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Orden de Restricción Permanente

En California, cuando la autoridad judicial competente emite alguna orden de alejamiento (o restricción) es de suma importancia no violentarla, pues al hacerlo su situación legal podría encontrarse en peligro. Es importante destacar que hay una gran serie de estas órdenes, sin embargo, cuando hablamos de la permanente, nos estamos refiriendo a la más severa de todas. Esto, por su durabilidad y las consecuencias que esta trae consigo.
Entre las consecuencias perjudiciales que podrían resultar luego de que el Juez emita la respectiva orden contra usted, es que podría perder su derecho sobre la custodia de sus hijos. A su vez, el contacto y las visitas también podrían ser restringidos. A causa de ello, es de suma importancia contactar con un especialista en el área para discutir sobre su caso.
En la ciudad de Long Beach, CA, usted podrá contactar con nuestro equipo de profesionales, quienes pertenecen a la firma Long Beach Criminal Lawyer y no dudaran en trabajar sin descanso con el propósito de obtener los mejores resultados y brindarle la mejor asesoría legal. No pierda tiempo ¡Contáctenos!

¿Cómo se define una orden de alejamiento permanente?

En el marco legal, la orden de alejamiento de la cual hablamos es emitida por el Juez, y esta tiene el propósito de que un individuo que representa una amenaza para otro, se mantenga alejado de este evitando cualquier tipo de contacto que pueda resultar perjudicial. En este orden de ideas, es importante destacar que hay dos tipos de órdenes: las permanentes y las temporales.

Como se mencionó anteriormente, una orden permanente suele ser más severa y rigurosa. También conocida como PRO, este tipo de orden tiene un periodo de duración prolongado, el cual puede extenderse durante muchos años. En la mayoría de casos, cuando esta orden es emitida es porque se busca brindar protección y seguridad a quienes han sido víctimas de abuso infantil, agresión sexual, abuso doméstico, acecho, acoso, y demás actos delictivos que se relacionan con la violencia doméstica.

Por su parte, una orden de alejamiento temporal suele tener una duración bastante breve, dado que luego de su emisión entra en vigencia durante un lapso que generalmente no supera los veinte o veinticinco días. Esta orden se emite con el propósito de evitar que luego de proceder con la audiencia de un sujeto, la víctima pueda sufrir algún daño en los días posteriores.

Ahora bien, en dicha el Juez será el encargado de establecer si la orden temporal deberá extenderse y emitir una orden de alejamiento permanente. Sin embargo, antes de tomar esta decisión, el individuo restringido tendrá derecho a presentar una serie de argumentos a su favor con el propósito de evitar que se tome esa medida en su contra.

¿Qué requisitos se toman en consideración para emitir una orden de alejamiento permanente en contra de un individuo?

En el Estado de California, cuando una persona considera que su vida e integridad se encuentran en riesgo y decide buscar protección mediante una orden de alejamiento permanente, es de suma importancia que esta cuenta con una serie de pruebas que evidencien que el sujeto acusado en efecto ha llevado a cabo actos que de forma razonable le generan temor. A su vez, se debe demostrar que ambas partes mantenían una relación para que la autoridad correspondiente evalúe la petición y comunique si la concederá o no.

Tomando en consideración lo expuesto anteriormente, para que el Juez conceda la petición y emita la respectiva orden de alejamiento en contra del sujeto de forma permanente, se requiere que se cumplan una serie de requisitos, los cuales señalaremos a continuación:

  • Se debe dejar en evidencia que el individuo en cuestión emitió una amenaza que ponía en riesgo la vida de otra persona o que este abuso de la misma.
  • Es indispensable que entre las partes existiera algún tipo de relación, tal como: novio (a), ex novio (a), conviviente, cónyuge, un individuo con quien tuvo hijos, un familiar o pariente cercano, pareja divorciada.

Es importante tomar en consideración que la definición de “abuso” es extensa, y dicho término abarca un sinfín de conductas, entre las cuales se encuentran:

  • Herir a otro individuo
  • Cometer algún acto de agresión sexual en contra de otro individuo
  • Emitir amenazas que considerablemente generen temor al otro individuo por su vida y la de sus parientes
  • Ocasionar daños en la propiedad de otro individuo

Si alguna de las condiciones mencionadas anteriormente se cumple, la víctima podrá presentar una solicitud ante la corte para que se emita la orden de alejamiento permanente. Posteriormente, el Juez procederá a evaluar los hechos exactos implicados.

¿Cuál es el tiempo estimado durante el cual prevalece la orden de alejamiento permanente?

Una orden de alejamiento permanente (PRO), realmente no tiene una duración ilimitada. Por el contrario, esta suele tener un tiempo máximo de cinco años en vigencia. No obstante, antes de culminar con el periodo establecido por la Corte, el individuo que se encuentra amparado bajo dicha orden, tiene la posibilidad de emitir una nueva petición para extender la vigencia de esta. Para obtener que la orden se prolongue, bastará únicamente con que el individuo restringido haya cometido algún acto que de forma razonable haya hecho sentir a la víctima que su vida e integridad aún continúa en riesgo.

¿Qué condiciones debe cumplir una persona restringida por una orden de alejamiento permanente?

A continuación haremos mención de la serie de condiciones que un individuo restringido se ve en la obligación de cumplir:

  • No establecer ningún tipo de contacto con el individuo protegido. Es decir, queda prohibido realizar llamadas, enviar mensajes, emails, o intentar comunicarse por medio de los medios digitales. Es importante tomar en cuenta que esta limitación incluye a los parientes de la víctima como hijos, padres, etc.
  • Si el individuo en cuestión habita junto a la víctima, éste deberá abandonar la residencia y mudarse.
  • Se deberá mantener distancia con las zonas que el sujeto protegido suele frecuentar, es decir: su área de trabajo, lugar de residencia, etc.
  • Si el individuo protegido tiene hijos, se deberá mantener una distancia prudencial con las instituciones educativas a las que estos acuden para estudiar.
  • No realizar algún cambio vinculado con el plan de seguro que comparte junto con el sujeto protegido.
  • No ejecutar acciones que puedan perjudicar la situación económica de la persona protegida. En otras palabras, es importante evitar gastos e inversiones significativas para el capital de ambas partes.
  • Cumplir con la cuota establecida de manutención para la pareja o cónyuge
  • Si hay menores implicados, es de suma importancia que se realicen los pagos correspondientes bajo el concepto de manutención infantil
  • Cumplir con el pago de determinados servicios y facturas relacionados con el hogar, tal como el alquiler, luz, agua, etc.
  • Hacer entrega de determinadas propiedades. Para ilustrar, el automóvil familiar.
  • Cumplir con un programa enfocado en la reeducación de agresores, con el propósito de evitar conductas similares en el futuro. Este programa suele durar cincuenta y dos semanas, sin embargo, es posible que deba acudir a terapias para controlar la ira. Asimismo, el tribunal tiene la potestad de solicitar una evaluación de carácter psicológico realizada por un profesional calificado.

¿Qué proceso suele tener lugar antes de que el Juez emita la orden de alejamiento permanente?

Antes de emitir una orden permanente, debe tener lugar una audiencia que tiene como objetivo determinar si es necesario extender la durabilidad de la orden o no. Tome en consideración, que se tomará en cuenta el tipo de orden que haya sido solicitada por la víctima. A su vez, las dos partes tendrán la posibilidad de presentar sus argumentos ante el Juez mientras el procedimiento judicial se desarrolla.

Uno de los puntos más importantes es acudir a la respectiva audiencia que fue mencionada anteriormente. Esto dado que es imprescindible que el individuo comunique su versión acerca de todo lo sucedido ante el Juez para que éste evalúe el caso y tenga mayores posibilidades de no ser restringido nuevamente.

Ahora bien, como se expuso anteriormente, una orden permanente suele tener una duración no máxima de cinco años, no obstante, si el Juez no fija una fecha, el periodo bajo restricción solo será por tres años a partir del día en que la orden fue emitida. Sin embargo, la persona que presentó la petición puede realizarla nuevamente.

¿Qué se debe hacer cuando un individuo es citado para acudir a este tipo de audiencia?

Resulta de suma importancia tomar en consideración que el Juez es quien tiene la potestad de determinar si la orden debe ser permanente, y para ello evaluará diversos aspectos en la audiencia. Por este motivo, mencionaremos algunas de las medidas que usted deberá tomar al ser citado:

Evitar cualquier tipo de contacto con el individuo que se encuentra protegido por la orden.

Este es uno de los puntos más importantes. Por ello, evite cualquier tipo de contacto o comunicación con la presunta víctima. Es relevante destacar que hay situaciones en las cuales la persona protegida suele ser quien motiva y establece el contacto con el individuo restringido. Bajo este escenario, no acceda a establecer ningún tipo de comunicación, de lo contrario su situación legal podría verse afectada.

En este orden de ideas, si el individuo que está protegido frecuenta determinados lugares o establecimientos y usted lo sabe, lo mejor es que se abstenga de acudir a esos sitios. Asimismo, si se dirige hacia dicho lugar, la mejor opción es no asistir.
A su vez, tome en consideración que los menores de edad también califican como personas protegidas. Si este es el caso, existe la posibilidad de perder el contacto (total o parcial) con sus hijos, lo cual deberá respetar y acatar.

No utilizar intermediarios con el propósito de contactar con el individuo protegido

Como se especificó en líneas anteriores, es de suma importancia no establecer ningún tipo de comunicación con el sujeto protegido, lo cual incluye a los intermediarios. Es decir, si usted con el propósito de comunicarse con la víctima intentó contactarse mediante un familiar, amigo, e incluso algún niño, estaría violando este término.

Evitar cualquier tipo de contacto indirecto

En este punto se abarca cualquier medio o plataforma digital que le permita comunicarse con el individuo protegido, tal como Instagram o Facebook. En otras palabras, es de gran importancia abstenerse de enviar o publicar cualquier mensaje que vaya destinado a la víctima haciendo uso de estos canales.

Contar con los servicios de un especialista en leyes criminales

Es de suma importancia tomar en cuenta este punto, pues un profesional en el área podría contribuir significativamente en la mejoría de su caso. Si tiene pruebas que demuestren su inocencia como fotos, testigos, e incluso documentos, su asesor legal debe tener conocimiento de ello con el propósito de emplearlo a su favor. A su vez, es indispensable que al momento de emitir su declaración ante el tribunal, ésta sea lo más clara posible.

Para finalizar, no olvide que es de gran importancia acatar todos los términos impuestos por el Juez al emitir la orden de alejamiento, pues de no hacerlo podría verse considerablemente perjudicado, dado que entre las sanciones se incluye una condena tras las rejas, acudir al tribunal por desacato, y el pago de multas.

¿De qué forma puede afectar una orden de alejamiento permanente la vida de un individuo?

El individuo que se vea en la obligación de cumplir con la orden de alejamiento permanente, deberá enfrentar diversos cambios en su vida. Si una persona es restringida por una PRO, la Corte se encarga de establecer las condiciones pertinentes, entre las cuales se incluye no frecuentar determinados lugares. A su vez, existe la posibilidad de que el contacto con su familia sea limitado si debe mudarse de residencia. Bajo determinados escenarios, la Corte suele recomendar que al visitar un menor éste debe estar siendo supervisado. En otras palabras, si tiene el deseo de visitar a su hijo y se encuentra restringido, se verá en el deber de contratar a una persona que se encargue de supervisar la reunión. En este orden de ideas, si no cuenta con los recursos para pagarle a dicha persona, la Corte podría prohibirle que establezca cualquier contacto con el menor.
Por su parte, el individuo restringido se verá en la obligación de cumplir con una serie de pagos por concepto de honorarios legales. Adicionalmente, a causa de la orden sus posibilidades de obtener un nuevo empleo o ascender en el mismo se verán limitadas. Lo mencionado anteriormente se fundamenta en que la mayoría de empleadores puede acceder a los registros criminales de sus posibles empleados. Esto, con el objetivo de verificar que ninguno haya delinquido anteriormente, lo cual incluye a aquellos sujetos que tienen una orden de alejamiento en contra.
En este orden de ideas, generalmente los empleadores suelen evitar contratar a aquellos individuos que han incurrido en actos delictivos o cuentan con una orden de alejamiento, lo cual se debe a que los consideran como un riesgo para la seguridad de los otros empleados. Asimismo, aquel individuo restringido no podrá laborar en instituciones del gobierno, sobre todo en escuelas. En adición, no podrá postularse a ningún cargo electo.
Para culminar con este punto, un individuo que cuente con una orden de alejamiento permanente, no calificará para adoptar a ningún niño. Y si este tiene un trabajo, lo más probable es que sea expulsado del mismo.

¿Es posible que la orden de alejamiento permanente sea modificada por las autoridades?

En efecto. Este tipo de órdenes pueden extenderse, ser renovadas e incluso modificadas, siempre y cuando la persona protegida sea quien lo solicite.

La presunta víctima deberá emitir una petición ante el Juez, quien tendrá la tarea de revisar y evaluar la orden de alejamiento con el propósito de establecer si se debe realizar algún cambio, bien sea en contra o a favor. No obstante, si un menor está involucrado o incluido a la PRO, el Juez tomará su decisión basándose en proteger al niño y aquello que sea más favorable para él.
Sin embargo, hay casos bajo los cuales el individuo que ha sido restringido también tiene derecho a solicitar que la orden de alejamiento sea modificada. Bajo este escenario, seguramente deberá presentar una serie de evidencias a su favor que demuestren que no representa un riesgo. Ahora bien, cuando la orden recibe una modificación, esto quiere decir que el individuo restringido puede visitar a sus hijos bajo supervisión.

¿Una PRO podría ser levantada por el Juez?

Aunque es un proceso complejo, es totalmente factible que esto ocurra, pues bajo determinados escenarios la orden de alejamiento permanente podría ser levantada o terminarse. Tome en consideración que cuando se habla de “permanente” no quiere decir que la duración sea por un plazo indefinido o para siempre, por el contrario, este tipo de órdenes también tienen su fecha de expiración.

Generalmente, aquellos casos donde el Juez emite una orden de alejamiento permanente, suele ser porque ésta deberá permanecer vigente durante el lapso de tiempo que las autoridades consideren pertinente, a menos que alguna de las personas involucradas realice una petición para realizar un cambio. Como se expuso en líneas anteriores, el tiempo máximo que suele prolongarse la orden es de cinco años, sin embargo, si la presunta víctima tiene pruebas que demuestren que su vida aún permanece bajo amenaza, esta podría alargarse según la decisión del Juez. Ahora bien, no olvide que si la otra parte no emite solicitud alguna para alargar la vigencia de la orden, ésta expirará.

En este orden de ideas, un individuo que se encuentra restringido a causa de esta orden de carácter permanente puede emitir una petición para que esta sea levantada, lo cual tiene lugar mediante un proceso judicial. No obstante, para ello es importante que se presenten una serie de evidencias que demuestren de forma inequívoca que el individuo en cuestión no volverá a incurrir en una conducta delictiva que ponga en riesgo la vida de otras personas. A su vez, se requerirá que la persona protegida y sus hijos (de tenerlos) brinden su consentimiento para que se proceda.

Bajo cualquier escenario, es de suma importancia que el individuo restringido cuente con suficientes pruebas a su favor para demostrar ante el Juez que lo más conveniente es que se levante la orden en su contra.

¿Qué consecuencias debe enfrentar una persona que desacata los términos señalados por el Juez?

Cuando un sujeto viola las condiciones impuestas por el Juez al momento de emitir la orden, se estima que incurrió en un hecho punible menor. No obstante, hay casos donde el acto podría calificar como un “wobbler”, lo cual quiere decir que la Fiscalía tiene la potestad de establecer si el delito es juzgado como grave o menor. Es relevante mencionar que si una persona fue condenada previamente por violar los términos señalados, el delito automáticamente calificara como un “wobbler”.

Cuando el delito califica como grave, las penas que se enfrentan son mucho más estrictas. Esto, dado que se debe cumplir con una multa que podría elevarse a diez mil dólares. Incluso, es posible que se imponga una condena en la cárcel por un periodo de tres años (o menos).

En este orden de ideas, si usted es un ciudadano no americano e incurrió en una conducta de esta índole, generalmente este tipo de situaciones no suelen afectar el estatus migratorio de una persona, dado que los actos delictivos que suelen llevar a ser declarado como inadmisible o deportado son aquellos que califican como graves agravados.

¿Cuáles argumentos de defensa pueden emplearse en estos casos?

Aunque las estrategias de defensa dependen de las circunstancias de cada caso y de lo que su asesor legal considere más conveniente, a continuación procederemos a mencionar aquellas que comúnmente son empleadas:

La orden no fue emitida legalmente

Para que una persona enfrente las sanciones que se derivan por violar los términos de una orden de alejamiento permanente, es necesario que la autoridad competente la haya emitido basándose en las evidencias presentadas por la presunta víctima, pues se requiere un fundamento legal. Si dicho fundamento no existe, no hay lugar para que se emita una orden en su contra.

Razonablemente no sabía acerca sobre la orden emitida

Uno de los principales requisitos al momento de emitir una orden es que la persona restringida tenga conocimiento de ella. Es decir, bien sea por medio de su asesor legal o la Corte tuvo que haber sido informado. De lo contrario, se estimará que de manera razonable no sabía de la existencia de PRO, y al desconocer los términos no pudo haberlos violentado de forma deliberada.

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Si usted se encuentra enfrentando una situación de esta índole, es importante actuar de forma rápida. Por ello, lo invitamos a comunicarse con nuestro equipo de abogados especialistas en Long Beach Criminal Lawyer, quienes se dedicaran a establecer las mejores defensas para mejorar su situación legal.
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