En el Estado de California, cualquier individuo que represente un riesgo para la vida e integridad de otro, puede ser restringido por una orden de alejamiento (o restricción) emitida por el Tribunal. Tome en consideración que el objetivo de estas órdenes es mantener a la víctima y a sus parientes cercanos protegidos de cualquier amenaza o daño hacia su persona.
Si en la actualidad se emitió alguna orden de alejamiento contra usted, es de suma importancia que cuente con los servicios de un profesional que lo guíe durante este proceso. En Long Beach usted podrá contactar con nuestro equipo legal de Long Beach Criminal Lawyer, quienes tienen experiencia en este tipo de casos y sabrán qué estrategias emplear para evitar que su situación legal sea afectada ¡Contáctenos!
¿Cómo se define una orden de alejamiento?
Legalmente, este tipo de órdenes también se conocen como “orden de protección”, y la autoridad encargada de emitirlas es el Tribunal, quien tiene el objetivo de brindarle seguridad y protección a un individuo que ha sido objeto de amenazas criminales, hostigamiento, abuso físico o sexual, y acoso. De acuerdo con los lineamientos estimados, la víctima recibe el apelativo de “individuo protegido”, mientras que la persona que recibe la orden es señalada como “persona restringida”.
A su vez, la víctima de los acontecimientos no es la única que puede ser protegida bajo esta orden, dado que esta puede extenderse a sus parientes cercanos o personas que vivan junto a ella con el fin de proporcionar mayor seguridad.
¿Qué términos y condiciones deben acatarse al estar restringido bajo una orden de alejamiento?
Cuando una persona es sujeta a una orden de este tipo, se precisa que cumpla con una serie de condiciones, las cuales conllevan a abstenerse de realizar una serie de acciones que señalaremos a continuación.
- Prohibido establecer cualquier tipo de contacto con la víctima, sus parientes cercanos, hijos, o personas que vivan junto a ella.
- Está prohibido acudir o acercarse al hogar o trabajo de la presunta víctima. Asimismo, no podrá ir al instituto académico donde acuden sus hijos u otros establecimientos que la víctima frecuente.
- Se prohíbe poseer, adquirir, o manipular un arma de fuego mientras la orden esté
- Si usted comparte residencia con la presunta víctima y el caso está relacionado con situaciones de violencia doméstica, deberá abandonar la vivienda.
Asimismo, en adición a lo mencionado anteriormente, cuando la orden es emitida en casos de violencia doméstica, es posible que se incluyan las siguientes condiciones:
- Es posible que las posibilidades de ver a su hijo constantemente se reduzcan. Pues deberá cumplir con un programa de visitas que administra las fechas.
- Deberá acudir a terapia (individual o grupal) por un periodo de cincuenta y dos semanas con el propósito de que supere su tendencia agresiva.
- Deberá limitarse de realizar gastos considerables que puedan afectar las finanzas o propiedades de la presunta víctima. Esto ocurre cuando la víctima es su cónyuge o cohabitante.
- Cumplir con un pago por concepto de manutención, lo cual tiene lugar si usted y la víctima tuvieron hijos.
Si lleva a la práctica cualquiera de las acciones señaladas, las autoridades del Estado tendrán conocimiento de ello, dado que los registros forman parte de un sistema de información estatal.
¿Qué tipo de orden de alejamiento hay en California?
Con base en las circunstancias del caso y la situación que la víctima haya enfrentado, el Tribunal se encarga de determinar bajo qué orden de alejamiento debe ser restringido un individuo. Para que se comprenda con mayor amplitud, mencionaremos las órdenes existentes:
- Orden de alejamiento en casos de violencia doméstica
- Orden de alejamiento por abusar de personas dependientes o ancianos
- Orden de alejamiento por acoso
- Orden de alejamiento por violencia o comportamientos hostiles en el lugar de trabajo
Orden de alejamiento en casos de violencia doméstica
Cuando un individuo ha sido vulnerado por violencia doméstica, se encuentra en el derecho de solicitar ante el Tribunal que se realice una orden contra el agresor para que este no pueda acercarse más ni establecer ningún contacto. Sin embargo, para ello se requiere probar una serie de circunstancias. En primera instancia, las autoridades evaluarán que en efecto el perpetrador del acto haya cometido algún acto de abuso o violencia en contra del solicitante. A su vez, se comprobará que entre la víctima y el agresor había un lazo cercano, es decir, eran (o fueron) novios, cónyuges, cohabitantes, etc.
Resulta importante destacar que para solicitar una orden de alejamiento de violencia doméstica tuvo que existir una relación sentimental o se debe probar que existe un vínculo sanguíneo y parental con el agresor. En este orden de ideas, cuando hablamos de una relación sentimental es indiferente si la presunta víctima y la persona que cometió el acto aún mantienen estos lazos, bastará únicamente probar que en efecto mantenían una relación. No obstante, no será suficiente con demostrar que eran compañeros de piso o amigos, pues en este caso no califica como violencia doméstica.
A su vez, esta orden se concede en aquellos casos donde el agresor y la víctima tienen un parentesco cercano. En otras palabras, se incluyen hermanos, abuelos, padres, e hijos, bien sean suyos o de su cónyuge.
Es importante tomar en cuenta que, cuando un menor de edad ha sido víctima de abuso, el tutor o padre de este tiene el derecho de solicitar que se emita una orden en contra de la persona que cometió el acto si el joven para ese momento era menor de doce años. Esto, dado que si el joven tiene más de esa edad, podrá solicitar la misma.
Orden de alejamiento por abusar de personas dependientes o ancianos
Esta orden se encarga de brindar protección a aquellos individuos que pueden sufrir un daño emocional o mental a causa de los abusos hacia su persona. Para que el Tribunal emita una orden de esta índole se precisa que la persona que realiza la solicitud sea mayor de sesenta y cinco años, o que tenga una edad comprendida entre dieciocho y sesenta y cuatro años. A su vez, entre los requisitos se encuentra que la persona afectada padece de alguna discapacidad física o mental que le imposibilite realizar una serie de actividades cotidianas en la vida de un sujeto con todas sus capacidades óptimas o no pueda defenderse.
Asimismo, se deberá dejar en evidencia que la víctima sufrió alguna de las siguientes circunstancias:
- Abuso financiero o físico
- Abandono o negligencia
- Se le proporcionaron tratamientos o medicinas que lo afectó de forma psicológica o física
- El individuo que se encargaba de cuidarlo lo privó de servicios, necesidades y productos básicos con el propósito de hacerle daño, pues estos eran indispensables para evitar cualquier padecimiento mental, físico o emocional
Hay escenarios donde la persona que abusa de la víctima suele ser su cónyuge, hijo, pareja amorosa, e incluso su nieto. Bajo esta situación, la persona abusada califica para solicitar una orden de alejamiento de esta índole o de violencia doméstica. Para establecer cuál le proporciona mayor seguridad, deberá consultarlo con su asesor legal.
Orden de alejamiento por acoso
Cuando una persona es víctima de acoso, amenazas criminales, hostigamiento, o abuso sexual o físico de una persona con la cual no tiene ningún parentesco o relación sentimental, tal como algún amigo, compañero de piso, e incluso su vecino, igualmente podrá solicitar que se emita una orden en su contra. En esta situación, lo mejor será acudir con un profesional en el área que le indique los pasos que debe seguir.
Orden de alejamiento por violencia o comportamientos hostiles en el área de trabajo
Una orden de esta índole suele solicitarse ante el Tribunal cuando un empleado es constantemente acosado, hostigado, o amenazado en su área de trabajo. Generalmente suele ser el empleador quien realiza la solicitud, no obstante, cuando es este la víctima, se deberá solicitar otra orden, la cual puede ser recomendada por un especialista en leyes criminales.
¿Cuál suele ser la vigencia que tiene una orden de alejamiento?
De acuerdo con las leyes del Estado, cada orden de alejamiento tiene un tiempo establecido. Para que se entienda con mayor claridad, expondremos cada una de estas y el tiempo que permanecen en vigencia.
Orden de alejamiento para emergencias (EPO). El propósito de esta orden es brindar protección al individuo afectado por las acciones de otro. Esto, mientras el Tribunal procesa una la orden de alejamiento temporal. En virtud de la disposición legal 6250 ubicada en el Código de Familia, si una autoridad encargada de velar por el cumplimiento de las leyes tiene conocimiento o dispone de información acerca de una situación en la cual una persona puede ser víctima inminente de un acto de violencia, tiene la potestad de emitir una solicitud ante un comisionado o el Juez para que se emita una orden de alejamiento en contra de la persona que llevaría a cabo esta conducta.
En este orden de ideas, la autoridad anteriormente señalada generalmente pertenece al cuerpo policial, siendo un oficial o alguacil. Sin embargo, también podría ser un oficial de la paz en una escuela, e incluso de libertad condicional.
Asimismo, el Juez deberá permanecer disponible durante las veinticuatro horas de lunes a lunes, es decir, sin descanso, dado que las órdenes de esta índole debe emitirse con la mayor rapidez posible. Por ello, será su deber evaluar la gravedad de los hechos y si en efecto la vida de la víctima se encuentra en peligro inmediato para expedir la orden y evitar cualquier daño posterior que el agresor pueda realizar. Ahora bien, cuando se emite dicha orden, esta entra en vigencia de forma inmediata y suele durar una semana. A su vez, si el individuo restringido comparte vivienda con la víctima, esta orden puede incluir entre sus términos y condiciones que debe abandonar la propiedad, lo cual ocurre generalmente con aquellos casos de abuso hacia ancianos o personas incapacitadas, o por violencia doméstica.
Resulta relevante destacar que una orden EPO puede emitirse en situaciones donde se involucró la violencia doméstica, sin embargo, no podrá aplicarse bajo aquellos escenarios de violencia en lugares de trabajo. Asimismo, cuando nos referimos a un caso de acoso civil, este tipo de orden solo está habilitada para los casos donde se ejecutó el acto punible de stalking. Para culminar con este punto, la orden emitida por abuso de discapacitados o ancianos puede emitirse en cualquier situación menos cuando ha sido por abuso financiero.
Orden de alejamiento temporal (TRO). El objetivo de esta orden es proporcionar protección en el menor tiempo posible a un individuo cuya vida e integridad se encuentren en riesgo inmediato. Dicha orden tiene una duración de veinte a veinticinco días. Tras haber culminado con este periodo, se procederá a llevar a cabo una audiencia para decidir si lo mejor es emitir una orden de alejamiento permanente en contra del agresor.
Orden de alejamiento permanente. Cuando el tiempo en vigencia de una orden de alejamiento temporal expira, posteriormente se inicia el proceso para desarrollar una audiencia en la que el Juez establece si considera necesario emitir una orden de alejamiento permanente,
Es importante tomar en consideración que estas órdenes no suelen durar para siempre o por un plazo indefinido. Por el contrario, tienen un periodo de duración máximo de cinco años. Sin embargo, cuando este periodo culmine, el individuo que se encuentra protegido bajo la orden puede enviar una solicitud al Tribunal para que esta se extienda, lo cual ocurre cuando la víctima aún considera que su vida se encuentra en peligro. A su vez, cualquiera que sea la orden solicitada, el proceso que se lleva a cabo suele ser el mismo, la única variante se encuentra en los formularios que han de llenarse para enviar la petición.
Orden de alejamiento criminal. Cuando una persona es condenada a causa de emitir amenazas violentas contra la vida de otra persona, o comete algún acto violento, lo más seguro es que se emita una orden de esta índole mientras se lleva a cabo el Juicio contra el agresor, lo cual quiere decir que hasta que el Juez emita su decisión, la víctima permanecerá en custodia de la orden. No obstante, si al culminar el juicio el acusado es declarado inocente de los cargos presentados en su contra, la orden perderá total vigencia. Pero, de lo contrario, si el acusado resulta declarado como responsable, la orden puede mantenerse vigente por un lapso de tres años posteriores a la sentencia.
¿Qué proceso debe llevarse a cabo para que se emita la orden de alejamiento?
Si un individuo desea recibir la protección de una orden, es indispensable que acuda con un profesional en el área que le brinde asesoría y lo acompañe durante este proceso. Acto seguido, deberá llenar un formulario que posteriormente deberá ser presentado al Tribunal, lo cual puede ser entregado tanto por el individuo que realizó la solicitud como por su abogado.
Cuando el Juez dispone de los formularios, este se encarga de evaluarlos con detenimiento para determinar si emite una orden de alejamiento por un lapso temporal. Cuando en efecto establece que lo mejor es hacerlo, se fijará una fecha para llevar a cabo la audiencia en la cual se comunica la decisión del Juez de emitir una orden de alejamiento definitiva. Esta audiencia tendrá lugar cuando expire la vigencia de la orden temporal, lo cual se mencionó anteriormente.
Asimismo, el individuo que se encuentre restringido deberá ser notificado de que tiene una orden en su contra, la cual le será entregada a través de un “server”, quien no debe estar bajo la protección o alcance de dicha orden. Un server puede ser un sujeto que tenga la mayoría de edad (dieciocho años) y que no tenga nada que ver con el caso. Tal como un compañero del trabajo, amigo, alguacil, entre otras personas que se encargan de entregar estas órdenes.
Entonces, el server procederá a entregar todo lo relacionado con la orden de alejamiento procesada y remitida en su contra, es decir, los documentos que respaldan y amparan la solicitud. Asimismo, la persona restringida deberá cumplir con un formulario donde notifica que fue avisado de la orden. Acto seguido, el server le hará llegar este formulario a la persona solicitante para que este lo entregue en el Tribunal. Esta parte del proceso suele ser muy importante, dado que si el individuo no es notificado antes de que el periodo de la orden temporal culmine, el Tribunal no podrá emitir una orden de carácter permanente. No obstante, la presunta víctima podría realizar una petición ante el Juez para que éste extienda la vigencia de la orden temporal con el objetivo de notificar a la otra parte.
Por su parte, el día en que la audiencia sea llevada a cabo, la persona solicitante deberá entregar una serie de copias de cada formulario solicitado, es decir, el de la petición presentada, y el que prueba que el acusado fue informado. Asimismo, ambas partes deberán acudir el día pautado para que el Juez establezca si debe o no emitir la orden. En tal sentido, si el individuo que solicitó la orden no asiste, lo más probable es que la orden no sea expedida. Sin embargo, en caso de que el sujeto que ha sido restringido no acuda, luego no se tomará en consideración los argumentos que esté presente en su defensa, o las pruebas de las cuales disponga para evitar que se dicte la orden. Bajo cualquier escenario, se establecerá si se emite o no la orden de carácter permanente, que podría tener una vigencia de hasta cinco años.
Finalmente, mientras la audiencia se desarrolle, la persona que realizó la solicitud podrá presentar pruebas en contra del agresor, tales como fotografías, informes policiales o médicos, emails, o cartas que dejan en evidencia las amenazas de este en su contra, o los daños psicológicos o físicos que este le ocasionó.
¿Las órdenes de alejamiento pueden afectar el estatus migratorio de un individuo?
A pesar de que una orden no es capaz de generar ningún cambio de esta índole, bajo determinadas circunstancias podría generar efectos negativos. En determinados escenarios, una orden de alejamiento o violar los términos y condiciones que estas incluyen pueden surgir en consecuencia de llevar a cabo un hecho punible o acto violento que conllevan a ser deportado. Para ilustrar, la mayoría de delitos vinculados con violencia doméstica (incluyendo aquellos que no contemplaron el uso de violencia directa, como el acto punible de acoso), pueden bastar para que un individuo sea deportado o declarado como inadmisible.
¿Qué consecuencias legales puede enfrentar una persona que viola los términos de una orden?
Cuando un individuo desacata lo estimado por una orden, debe enfrentar sanciones por la comisión de un hecho punible menor. Esto suele conllevar a pasar un tiempo en la prisión del condado que puede extenderse hasta por un año. Asimismo, se incluye una multa que puede ser por un valor no superior a mil dólares.
No obstante, cuando una persona es reincidente en violentar una orden, o llevó a cabo una acción violenta mientras se encontraba restringido, el delito se calificará como un wobbler. En otras palabras, el hecho punible puede calificar como grave, lo cual implica permanecer un tiempo tras las rejas en la cárcel estatal hasta tres años. A su vez, se incluye una multa que no debe superar los diez mil dólares.
No obstante, es posible que al evaluar las circunstancias específicas del caso el Juez conceda la libertad del individuo bajo libertad condicional. Para ello, se deberán cumplir una serie de condiciones que no pueden ser vulneradas, entre las cuales se encuentran: brindar servicio a la comunidad, acudir a terapia, no cometer ningún acto criminal, entre otras.
Necesito contactar con un profesional especialista en leyes criminales en Long Beach
Cómo ha podido apreciar, una orden de alejamiento es un asunto muy delicado. Por esta razón, lo más importante es que usted cuente con los servicios de un abogado que le brinde asesoría durante este arduo proceso. En Long Beach Criminal Lawyer nuestro equipo legal se encargará de brindarle sus servicios y trabajar para mejorar su situación legal. Si desea comunicarse con nosotros no dude en llamar 562-304-5121 y con gusto atenderemos todas sus inquietudes ¡Estamos a sus servicios!