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Portar un Arma de Fuego Cargada

En el Estado de california se considera una conducta delictiva que un individuo posea un armamento de fuego cargado en su persona o un vehículo, siempre que se encuentre en alguna calle o sitio público.

Este hecho punible está contemplado en la sección 25850 del Código Penal, donde se menciona que este puede ser castigado como un delito menor o puede ser considerado un wobbler, es decir que el fiscal puede presentar cargos por la ejecución de un delito grave o menor de acuerdo a las circunstancias de hecho que dieron origen al caso y las consecuencias que género, además señala varias sanciones que pueden emplearse para castigar a quien viole la ley en este sentido, entre ellas penas privativas de libertad y pago de multas.

En relación a esto, surge la siguiente interrogante ¿en caso de que un individuo sea detenido durante un procedimiento policial llevado a cabo en la carretera, un agente de la policía puede registrar su vehículo e inspeccionar el arma que lleva en el mismo?, y la respuesta es afirmativa, puesto que la ley permite que los oficiales de la policía estudien el armamento que un individuo tiene en su vehículo siempre que esté en una calle pública, aunado a esto si alguien se rehúsa a que se realice dicha inspección, tal conducta puede ser considerado causa probable suficiente para que el involucrado sea detenido por poseer un arma cargada.

Si se formuló una acusación en su contra en Long Beach, CA por Portar un Arma de Fuego Cargada, un abogado del bufete Long Beach Criminal Lawyer, es la persona idónea para encargarse de estudiar su caso y formular la estrategia de defensa más sólida, con el objeto de lograr que se retiren los cargos presentados o de disminuir los efectos jurídicos negativos que puede sufrir en razón de una sentencia condenatoria

¿A qué se refiere este delito?

Es un acto delictivo perteneciente a la categoría de ilícitos de Armas, el cual está contemplado por el apartado 25850 del Código Penal de California, el cual establece que incurre en el mismo todo aquel individuo que porte un arma cargada en su propia persona o en algún vehículo cuando este en un sitio público o calle pública de una ciudad que esté incorporada o en todo sitio o calle pública de un área prohibida del territorio el cual no esté incorporado.

Ejemplos de tal situación son:

  • Un sujeto que está conduciendo en una vía pública con una pistola cargada en un compartimiento de su vehículo.

  • Un hombre que va caminando por una avenida con una pistola guardada en su bolsillo.

¿Cuáles son los elementos de este delito?

Existe una serie de elementos que deben ser probados por la fiscalía con el objeto de que un individuo pueda ser declarado culpable por llevar a cabo un delito de esta categoría, los cuales se mencionan a continuación:

  • Que el acusado tenía un arma de fuego cargada en su propia persona o en un vehículo.

  • Que el acusado tenía conocimiento sobre el hecho de que portaba un arma.

  • Que el acusado para ese momento se encontraba en un sitio o calle pública, en alguna ciudad que estaba incorporada o en un área donde no es legal disparar un armamento de fuego.

Que el acusado tenía un arma de fuego cargada en su propia persona o en un vehículo.

Este elemento hace mención de varios términos que deben ser aclarados, entre ellos:

Armas de fuego

Según el apartado 16520 del Código Penal, es todo dispositivo diseñado con el objeto de utilizarse como un armamento que a través de algún barril lanza un proyectil propulsado por la una fuerza que es originada por una explosión u otro mecanismo de combustión, también incluye los objetos emisores de proyectiles estimulados por cohetes, así como todo dispositivo similar compuesto por explosivos.

Los más frecuentes son:

  • Revolver

  • Rifles

  • Pistola

  • Escopetas

No obstante hay que tomar en cuenta que las armas cuya función no se desprende del uso de combustión, sino de aire, como lo es una pistola que funciona con perdigones o con aire comprimido, no se consideran armas de fuego.

Cargado

Un armamento de fuego puede considerarse cargado cuando tiene un proyectil en alguna posición que permite llevar a cabo un disparo, por ende si el proyectil está guardado en un sitio distinto, lo cual no le permite ser disparado no se puede señalar el arma como cargada.

Se considera que un arma está cargada cuando:

  • Tiene algún proyectil que no se ha gastado.

  • Tiene dentro una bala.

  • Tiene alguna munición bien sea en el cilindro o en el cañón.

Se debe acotar que en estos casos no se exige que el arma esté en óptimas condiciones de funcionamiento, puesto que es motivo suficiente para declarar culpable de este delito a un individuo, el hecho de que posea un arma creada para disparar la cual aparente que funciona.

En su persona

Esto significa que el presunto culpable debe tener guardada el arma bien sea en su propia persona o en el interior de un objeto que tenga en las manos, por ejemplo que tenga dicha arma en algún bolsillo de una de sus prendas de vestir, o que la tenga en un maletín o bolso que lleva en una mano.

Que el acusado tenía conocimiento sobre el hecho de que portaba un arma

Esto quiere decir, que la ley exige que para que un individuo pueda ser declarado culpable por cometer este ilícito, la fiscalía debe demostrar más allá de toda duda razonable que éste conocía la presencia del arma, no obstante lo que no debe probar es que el involucrado sabía que el arma se encontraba cargada.

Que el acusado para ese momento se encontraba en un sitio o calle pública, en alguna ciudad que estaba incorporada o en un área donde no es legal disparar un armamento de fuego

De acuerdo a este elemento, debe señalarse que un sitio público es aquel abierto para el uso general y común de las personas, el cual es de fácil acceso para quien desee acudir al mismo, por ejemplo los parques, plazas, y vías públicas.

¿Qué sanciones contempla la ley para castigar a quien incurra en este delito?

En la mayoría de los casos se presentan cargos por la ejecución de un delito menor, el cual acarrea las siguientes penas:

  • Régimen de libertad condicional por delitos menores.

  • Encarcelamiento en una prisión del condado de máximo un año.

  • Pago de una multa de hasta 1000.

No obstante el delito será calificado como un wobbler en el supuesto de que el acusado no sea el titular legal del armamento o haya sido condenado anteriormente por cometer algún delito menor o un delito que guarde relación con drogas, lo que quiere decir que el mismo puede ser procesado como delito menor o felonía de acuerdo al criterio del fiscal, previo estudio del caso. Si el delito es calificado como menor el Juez puede ordenar que se apliquen las sanciones mencionadas anteriormente, pero si se determina la comisión de una felonía las sanciones que pueden imponerse son:

  • Encarcelamiento en una prisión del condado de máximo tres (3) años.

  • Pago de una multa de hasta 1000.

Ahora bien, se presentan casos en donde el delito es calificado de inmediato como una felonía, dado que se configuran alguna de las siguientes agravantes:

  • El acusado había recibido anteriormente en su contra una condena por ejecutar una felonía o un ilícito relacionado con armas de fuego.

  • El arma involucrada en el hecho delictivo era robada.

  • El acusado formaba parte de una pandilla criminal callejera.

  • El acusado no tenía la posesión legal del arma.

  • El acusado tenía restringidos sus derechos a portar y a adquirir armas.

En tal situación las penas que pueden dictarse en la Corte son:

  • Encarcelamiento en una prisión del condado de máximo 3 años.

  • Pago de una multa de hasta 10.000.

Por otro lado debe mencionarse que si el acusado es procesado bajo la regulación 25850 PC y posee condenas previas por:

  • Llevar a cabo un asalto empleando algún arma mortal.

  • Disparar contra de algún vehículo o una vivienda habitada.

  • Exhibir públicamente un arma.

  • Cometer otro delito que guarde relación con armas.

El mismo tendrá que cumplir de forma obligatoria una condena de privación de libertad, en una cárcel del condado por el tiempo mínimo de 3 meses.

¿Una sentencia condenatoria de esta índole perjudica los derechos migratorios de una persona?

Si, dado que los delitos relacionados con armas de fuego forman parte de la categoría de delitos señalados como deportables por la ley, por ende recibir una sentencia condenatoria de esta naturaleza puede ocasionar que un sujeto inmigrante sea deportado de los Estados Unidos o sea calificado de inadmisible.

En tales casos no es legítimo exponer que el procesado tiene hijos menores que nacieron dentro del País o que tiene propiedades en el territorio del mismo, con el objeto de desvirtuar dicha sanción, además la misma se puede imponer independientemente de que el estatus migratorio del condenado sea legal.

¿Una sentencia condenatoria de esta índole perjudica los derechos de armas de una persona?

Sí, pero únicamente en el supuesto de que un individuo sea condenado por cometer una felonía, dado que cometer algún delito menor no es una causal suficiente para que sean suspendidos los derechos de armas de un individuo de acuerdo a la ley.

En relación a esto si una persona es condenada por cometer una felonía de este tipo, serán suspendidos sus derechos de adquirir y portar armas de por vida, pero si logra que el delito sea disminuido a menor, es probable que dichos derechos sean restaurados. A tales efectos puede realizar las siguientes acciones:

  • Solicitar ante el tribunal que se reduzca la calificación dada al delito.

  • Presentar una petición escrita con el objeto de que sean retirados los cargos.

Si el trámite es determinado procedente se restituirán los derechos de armas, pero si en caso contrario se declara inadmisible dicha petición aún queda la posibilidad de solicitar un indulto o perdón por el delito cometido al Gobernador de California, para lo cual un individuo debe cumplir los siguientes requerimientos:

  • Si se trata de un residente del Estado, debe poseer un aval que certifique su rehabilitación, lo cual se forma automática es considerado una solicitud de indulto.

  • Si se trata de un no residente de California, este debe solicitar el indulto de forma directa al gobernador.

Sin embargo debe tenerse en claro que un perdón concedido por el Gobernador no puede restaurar los derechos de armas de una persona que ha sido penada por consumar una felonía usando armas peligrosas que pueden causar lesiones corporales graves o el fallecimiento de otro.

¿Genera alguna otra consecuencia ser condenado por este delito?

Si, puesto que dicha situación ocasiona que un individuo posea antecedentes penales que serán verificados cuando el mismo presente una solicitud para optar a un empleo, crédito bancario, alquiler de una vivienda, beca universitaria, entre otras, lo que normalmente ocasiona que el mismo sea descartado, dado que esta situación genera exclusión y repudio por parte de la sociedad y por ende esto incidirá negativamente sus proyectos futuros, a nivel personal, laboral y profesional.

Además es posible que se presenten sanciones civiles accesorias a la sentencia penal, y que dicha circunstancia incide de forma negativa en cuanto a ciertas licencias profesionales.

¿Existen excepciones que impiden que un sujeto sea procesado por este delito?

La ley exceptúa algunos individuos de ser procesados por este tipo de delito, es decir que los mismos no deben afrontar un juicio por portar armas de fuego cargadas, dentro de las cuales se mencionan de manera meramente enunciativa pero no limitativa las siguientes:

  •  Oficiales del orden público, bien sea que estén activos o jubilados de forma honorable.

  • Los oficiales federales, por ejemplo aquellos pertenecientes a la DEA o el FBI.

  • Los integrantes del ejército de Estados Unidos.

  • Los guardias u oficiales de seguridad durante el desempeño de sus funciones.

  • Los oficiales de automóviles blindados, permitidos por la ley durante el desempeño de sus funciones.

  • Los individuos que posean permisos para portar armas de fuego ocultas.

¿Qué es un permiso para portar un arma de fuego oculta?

También conocido como CCW es un permiso otorgado para poder llevar algún arma fuera de la vivienda, según la sección 26150 PC, dicho permiso sólo puede concederse si quien lo solicita posee buen reconocimiento moral, una razón que fundamente dicha solicitud, es residente del condado o pasa mucho tiempo en el mismo dado que su sitio de trabajo está ubicado hay, y ha terminado con éxito una clase en relación a armamentos de fuego.

Sin embargo es importante tener en cuenta que un CCW otorgado en California solo se aplica con respecto a la posesión de pistolas, revólveres u otros armamentos que puedan guardarse en alguna persona, pero poseer un permiso de esta naturaleza no es una excusa legal para portar armas prohibidas o de asalto, ni para mostrar armas de manera amenazante.

Además, los individuos que tengan una conducta adictiva en cuanto al uso de sustancias psicotrópicas o narcóticos, que tengan problemas mentales o que estén enfrentando un juicio basado en violencia doméstica, no pueden ser candidatos para optar a una licencia de esta naturaleza.

¿Hay delitos que guardan relación con este?

Hay una serie de delitos que guardan similitud con portar un arma de fuego cargada , entre los cuales pueden señalarse:

  • Portar una arma de fuego oculta

  • Portar de forma abierta un arma de fuego descargada en público.

  • Vender armas de fuego sin licencia.

Portar un arma de fuego oculta

Es un delito estipulado en el apartado 25400 del Código Penal de California, el cual señala que incurre en el mismo quien lleve oculta un arma en su propia persona o en algún vehículo, independientemente de que esté cargada o descargada.

A pesar de que en ambos delito se castiga el hecho de que una persona lleve un arma de fuego en su propia persona o en algún vehículo, la diferencia principal varia en que para violar la regulación 25400 el arma que está bajo el poder del acusado puede estar o no cargada, mientras que en la regulación 25850 referente a portar armas de fuego cargadas se exige que el acusado este bajo posesión de un arma de fuego cargada en un sitio público.

Portar de forma abierta un arma de fuego descargada en público

Este ilícito tiene su fundamento legal en el apartado 26350 PC, la cual es la ley que señala como delito que una persona tenga un arma descargada de forma abierta en un sitio o área pública.

Vender armas de fuego sin licencia

Es una conducta criminal tipificada en la sección 26500 PC, la cual señala que incurre en la misma quien venda, arriende o transfiera armas de fuego sin contar con un permiso válido para tal fin.

En concordancia con este punto debe tenerse en cuenta que puede presentarse una acusación por este delito por cada arma relacionada con una venta, alquiler o transferencia ilegal.

¿Cómo puede defenderse un individuo de acusaciones de esta naturaleza?

Lo más importante es solicitar asesoría legal de un abogado, una vez conocida la situación de que se formuló una acusación en su contra por perpetrar un delito de este tipo, ya que el mismo basado en su experiencia y conocimientos penales se orientará a estudiar el caso y estructurar la defensa más sólida con el objeto defender sus derechos y lograr que se impongan sanciones menos perjudiciales a nivel jurídico o inclusive que se retiren los cargos.

Recuerde que el supuesto de que se haya formulado una acusación en su contra, no significa que va a ser declarado culpable, y por lo tanto contar con asesoría jurídica desde el inicio del proceso y en cada fase del mismo aumentará considerablemente sus posibilidades de resultar victorioso en el juicio, en cambio tratar de efectuar su defensa por sí solo probablemente le acarrear mayores consecuencias jurídicas y empeorará su situación.

A continuación se indican algunas de las estrategias de defensa más utilizadas para desvirtuar acusaciones de esta índole:

  • El acusado no se encontraba en un sitio público.

  • El acusado tenía un arma de fuego para su legítima defensa o la de otro.

  • El arma estaba descargada.

  • Los oficiales de policía violaron los procedimientos establecidos en la ley, cuando llevaron a cabo la detención.

  • El acusado tiene una licencia para portar armas ocultas.

  • El acusado estaba ejecutando actividades legales de caza y tenía el arma en algún contenedor cerrado.

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Portar un arma de fuego cargada en un sitio público, bien sea dentro de un vehículo o en la propia persona es una conducta que transgrede las leyes de California, y por ende es castigada rigurosamente a través de la imposición de severas penas privativas de libertad y el pago de onerosas multas.

Esto se basa en el supuesto de que el Estado busca garantizar la estabilidad y seguridad de la población, ya que frecuentemente se cometen delitos empleando este tipo de armas lo cual expone a una situación de vulnerabilidad a la misma.

Como podrá entender ser señalado como el acusado de llevar a cabo un delito de esta índole, es una situación delicada y se torna aún peor cuando un Juez dicta una sentencia condenatoria en su contra, que además de terribles efectos jurídicos probablemente afectará sus oportunidades de desarrollo en el futuro en sentido laboral, personal y profesional.

Por lo tanto si se presentaron cargos en su contra en Long Beach, CA por Portar un Arma de Fuego Cargada, un abogado de Long Beach Criminal Lawyer, es el idóneo para asumir su defensa y encargarse de acompañarlo en cada etapa del procedimiento judicial.

Puede llamar hoy mismo a la línea 562-304-5121 y Programar una consulta gratuita para hablar con un abogado penalista experimentado sobre su caso, tome en cuenta que La misión principal del mismo será trabajar en conjunto con usted para identificar sus objetivos y ayudarlo a encontrar el mejor camino para alcanzarlos.

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