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Incendio Provocado

En California se encuentran regulados severamente los delitos relacionados con la propiedad, entre ellos el incendio provocado, donde una persona de forma intencional y adrede inicia  un incendio, quema, hace que se incendie, o colabora, persuade o incita a la quema de una estructura, propiedad o terreno forestal.

Este es un hecho criminal calificado como grave de acuerdo a la ley penal, lo que significa que quien incurra en dicha conducta y sea declarado como culpable ante la corte, será castigado mediante la imposición de estrictas sanciones que pueden llevarlo a estar hasta nueve años tras las rejas, pero además podrá ser condenado al pago de multa, y  es probable que una condena de esta índole repercuta directamente sobre los derechos de armas de un individuo y sobre sus derechos migratorios en el supuesto de que el condenado sea un inmigrante.

No obstante, una condena de este tipo no afecta la vida de un individuo solo en el ámbito legal, puesto que la misma da lugar al estigma de que el condenado sea catalogado por la sociedad como un delincuente, y por ende dicha situación conlleve a su repudio y exclusión, lo cual afectará directamente sus oportunidades de obtener un empleo, un préstamo, acceder  a una licencia profesional e incluso arrendar una vivienda, y esto se motiva en el hecho de que el mismo contará con antecedentes penales que podrán ser examinados cada vez que intente acceder a un bien, servicio u empleo.

Ahora bien, se preguntará ¿Por qué las leyes de California son tan rigurosas con respecto a esta situación? , esto corresponde al hecho de que los incendios con frecuencia son el punto de partida de catástrofes de gran magnitud, que terminan arrojando como consecuencia graves daños a la propiedad, lesiones corporales a otros e inclusive dan lugar a un incremento de las tasas de mortalidad al ocasionar la pérdida de vidas. Por tal motivo  la ley es implacable en este sentido y condena arduamente a quien intencionalmente propicie una situación de esta índole.

Como comprenderá, enfrentar cargos de este tipo es un escenario bastante complejo, que si no es atendida con la prudencia necesaria puede terminar perjudicando significativamente el entorno y vida de un individuo al culminar en el dictamen de una sentencia condenatoria. Sin embargo un individuo en este contexto, siempre va a tener la potestad de intentar desvirtuar los acusaciones que se le imputan durante un proceso judicial, para lo cual se sugiere contar con la asistencia de un abogado que estudie minuciosamente el caso y se encargue de estructurar una defensa adecuada al mismo basado en sus conocimientos en materia penal.

Si se le acusó por Incendio Provocado en Long Beach, CA, no dude en ponerse en contacto con algún abogado de la firma Long Beach Criminal Lawyer, donde sin duda alguna están los profesionales con mayor trayectoria en la materia preparados para hacerse cargo de su caso y que trabajar sin descanso junto a usted para estructurar su defensa, reunir las pruebas que la respalden e intentar persuadir al Juez para convencerlo de su inocencia o de dictar una sentencia reducida.

¿Según la legislación de California que se entiende por Incendio Provocado?

Hace referencia a un hecho criminal calificado como delito, cuyo fundamento legal está contemplado en el apartado 451 perteneciente al Código Penal, el cual señala que un individuo es culpable del mismo cuando de manera intencional y maliciosa inicia el fuego, quema, hace quemar o colabora, incita o procura que se incendie alguna estructura, propiedad, o terreno forestal.

Pueden ser escenarios que ejemplifican esta situación los siguientes:

  • Un empleado que durante un arranque de ira por una discusión que tuvo con el jefe, salió al estacionamiento e incendió su vehículo.

  • Una mujer que armó un plan e incendió su vehículo con el fin de cobrar el dinero correspondiente a la póliza de seguros.

  • Un joven que inicia un incendio al lanzar unas colillas de cigarros sobre un montón de ramas secas.

Como puede observar dicha definición deja en evidencia que existen dos elementos que debe demostrar la fiscalía con el fin de que un  sujeto sea condenado por provocar intencionalmente un incendio, los cuales son:

  • Que un individuo incendió, quemó o provocó el incendio de alguna estructura, una propiedad o algún terreno forestal.

  • Que dicho acto fue ejecutado por el individuo  de forma maliciosa y voluntaria.

Dichos elementos  a su vez enuncian varios términos que deben ser aclarados con el objeto de comprender un poco mejor el contexto, los cuales se indican a continuación:

Causar un incendio: Se considera que un individuo provoca un  incendio sobre algo,  cuando lo daña  empleando para ello el fuego. Es importante tomar en cuenta que en estos casos la legislación no exige que los daños ocasionados sean totales ya que basta con que los mismos sean parciales, es decir que afecten sólo una parte bien sea de una estructura, propiedad o terreno forestal, para que un individuo tenga que responder penalmente por la comisión de un incendio provocado, además dicha normativa es aplicable también para aquellos individuos que ayuden o inciten a otro a iniciar un incendio.

Estructura: Se refiere a cualquier puente, edificio, túnel, carpa ya sea comercial o pública o planta de energía. Además los daños ocasionados por algún incendio a los aparatos ubicados dentro de algún edificio pueden ser considerados estructuras si los mismos son parte integral de dicho edificio.

Propiedad: Este término abarca toda tierra y/o propiedad no considerada como forestal, y la misma engloba objetos  como la basura y los vestuarios. En concordancia con esto debe acotarse que el incendio ocasionado a alguna propiedad, no incluye aquellos casos donde un individuo incendia  sus bienes propios, a menos que haya ejecutado dicha acción  con el fin de llevar a cabo una estafa o que dicha situación haya ocasionado lesiones físicas a otro.

Terreno forestal: Engloba toda tierra cubierta por matorrales. Bosques, tierras cortadas, o pastizales.

De manera  voluntaria: Se presume que un individuo llevó a cabo un acto de manera voluntaria cuando lo ejecuto intencionalmente o adrede, por ende si un incendio se generó de manera accidental una persona no debe afrontar cargos de acuerdo al apartado 451 PC.

De manera maliciosa: Se considera que un sujeto actúa maliciosamente cuando ejecuta una acción contraria a la ley movido por la intención de molestar, defraudar u lastimar a otro.

Nota: Una persona puede enfrentar cargos por provocar intencionalmente un incendio de acuerdo a la sección 452 PC, a pesar de no haber actuado de forma intencional o maliciosa. Dicha normativa se conoce como quema imprudente y señala que es un delito que alguien incendie de forma imprudente una estructura, propiedad o terreno forestal.

A tales efectos el término actuar imprudentemente maneja un estándar más bajo que el de actuar de forma intencional y maliciosa.

Actuar imprudentemente significa realizar un acto consciente del hecho de que el mismo puede ocasionar un riesgo significativo e irracional de generar un incendio, pero no prestar la atención requerida a dicho riesgo lo que representa una desviación de cómo se comportaría un individuo razonable en una situación semejante.

¿Qué acciones se  pueden calificar como un incendio intencional?

Existen múltiples acciones que pueden catalogarse como  incendio provocado, las cuales se encuentran contempladas  en el apartado 451 PC.

Dichas acciones  son:

  • Literal a: El incendio que causa lesiones físicas graves a otro individuo.

  • Literal b: La quema de algún edificio habitado.

  • Literal c: La quema de algún edificio o un bosque no habitado.

  • Literal d: La quema de una propiedad perteneciente a otro.

En relación a este punto, una edificación se presume habitada cuando alguien vive en el mismo, sin embargo la ley no requiere que quienes conviven en dicho edificio estén presentes cuando ocurrió el incendio.

¿Qué penas establece la ley para castigar a un individuo que de forma intencional provoque algún incendio?

La ley establece varias penas que pueden dictarse para castigar a quien incurra en un ilícito de esta clase, cuya selección va a desprenderse de las condiciones  de hecho involucradas en cada caso en específico, como por ejemplo el lugar en  donde se produjo el incendio, así como las pérdidas que ocasionó, el número de víctimas que resultaron perturbadas y el alcance de los perjuicios.

Adelante se indican las penas que pueden imponerse en relación a un caso procesado por incendio provocado:

  • Si se incendia de forma intencional cualquier propiedad personal, se debe imponer una pena de encarcelamiento de dieciséis, meses dos, o tres, años.

  • Si se incendia de forma intencional cualquier estructura o un terreno forestal debe imponerse una pena de encarcelamiento de dos, cuatro o seis años.

  • Si se incendia de forma intencional cualquier propiedad o una estructura que esté habitada, debe imponerse una pena de encarcelamiento de tres, cinco u ocho años

  • Si se causan lesiones físicas de índole grave a otra persona debe imponerse una pena de encarcelamiento de cinco, siete o nueve años.

  • Si se trata de una tentativa de incendiar una estructura, propiedad o un terreno forestal, debe imponerse una pena de encarcelamiento por un lapso que no exceda los tres años.

Dichas penas deben cumplirse en cárceles pertenecientes al Estado puesto que estos delitos son calificados siempre como graves, y además es probable que se impongan las siguientes condiciones:

  • Llevar a cabo su registro como pirómano de por vida en el supuesto de que se trate de un individuo mayor a 18 años de edad.

  • Pagar máximo 10.000 dólares como multa.

  • Indemnizar a todas  las víctimas afectadas que sufrieron lesiones o perjuicios con respecto a sus propiedades como resultado derivado del incendio.

  • En el escenario de que el incendio haya sido provocado con el fin de perpetrar un fraude contra cualquier persona o empresa  para alcanzar un beneficio de índole económico, se debe pagar hasta un máximo de 50.000 dólares como multa o incluso el doble de la suma defraudada, lo cual va a depender de cual monto sea mayor.

¿Qué situaciones hacen que se pueda dictar un aumento de la sentencia por ocasionar un incendio de forma intencional?

El tribunal está en potestad de imponer castigos de encarcelamiento más extensos cuando se configuren ciertas situaciones agravantes específicas, tales como:

  • Que el individuo acusado haya recibido una condena anterior por incurrir en algún incendio provocado como delito grave.

  • Que el fuego haya ocasionado daños relevantes al personal de emergencias.

  • Que el individuo haya usado un artefacto bien sea para demorar o apresurar el incendio.

  • Si resultaron varias víctimas perjudicadas como resultado derivado del incendio.

  • Si resultaron varias estructuras perjudicadas como resultado derivado del incendio

Si se da  caso de que se presente una de las circunstancias descritas, el Tribunal podrá dictar una pena que debe cumplirse de forma adicional y consecutiva en concordancia con la pena correspondiente, la cual podrá estar comprendida por el periodo entre uno y cinco años.

 ¿Qué se entiende por incendio provocado calificado como agravado?

Se configura un incendio intencional agravado, cuando el mismo origina consecuencias de gran alcance o el culpable de dicho incendio es reincidente en delitos de esta naturaleza, es decir ya ha sido penado anteriormente por generar algún incendio. 

En tal sentido que un individuo provoque un incendio de tal categoría, da lugar a la imposición de una pena de encarcelamiento cuyo lapso estará estipulado entre  diez (10) años y puede llegar a ser de cadena perpetua.

No obstante a continuación se indicarán los escenarios de acuerdos a los cuales un individuo puede ser acusado por provocar un incendio agravado según la legislación de California:

  • Si el acusado fue condenado durante los diez años anteriores por ejecutar algún incendio provocado.

  • Si dicho incendio ocasionó pérdidas de mínimo 5.650.00, lo cual incluye los gastos que se ocasionaron para controlar el fuego.

  • Si dicho incendio afectó a una cantidad igual o superior a cinco estructuras.

¿Genera alguna otra consecuencia recibir una condena por provocar un incendio?

Desafortunadamente si, aunadas a  las consecuencias antes mencionadas una sentencia condenatoria de esta índole influye negativamente sobre otros aspectos de la vida de un individuo tales como:

  • Perjudica su  entorno en el sentido personal, profesional y laboral.

  • Afecta los derechos relacionados con armas.

  • Incide sobre los derechos migratorios.

  • Es considerado un strike por la ley de reincidencia.

Esto se detalla a continuación:

Perjudica su entorno en el sentido personal, profesional y laboral

Cuando un individuo es llevado ante la autoridad judicial por cometer un delito y se determina su culpabilidad el mismo deberá cargar con antecedentes penales que dejan en evidencia que durante un momento de su vida cometió un crimen, lo que hará que sea catalogado por la comunidad como un delincuente y por lo tanto con frecuencia sea excluido o apartado.

Esta situación se convierte en un grave problema,  sobre todo cuando un sujeto condenado por un delito de este tipo, se presenta a una entrevista para optar a un empleo o intenta obtener un préstamo, arrendar una vivienda e inclusive obtener una licencia profesional para ejercer una determinada profesión, ya que con frecuencia quienes tienen a su cargo aprobar dichas solicitudes prefieren a descartar a los solicitantes que cuentan con antecedentes criminales, el cual normalmente es uno de los puntos fundamentales para ser evaluados durante un evento de esta naturaleza.

Afecta de los derechos relacionados con armas

Un individuo condenado por cometer el delito de provocar un incendio, será restringido de sus privilegios de adquirir así como de poseer armas.

Incide sobre los derechos migratorios

Esta es sin duda una de las consecuencias más graves, derivadas del hecho de provocar un incendio de forma intencional siempre y cuando el condenado sea un inmigrante, puesto que tal situación puede dar lugar a que un individuo sea deportado del territorio de los EEUU o en el caso de que abandone el país luego de ser condenado, puede ocasionar que el mismo sea declarado inadmisible y por ende no pueda ingresar nuevamente al mismo, además si se trata de un individuo cuya residencia es legal la posibilidades de ser naturalizado se verán afectadas negativamente.

Esto se debe al supuesto de que provocar algún incendio intencionalmente está calificado por la legislación de California como un delito de depravación moral y el mismo conduce a la deportación o declaración de inadmisibilidad de quien sea declarado culpable por la ejecución del mismo.

Es considerado un strike por la ley de reincidencia

Dicha ley es un bosquejo de sentencia según el que cada vez que un individuo sea condenado como reincidente por la comisión de algún delito grave señalado por el ordenamiento jurídico, debe ser castigado con mayor rigor, es decir debe aumentarse la pena.

En este sentido, cuando un sujeto es declarado culpable por cometer un incendio provocado esto se considerara un strike, en el supuesto de que sea su primera incidencia en un delito grave catalogado como strike se aplicará la pena correspondiente por dicho delito, pero si el mencionado individuo en el futuro comete un segundo delito calificado como strike por la ley la pena debe ser doblada, ahora bien si se da el caso de que dicho individuo incurra por tercera vez en la ejecución de un ilícito grave considerado como strike, el mismo podrá ser penado con una pena de encarcelamiento mínima de veinticinco años y que puede llegar a ser de cadena perpetua.

¿Se puede solicitar una anulación de antecedentes penales derivados de una condena de este tipo?

Sí, pero antes de optar a este beneficio el condenado debe haber concluido de forma satisfactoria el régimen probatorio o de encarcelamiento impuesto, depende de cual haya dictado el Juez.

No obstante se presentan ciertas situaciones donde un individuo condenado por incendio provocado viola las condiciones impuestas en razón de un régimen probatorio y aún así existe la posibilidad de optar a una anulación de antecedentes penales de este tipo, lo cual quedará a criterio del Juez.

Este es un procedimiento que se inicia mediante la presentación de una solicitud ante el Juez para que la misma sea evaluada y se decida su procedencia, es decir que dicho proceso no se inicia de manera automática.

Además esta es sin duda una opción que beneficia significativamente a un individuo, puesto que si dicha solicitud es declarada con lugar por el Juez, el mismo ya no deberá exhibir sus antecedentes penales cuando le sea solicitado lo cual hará que el mismo ya no tenga que cargar con el hecho de ser tildado como un criminal cuando intente acceder a un bien, servicio u empleo y esto ya no limitara sus oportunidades de superación personal.

¿Cómo defenderse de acusaciones de esta índole?

La ley contempla  la potestad de los individuos de luchar contra los cargos que se le imputan, así como también el derecho a ser considerado inocente mientras no se evidencie lo contrario, para lo cual hay disponibles múltiples estrategias de defensa disponibles para ser usadas por un acusado de provocar un incendio con el objeto desvirtuar dichos cargos.

Sin embargo esta es una de las partes más delicadas del proceso puesto que de la defensa va a depender que un individuo sea declarado culpable o inocentes por el Juez, es por esto que se recomienda estar acompañado por un abogado especializado en el tema durante el desenlace de todo el proceso judicial, para que el mismo evalúe la situación y estructure la defensa que mejor se adapte  al caso con el propósito de obtener un dictamen a favor por parte del Juez.

Alguna de las líneas de defensa más usadas en estos escenarios es:

  • El fuego se ocasionó por accidente.

  • Las pruebas son insuficientes, y no pueden respaldar una sentencia.

  • El acusado fue erróneamente identificado.

  • El acusado no pretendía cometer un fraude.

  • Se presentó una acusación falsa en contra del acusado.

Dónde encontrar asistencia legal de un abogado especialista en  Incendio Provocado cerca de mí

Provocar un incendio o ayudar a provocarlo es un delito grave que puede costarle a un individuo un periodo bastante largo tras las rejas, por tal motivo si fue acusado por Incendio Provocado en Long Beach, CA, es importante que tome en cuenta que cada minuto que pasa es importante y puede ser usado para estructurar la defensa de su caso judicial, sin embargo para ejercer dicha defensa es sumamente relevante que cuente con los servicios de un abogado experto, preferentemente de la firma Long Beach Criminal Lawyer, donde están los profesionales con los más amplios conocimientos en materia penal, quienes se comprometen con sus casos y luchan sin descanso utilizando todos los medios a su alcance para obtener el dictamen de sentencias favorables para sus representados. Llame hoy mismo al 562-304-5121 sin importar qué día o qué hora sea y solicite que le programe una cita con un especialista, la cual será totalmente confidencial y gratuita.

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