persona imponga castigos crueles o daño físicos a un menor, a tales efectos se debe tomar en cuenta que el castigo físico es legal siempre que se lleve a cabo de buena fe y de manera razonable.

Por otro lado debe señalarse que difiere de la negligencia infantil, porque la misma no requiere que exista alguna lesión física en un menor o desfiguración.

No supervisar la asistencia escolar del menor

Se encuentra estipulado en el artículo 270.1(a) del Código Penal, el cual regula el absentismo escolar, y menciona que una padre comete este delito cuando no brinda una adecuada vigilancia con respecto a la asistencia de un niño a la institución educativa.

En este sentido se entiende como niño, a un individuo que asista a una institución educativa cuya edad sea superior a los seis años, desde el jardín de infantes hasta octavo grado.

¿Cuáles son los alegatos utilizados para defenderse en estos casos?

La ley es muy estricta con respecto a la ejecución de este tipo de delitos, sin embargo que se hallan presentados cargos en contra de alguien por la comisión del mismo no significa que una persona vaya a ser declarada culpable, puesto que la ley consagra el derecho de un individuo de defenderse de las acusaciones hechas en su contra, para lo cual se aconseja contar con los servicios de un abogado con conocimientos en leyes criminales que estudie el caso y se encargue de formular la estrategia de defensa más idónea a fin de obtener un dictamen favorable por parte del Juez.

A continuación se señalan algunos de los alegatos de defensa que suelen utilizarse con frecuencia para enfrentar cargos por Negligencia Infantil:

  • Falta de intención

  • Existe una excusa legal

  • Acusaciones falsas

Falta de intención

Como se mencionó anteriormente uno de los elementos constituidos de este tipo de delito, es que el acusado debe omitir intencionalmente su obligación legal de cubrir las necesidades vitales de un menor, por lo tanto, si dicho acto no fue realizado de forma deliberada, sino que fue producto de otra circunstancia no puede declararse culpable a un individuo por la ejecución del mencionado delito.

Existe una excusa legal

De igual forma no incurre en este acto criminal el acusado cuando si bien es cierto que no cubrió las necesidades un menor, dicha omisión se basó en un justificativo legal. Un ejemplo es el caso en el cual los padres del niño sufrieron un fuerte accidente de tránsito que los incapacite para atender adecuadamente al menor durante un periodo de tiempo. En este supuesto el Abogado encargado de la defensa, puede basándose en los medios probatorios, alegar lo sucedido y obtener que se retiren los cargos presentados.

Acusaciones falsas

Lamentablemente esta es una situación que concurre con mucha frecuencia en la actualidad, en la cual la presunta víctima movida por el rencor o la ira acude ante la autoridad para presentar una falsa acusación en contra del acusado.

Esto se observa con frecuencia en los litigios de divorcio, en donde una de las partes acusa a la otra de no cubrir las necesidades básicas del menor con la intención de privarla de la custodia de los hijos u obtener un beneficio económico.

En estos casos el abogado defensor debe reunir las pruebas que dejen en evidencia las verdaderas intenciones de la presunta víctima para obtener la absolución de los cargos.

Donde puedo ubicar un Abogado de Negligencia Infantil cerca de mí

Descuidar a un menor sobre el cual se tiene responsabilidad legal, al no satisfacer sus necesidades básicas, es una circunstancia grave que puede ocasionar que una persona sea castigada con la imposición de varios sanciones tales como privación de libertad y el pago de altas sumas de dinero por concepto de multa e inclusive acarrear que un niño sea separado de su familia de origen para ser colocado en una familia sustituta.

Por lo tanto si usted fue acusado por Negligencia Infantil en Long Beach, CA, no espere a que su situación jurídica se torne más difícil y busque asistencia legal inmediata en Long Beach Criminal Lawyer, el cual es un bufete de Abogados conformado por abogados con una trayectoria impecable y amplios conocimientos en materia de litigios, llame ya al número 562-304-5121 y reserve una cita para comenzar a ser representado por un experto.

Call Us Today

Schedule a free consultation to speak an experienced criminal attorney regarding your case

562-304-5121