Convivir en pareja no es sencillo y suelen presentarse inconvenientes o malentendidos que provocan descontrol emocional. En virtud de esto, pueden cometerse acciones de las cuales luego se arrepienten.
Al ser tan difícil la convivencia entre dos personas que tienen una relación sentimental, los casos por violencia doméstica ocurren con mucha frecuencia y o ocasionar lesiones a la integridad física de la persona con la que se sostiene una relación sentimental, es una de las formas de violencia doméstica castigada con mayor severidad por la ley.
Sin embargo, en muchos casos las acusaciones por este delito son resultado de una venganza o pretenden perjudicar al acusado sin que exista un fundamento real para ello.
En cualquier caso, si usted se encuentra involucrado en un caso de lesión corporal a un cónyuge, debe contar con el asesoramiento de un abogado experto que pueda resguardar sus derechos en el transcurso del juicio y definir la mejor estrategia para lograr una defensa exitosa que le evite ir a prisión o ser condenado a pagar cuantiosas multas.
Para este tipo de situaciones, los abogados de Long Beach Criminal Lawyer, en California, cuentan con profesionales expertos en el área legal que tienen la capacidad de asumir la defensa de las personas acusadas por este delito, obteniendo resultados exitosos en los juicios por estos casos.
¿Cuáles son los supuestos para que se configure este delito?
El delito de lesión corporal a un cónyuge se encuentra contemplado en el artículo 273.5 del Código Penal y en dicha disposición se establecen los supuestos que deben ser probados por la Fiscalía para que una persona sea acusada por cometer este hecho ilícito.
Entre los referidos supuestos se encuentran: que la persona acusada haya desplegado una conducta intencional, que tal conducta haya tenido como resultado una lesión a la integridad física de la pareja del acusado y que la lesión le provoque además una condición traumática.
¿Este delito sólo puede ser cometido contra el cónyuge?
No, a pesar de su denominación, este delito se configura, aunque la persona lesionada no sea cónyuge del acusado ya que la ley considera como víctima a la pareja del sujeto que comete la agresión, tomando el concepto de pareja de manera amplia.
Para efectos legales, el término pareja comprende aspectos relacionados con la cohabitación, a la existencia de ingresos y egresos compartidos, a la identificación como pareja por conocidos y amigos, a sostener encuentros sexuales de manera ocasional o habitual, entre otros elementos que indican una relación íntima.
De este modo, se incluye dentro del concepto de pareja, todo hombre o mujer que mantenga una relación sentimental con la persona acusada, bien sea una relación de noviazgo u ocasional, estén comprometidos, cohabiten o tengan hijos en común.
Igualmente, puede ser considerada como víctima de este delito toda persona que haya mantenido una relación sentimental con el acusado, esto es, ex pareja, ex cónyuge o cualquier sujeto con el que haya tenido una relación íntima, aunque no tuviera carácter exclusivo.
Es importante señalar que, según lo anteriormente explicado, este delito comprende tanto las situaciones en las cuales un hombre ocasiona lesiones a una mujer como viceversa. Aplicando igualmente para las parejas de un mismo sexo o de diversas orientaciones sexuales.
En atención a lo expuesto sobre este requisito, si, por ejemplo, Will está casado con Regina, pero sostiene relaciones sexuales ocasionales con Victoria y estando con ella, la golpea ocasionándole lesiones físicas, podría ser acusado por este delito, aunque Victoria no sea su cónyuge.
¿Qué implica causar una lesión de manera intencional?
Causar una lesión de manera intencional implica llevar a cabo una conducta que tuvo como resultado un perjuicio a la integridad física de otra persona. En el caso concreto de este hecho ilícito, es un requisito fundamental que la conducta lesiva haya sido realizada de manera intencional.
Así entonces, se entiende que si una persona lleva a cabo una acción de manera accidental, que haya causado una lesión a su pareja sentimental, no estaría cometiendo el delito, ya que la conducta que propició la situación no fue intencional.
Cabe resaltar que no se requiere que la intención sea dirigida a causar una determinada lesión, puesto que lo relevante es que se trate de una conducta voluntaria y en virtud de esto, se excluya la posibilidad de que se tratase de un accidente.
¿Qué tipo de lesiones deben producirse para ser acusado por este delito?
Para ser acusado por este delito, debe haberse causado una lesión física a la otra persona, independientemente del grado de la misma. De forma tal que si durante una discusión de pareja, Francisco le ocasiona moretones en los brazos a su novia Carlota, Francisco podría ser acusado por este delito, aunque no se trate de una lesión grave.
Igualmente podría ser acusada por este delito Andrea, si al sospechar de la infidelidad de su pareja Ana, discute con ella y dejándose llevar por la rabia del momento, la agrede, tratando de asfixiarla y dejándole marcas en el cuello.
¿Qué significa una condición traumática?
Una condición traumática, se refiere a lesiones de carácter interno o externo causadas mediante una conducta que haya implicado el uso de la fuerza, independientemente de la gravedad de la condición de la víctima.
Para que, durante un juicio, se demuestre el elemento de condición traumática, es necesario que la Fiscalía compruebe que la misma fue un resultado lógico y natural de la lesión provocada y que no habría sucedido de no ser por la lesión provocada por la persona acusada.
Algunas de las condiciones traumáticas que suelen presentarse en los casos de este delito, son: moretones o hematomas, fracturas, heridas abiertas, hemorragias internas o externas, esguinces o lesiones producidas por asfixia o estrangulamiento.
Si en una determinada situación, un chico discute con su prometida y al tratar de lograr una conciliación, él trata de abrazarla, pero ella se aparta bruscamente y se cae al tropezar con un escalón; si bien se produjo una condición traumática en la chica, no fue como resultado de la acción de su prometido y en consecuencia no se trata de un supuesto de este delito.
¿Cuáles son las sanciones aplicables por cometer este delito?
Una condena por este delito, conlleva sanciones de gran severidad que implican tanto ir prisión por un tiempo determinado, como verse en la obligación de cancelar cuantiosas multas. Sin embargo, estas no son las únicas consecuencias desfavorables para una persona que sea condenada por este delito, ya que su vida también podría verse afectada a nivel profesional y personal.
Este delito es considerado como “wobbler”, lo cual quiere decir que la acusación puede ser ejercida como delito menor o mayor, según el criterio de la Fiscalía luego de analizar los hechos del caso en concreto. Siendo que, en cualquiera de los casos, las sanciones establecidas por la ley son severas, ya que se trata de una conducta delictiva que atenta contra la integridad de una persona.
Si la Fiscalía ejerció la acusación calificando el caso como delito menor, las condenas a imponer en caso de resultar procedente la acusación serán: libertad condicional informal o prisión de hasta 1 año en una cárcel del condado, multas de hasta $6.000 y/o la obligación de indemnizar a la víctima.
En caso de tratarse como un delito mayor, la severidad de las penas aumenta y abarcan: libertad condicional o prisión de 2 a 4 años en una cárcel del Estado, multas de hasta $6.000 y/o una indemnización para la víctima.
Es relevante traer a colación que tanto la libertad condicional como la formal conllevan consecuencias desfavorables para el acusado, ya que implican una serie de condiciones impuestas por el Juez. En el caso de la libertad condicional informal, puede ordenarse la asistencia a programas para el manejo emocional, servicio comunitario, entre otras que no impliquen presentación ante las autoridades.
Por otra parte, la libertad condicional formal, comprende condiciones más rigurosas y siempre implica que la persona condenada debe presentarse periódicamente ante las autoridades.
En cualquiera de los casos, si durante el período de libertad condicional, el Juez determina que no se cumplieron las condiciones impuestas, la persona condenada podría ir a prisión.
¿Qué otra consecuencia puede tener una condena de este delito?
Además de las penas señaladas, en la mayoría de los juicios por este delito, el Juez dicta una orden de restricción dirigida a la persona acusada para evitar que tenga cualquier tipo de contacto o acercamiento con la víctima. El tiempo de esta orden de alejamiento puede ser variable, sin superar los 10 años.
En caso de dictarse una orden de restricción, esto afectará la libre circulación de la persona condenada y, en consecuencia, podría verse obligada a cambiar de domicilio, evitar ciertos lugares y no acudir a determinados eventos en los cuales se encuentre la víctima. De manera que una orden de restricción puede limitar la vida social de la persona.
En el mismo sentido, una condena por este delito involucra otras consecuencias perjudiciales para la persona acusada, entre las cuales se encuentra el tener un registro de antecedentes penales que podría afectar su vida laboral, quitarle la oportunidad de conseguir un nuevo empleo o incluso impedirle arrendar un inmueble. De hecho, si la persona condenada ejerciera una profesión que requiere licencia, esta podría ser revocada.
Por otra parte, ser condenado por este delito también podría tener efectos en sus relaciones sociales y familiares, pudiendo ser utilizada esta condena en su contra durante un divorcio u ocasionar la pérdida de la custodia sobre sus hijos.
Por otra parte, si usted es migrante, estaría en riesgo de perder lo que tanto ha trabajado por su futuro ya que una condena por este delito podría afectar su estado migratorio llevándolo incluso a ser deportado o a perder la posibilidad de solicitar la residencia legal en el país.
¿Cuáles son las agravantes aplicables a este delito?
Las circunstancias agravantes son aquellas que, de estar presentes en el caso concreto, implica una mayor severidad en las penas aplicables. En el caso de este delito, las circunstancias agravantes establecidas por ley son:
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Que la persona lesionada sea considera como sujeto vulnerable
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Que, al momento de cometer el delito, la persona acusada profirió amenazas de lesiones graves contra la víctima, desplegó una conducta gravemente violenta o cualquier otra conducta que indique crueldad
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Que la persona acusada haya desarrollado una acción que implique su consideración como individuo peligroso en un contexto social
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Que el acusado previamente tenga antecedentes penales por otros delitos de violencia doméstica o que impliquen violencia, durante un lapso de 7 años previos
¿Este delito puede ser considerado un strike?
Sí, de acuerdo a la Ley de los Tres Delitos y Fuera, recibir una condena por este delito puede ser tomada como “strike”, al ser calificado como delito mayor y, en consecuencia, generar efectos negativos adicionales que incrementan la gravedad de las penas impuestas.
Al cometer un “strike”, las penas ya establecidas aumentan el doble de lo dispuesto en la ley, por lo que contar con tres “strikes”, podría conllevar una condena de 25 años a prisión o cadena perpetua.
Esto se debe a que la Ley de los Tres Delitos y Fuera, sanciona con mayor severidad las subsiguientes situaciones por condenas motivadas por delitos violentos, en virtud de la reincidencia en conductas consideradas peligrosas por la violencia que implican.
¿Qué sucede si la víctima se niega a dar testimonio o retira la denuncia formulada?
En los casos por violencia doméstica, suele suceder que la presunta víctima se niega a dar testimonio o una vez formulada la denuncia, desea retirarla. A pesar de que sea posible pensar que se trata de una forma de desestimar los cargos, al ser situaciones frecuentemente motivadas por la coacción, los Fiscales no suelen desistir del proceso por considerar que la víctima puede ser un sujeto vulnerable.
En aquellos casos en los cuales el cónyuge o pareja de la persona acusada, luego de interponer una denuncia por este delito, manifieste su voluntad de retirar la misma, la Fiscalía generalmente toma esto como una consecuencia de un acto de coacción o manipulación ejercida por la persona acusada y en virtud de ello, optan por seguir el proceso.
En todo caso, si existen elementos que excluyan cualquier tipo coacción o manipulación sobre la presunta víctima, es posible que la Fiscalía opte por el desistimiento de la acusación, por cuanto no existen motivos para sostener la misma, según las circunstancias del caso.
Ahora bien, si la presunta víctima expresa su negativa a testificar durante el juicio, la Fiscalía tiene la facultad de citar a la persona de manera forzosa, so pena de ser arrestado por desacato en caso de no cumplir la orden. Sin embargo, si la presunta víctima, ha huido o no puede ser llevada a juicio y resulta improbable la continuación del proceso sin su testimonio, esto podría conllevar a que el proceso se declare como desistido.
En cualquiera de los supuestos mencionados, es indispensable contar con la asistencia de un abogado con experiencia en este tipo de casos, que pueda analizar el caso con la pericia necesaria e incluso lograr una vía legal que permita la desestimación del caso.
¿Cuáles son los argumentos de defensa ante un juicio por este delito?
Los abogados expertos en defensa criminal tienen las herramientas necesarias para lograr diseñar una estrategia de defensa sólida durante un juicio por este delito. Si bien, para ello es esencial el estudio específico de cada caso, existen ciertos argumentos de defensa empleados frecuentemente en estas situaciones.
Entre los argumentos de defensa anteriormente referidos se encuentran: la persona acusada estaba intoxicada al momento de llevar a cabo la conducta, que se trató de una acción accidental, que se actuó en legítima defensa, que se trata de acusaciones falsas.
¿Qué implica que la persona acusada estaba intoxicada al momento de los hechos?
Este argumento de defensa implica que la persona acusada llevó a cabo su conducta, estando bajo la influencia de algún tipo de droga que alteró sus sentidos y, en consecuencia, su capacidad de actuar voluntariamente estaba afectada y esto desvirtuaba la intencionalidad de la acción.
Siendo que la intención de cometer la acción que generó la lesión corporal al cónyuge, es requisito esencial para este delito, la ausencia de tal elemento implicaría que la persona acusada no puede ser condenada o la reducción de los cargos y en consecuencia las sanciones impliquen una menor severidad.
¿Es posible demostrar que se trató de un hecho accidental?
Sí, argumentar que la conducta que produjo las lesiones al cónyuge fue un hecho accidental es uno de los argumentos de defensa que pueden emplearse en juicio para desvirtuar la intención como elemento fundamental del delito.
Aunque suele parecer una situación difícil de comprobar, un abogado con la pericia profesional necesaria estará en capacidad de determinar las circunstancias relevantes del caso que permitan probar la accidentalidad de la conducta que resultó lesiva.
¿En qué consiste la legítima defensa?
La legítima defensa implica que la persona acusada desplegó la conducta lesiva como defensa ante una amenaza razonablemente peligrosa para su integridad o la de otro individuo. Para que este argumento resulte válido, es importante que se cumplan ciertos requisitos.
Los requisitos para la procedencia de una defensa por este argumento son: que existía una situación en la cual la persona acusada u otro individuo corría peligro, que para repeler la amenaza era necesario desplegar la conducta que ocasionó las lesiones a la pareja o al cónyuge y que la conducta haya sido proporcional a la amenaza recibida.
Un supuesto de legítima defensa sería, si usted se encuentra discutiendo con su pareja porque está descubrió una conversación en la cual se demostraba una infidelidad y en ese momento, por el enfado, tomó un arma de fuego para dispararle a usted y a su hijo; y ante la amenaza, se produjo un forcejeo en el cual usted se defiende empujando a su pareja y causándole una lesión.
¿Qué sucede si las acusaciones son falsas?
Con frecuencia, los casos por este delito involucran una serie de situaciones previas y complejas, vinculadas con la relación de pareja. De allí que, en muchas oportunidades, las acusaciones por este delito tienen como trasfondo una intención de venganza o incluso son empleadas como subterfugio jurídico para determinados fines.
En este sentido, una acusación por este delito puede ser empleada como mecanismo para privar de la custodia sobre los hijos al otro padre o para coaccionar al logro de un acuerdo de divorcio más favorable para la presunta víctima. Incluso, suele suceder que una acusación por este delito tan sólo se vea motivada por un sentimiento de venganza.
En todo caso, si se trata de una acusación falsa, las pruebas que la respaldan carecen de sustento y pueden ser fácilmente desestimadas en juicio, siempre que se cuente con la asesoría y asistencia de un abogado defensor con amplia formación en casos de violencia doméstica.
¿Este delito es una agresión doméstica?
No, aunque se trata de delitos vinculados con la violencia doméstica, ambos son considerados hechos punibles diferentes, ya que la agresión doméstica se encuentra establecida en el artículo 243(e)(1) del Código Penal como un delito que, si bien involucra un contacto físico, no requiere que el mismo haya provocado una lesión.
¿Cómo encontrar un abogado defensor experto en este delito cerca de mí?
Verse involucrado en una situación en la cual, en virtud de alguna acción desplegada por usted, resulte lesionada la persona con la que sostiene o sostenía una relación sentimental puede tornarse en una situación muy compleja que afecte su libertad, posición económica o la posibilidad de ver a sus hijos.
Las consecuencias de una condena por este delito suelen ser perjudiciales para el acusado y marcar su vida para siempre. Por ello, frente a una situación como esta, es fundamental contar con la asistencia de profesionales especialistas en delitos de violencia doméstica.
Si usted requiere asistencia legal en virtud de un caso por lesión corporal a un cónyuge, no dude en contactar lo más pronto posible con el equipo de abogados de Long Beach Criminal Lawyer, a través del número telefónico 562-304-5121.