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Robo en Tiendas

¿Qué sucede si soy sorprendido robando ítems en Walmart? Pues dependiendo de los detalles del hecho pueden acusarlo de un delito o de otro, pero lo más probable es que lo acusen de robo en tiendas el cual puede costarle hasta seis meses de cárcel en el Estado de California. Pero más allá de un periodo en prisión, el mayor peso de una condena por este hecho punible será lidiar con los antecedentes penales y las dificultades que estos le pueden generar ya que conseguir un empleo y alquilar una vivienda se vuelve más complicado teniendo un historial criminal. 

Por esa razón es importante no restarle importancia al hecho dejando al azar su libertad y reputación. Todo lo contrario, su caso puede tener aspectos legales que no esté tomando en cuenta y que en cualquier momento pueden agravar su escenario legal, por tanto necesita asesorarse con un abogado penalista.

Si está siendo acusado de robo en tiendas en Long Beach, California no dude en contactar a Long Beach Criminal Lawyer para recibir ayuda legal de un abogado penalista y empezar a trabajar en su defensa.

Abogados expertos analizan la Ley de Robo en Tiendas en California

En las siguientes líneas va a conseguir toda la información que necesita saber sobre este hecho punible, tales como, su definición legal, los elementos que lo configuran, las defensas que se pueden emplear y las consecuencias legales aplicables por su comisión.

Tenga en cuenta que el contenido que preparamos para usted no es una asesoría legal, y hemos de advertirle que navegar su propia defensa es una acción peligrosa si no conoce de leyes. En lugar de hacer esto por favor acuda a un abogado cuanto antes y ponga su caso en manos de los profesionales en el área. 

¿Cuál es la ley de Robo en Tiendas de California y qué establece?

La ley que regula este delito es la sección 459.5 del Código Penal de California la cual establece como delito el hecho de ingresar a un establecimiento o negocio abierto al público con la intención de robar mercancía cuyo valor total sea $950 o menos.

En los términos establecidos por la ley, este delito se configura cuando en un mismo hecho coexisten las siguientes circunstancias:

  • El acusado ingresó a un negocio abierto, y
  • El acusado tenía la intención de robar mercancía de $950 o menos.

Estos dos son los llamados “elementos del crimen” que debe probar la contraparte más allá de toda duda razonable para que haya lugar a una condena en contra del acusado. A continuación explicamos cada uno de estos elementos a fin de ayudarle a comprender los aspectos que regula la ley.

Ingresar a un negocio abierto

A los efectos de la ley se entiende por negocio cualquier estructura comercial donde se desarrolle una actividad de comercio (compra, venta e intercambio de productos). “Ingresar” es traspasar los límites del exterior con su cuerpo o con un objeto que esté en su control. De manera que, el sólo hecho de pisar un supermercado ya es suficiente para que se tenga como satisfecho este elemento.

Pero además del ingreso se requiere que la persona haya entrado estando el negocio abierto, esto es en el horario habitual al público, si entró a escondidas durante la madrugada estando el local cerrado, por dar un ejemplo, el delito que se configuraría es otro más grave del cual vamos a hablar más adelante.  

Tener la intención de robar mercancía de $950 o menos

Sobre este elemento hay dos puntos importantes que se deben abordar, el primero es que la ley sólo requiere la simple intención para que se configure el delito, lo que significa que no necesariamente debe salir de la tienda con los artículos robados para que lo condenen por el hecho punible.

El segundo es que la intención del acusado ha debido ser robar mercancía cuyo valor total sea de $950 o menos, y usted se preguntará ¿y si robo bienes de la tienda por un valor mayor a esa cantidad? Pues lo que se habría configurado es otro delito y no el robo al que nos estamos refiriendo.

¿Cómo la Fiscalía puede probar los elementos del crimen?

Como lo establecimos en líneas anteriores, el Fiscal de la acusación debe demostrar que la tienda estaba abierta, que usted ingresó a la misma, y que tenía intención de llevarse mercancía sin pagar su precio. Para ello el Fiscal se puede valer de varios medios de prueba en los que habitualmente se incluyen:

  • Videos captados por cámaras de seguridad de la tienda
  • Sus propias afirmaciones al momento de su arresto
  • El testimonio del personal de la tienda y demás personas que presenciaron los hechos 

Pero todas esas pruebas se pueden desvirtuar mediante estrategias de defensa que se utilizan en estos casos. Mientras más rápido se haga representar por un abogado, más tiempo y mayor ventaja se tiene para idear una estrategia que haga disminuir el valor probatorio de cualquier evidencia en su contra o que por su ilegalidad el Juez se vea obligado a suprimir la misma del proceso.

¿Qué delito se configura si tenía intenciones de robar más de $950 en mercancía o si ingresé al negocio mientras estaba cerrado?

El delito que se habría configurado sería el de robo según la sección 459 del Código Penal de California, el cual se tiene como ejecutado cuando una persona ingresa a una estructura que puede ser residencial, comercial o vehículo cerrado con la intención de cometer un hurto (menor o mayor) u otro delito grave. Dado que este delito no requiere un monto máximo para que se configure, ni tampoco exige que debe ingresar al negocio en un horario específico, este es el hecho punible por el cual sería acusado de darse esas circunstancias.

Antes del año 2014 la diferencia entre ambos delitos no existía, e independientemente del valor de los artículos robados o de si se entraba al establecimiento comercial estando abierto al público o no, la acción punible se procesaba en todo momento bajo la disposición 459 PC. Pero luego de la Proposición 47, que buscó reducir la población carcelaria reduciendo las consecuencias legales por ciertos crímenes, se creó una subsección de esa misma norma, la 459.5 PC en la que se disminuyó la severidad de las sanciones bajo ciertas circunstancias.

Un punto importante de todo esto es que La Proposición 47 también establece que los condenados por robo según la sección 459 PC que en realidad incurrieron en un robo en tiendas están en su derecho de solicitar una nueva sentencia y se les reduzca la condena. Si fue condenado por robo 459 PC y este es su caso, llame a nuestro equipo legal para evaluar la posibilidad de una reducción de sentencia. 

¿Cuáles son las limitaciones de los agentes de seguridad o de prevención de pérdidas según las leyes de California?

Es importante que conozca las limitaciones que tienen los agentes de seguridad o de prevención de pérdidas para que sepa cómo actuar ante el escenario de que, por sospechas de haber cometido robo, le quieran registrar sus pertenencias y por temor, desconocimiento o coacción acceda a ello.

Los agentes de seguridad o prevención de pérdidas son el personal de vigilancia que normalmente vemos a la entrada del centro comercial o en ciertos lugares del mismo y se encargan de velar por el orden del lugar. Pero estos no tienen la misma autoridad que un policía y por tanto su labor es más limitada. Ante una sospecha de robo en tiendas estos sólo pueden:

  • Retenerlo en el lugar hasta que llegue un oficial de la policía y durante un tiempo que sea razonable.
  • Pedirle permiso para registrar sus pertenencias como el bolso, maletín o
  • Usar la fuerza sólo en caso de que la persona se quiera escapar o represente algún peligro para alguien del lugar que sea necesario detener mediante el empleo de la fuerza y sólo en la medida necesaria.

Pero NO puede realizar las siguientes acciones:

  • Registrar arbitrariamente sus pertenencias, a menos que usted lo autorice o llegue un oficial de la policía con autoridad para hacerlo,
  • Tampoco puede esposarlo, o
  • Retenerlo por mucho tiempo. 

Por tanto tenga presente que si le piden registrar sus pertenencias se puede negar a ello y si lo retienen y pasa mucho tiempo sin que se agilice el proceso tiene derecho a retirarse del lugar. Ante estos casos es un plus contar con el número de un abogado de confianza para que lo asista en el momento y vele para que no ocurra un abuso de autoridad.

También es importante que una vez llegue el oficial de la policía no responda ninguna pregunta, ya que usualmente la policía busca que usted diga algo que lo incrimine para tener una causa razonable de arresto, y además de que lo que le diga al oficial puede usarse en su contra en juicio y esto podría reducir sus posibles defensas.

¿Qué defensas puede emplear un abogado penalista a mi favor?

Para poder emplear un defensa que obtenga buenos resultados ante la Corte es necesario realizar previamente un análisis de todos los pormenores de su escenario legal: los detalles del hecho por el cual lo llevaron a juicio, las evidencias que se presentaron para apoyar la acusación, las pruebas que se puedan tener a favor y revisar las disposiciones legales que se aplican al caso. Solo así se puede determinar una defensa idónea.

Entre las defensas que un abogado penalista puede elegir para luchar contra cargos de este tipo están las siguientes:

  • Evidencia Insuficiente
  • Sin intención de Robar
  • Compromiso Civil

A continuación le explicamos en qué consiste cada una de las defensas nombradas.

Evidencia Insuficiente

La evidencia insuficiente es una defensa que se emplea con el alegato de que las pruebas presentadas ante la Corte no bastan por sí solas para demostrar alguno o todos los elementos del crimen, bien sea porque son débiles o bien porque necesitan del apoyo de otras pruebas para que en conjunto demuestre algo.

Por ejemplo, supongamos que el Fiscal en su intento por demostrar que el acusado ingresó a la tienda con el propósito robar ciertos artículos presenta un video de seguridad donde al acusado se le ve indeciso observando los artículos y dando vueltas por el supermercado. Dicho video, si bien puede ser un indicio de la intención de robar, por sí solo no es suficiente. El abogado de defensa criminal podría alegar que cualquier hombre casado que vaya a un supermercado sin su esposa puede ponerse indeciso para comprar y causar duda en el jurado sobre el argumento del Fiscal.

Recordemos que el Fiscal debe probar todos los elementos más allá de cualquier duda razonable y de existir dudas sobre las pruebas, estas simplemente son insuficientes, por tanto no habría lugar a una condena por el delito. 

Sin intención de robar

La intención de robar es uno de los elementos que la Fiscalía debe demostrar para que proceda una condena en su contra, pero generalmente este es el elemento que más suelen atacar los abogados de defensa criminal.

Un ejemplo de falta de intención es que el acusado se haya distraído en su teléfono y saliera de la tienda sin pagar los artículos o que simplemente se le olvidara pagar los alimentos que consumió dentro del local.

Compromiso Civil

Otra forma de evitar una sentencia es que el abogado de defensa criminal medie en nombre y representación del acusado con los propietarios de la tienda para rembolsar las pérdidas, De llegar a un acuerdo que le convenga a ambas partes es posible que, una vez se cumpla con el mismo, el Juez desestime los cargos y usted salga en libertad sin condena ni antecedentes por el crimen.

¿A qué sanciones me enfrento de ser condenado por este crimen?

Una violación al estatuto que regula este hecho punible se trata como delito menor y por tanto las sanciones a las que se enfrenta son las siguientes:

  • Encarcelamiento por un periodo no mayor a 6 meses en una cárcel del condado,
  • Libertad condicional sumaria, y/o
  • Hasta $1.000 en multas.

El Juez en su decisión puede imponer una o varias sanciones según lo considere pertinente para el caso en particular.

Sin embargo, esas sanciones se reducen si el valor total de la mercancía que robó o pretendía robar era de $50 o menor y si no posee un historial criminal, en cuyo caso el acto punible se trata como una infracción en vez de un delito la sanción que se impone es una multa máxima de $250.

Pero tenga en cuenta que además de la acción penal por este delito también puede enfrentar acciones civiles.

¿Qué acciones civiles puede interponer una víctima de robo en tiendas?

Los propietarios de la tienda pueden por vía civil, exigir a la persona que acusan de robar o intentar robar el establecimiento que responda por el pago de los daños y perjuicios causados por cualquier pérdida que haya derivado del robo, como el costo del artículo que el acusado robó o mercancía dañada. Esto suele suceder incluso si no hubo ningún daño porque los empresarios se aprovechan de que pueden exigir dinero.

Bajo estos escenarios lo que sucede es que los empresarios envían a través de su abogado una carta intimidatoria exigiendo el pago de una cantidad de hasta $500 con una fecha límite para cancelar, señalando que de no recibirse el pago entonces se presentará una demanda civil por las pérdidas económicas.

En estos casos es muy importante que acuda a un abogado para recibir asesoría legal oportuna. Ya que pagar el dinero que le exigen podría tenerse como que usted admite ser culpable del delito. Además, pagar el monto de daños exigido no garantiza que la persona no vaya a presentar acciones penales. Recuerde que un abogado penalista puede llegar a un acuerdo con el propietario de la tienda que favorezca a ambas partes. 

¿Puedo eliminar de mi historial criminal una condena por este crimen?

Sí puede hacerlo. Pero para ello debe haber completado con éxito su condena en prisión o su régimen de libertad condicional (lo que corresponda).

El proceso que se sigue para una eliminación de antecedentes penales por este crimen es formular su solicitud ante un Juez para que este fije una fecha y hora en la que se llevará a efecto la audiencia de eliminación, esto previa notificación de la Fiscalía. En dicha audiencia el Fiscal puede oponerse a que se elimine el registro penal, pero la decisión concierne al Juez. 

¿Qué otros delitos se relacionan con el de Robo en Tiendas?

El Código Penal de California estatuye otros delitos que guardan cierta similitud con el robo en tiendas, por lo que usualmente estos se llegan a confundir. Algunos de los crímenes que más relación tienen con este son los que se mencionan a continuación:

  • Robo – Sección 459 PC
  • Hurto Menor – Sección 484 PC
  • Hurto Mayor – Sección 487 PC

En las siguientes líneas explicamos de forma general cada uno de estos.

Robo – Sección 459 PC

Este es el delito que en líneas anteriores dijimos que puede enfrentar de robar o intentar robar ítems de más de $950 o ingresar al negocio estando cerrado al público. Se configura cuando una persona ingresa a una estructura que puede ser residencial, comercial o vehículo cerrado con la intención de cometer un hurto (menor o mayor) u otro delito grave.

Dicho estatuto es más severo que el robo en tiendas y sus sanciones dependen de la calificación del delito, las circunstancias del hecho y los antecedentes penales del acusado. En términos generales una sanción puede ir de 1 a 6 años.

Hurto Menor – Sección 484 PC

Por su parte, un hurto menor se comete cuando una persona toma los bienes de otra persona valorados en $950 o menos siempre que el bien no sea un vehículo, un arma de fuego o se haya tomado directamente de su propietario. Este delito se diferencia del robo en tiendas en que no requiere el ingreso a un establecimiento comercial, podríamos decir que el robo en tiendas es un delito más específico.

Incurrir en hurto menor se castiga por hasta 6 meses en una cárcel del condado.

Hurto Mayor – Sección 487 PC

Por último está el hurto mayor que es básicamente lo contrario del hurto menor, es decir, se configura cuando un individuo toma los bienes de otra persona valorados en más de $950 o el bien es un vehículo o arma de fuego independientemente de su valor. Este crimen se castiga con un tiempo en prisión que oscila entre 1 y 3 años dependiendo de si se califica como delito menor o grave. 

Necesito ayuda legal de un abogado que tenga experiencia litigando casos de Robo en Tiendas cerca de mí

Si bien un caso de robo en tiendas puede parecer insignificante por tratarse de un delito menor, la realidad es que cualquier cargo penal requiere de ayuda legal especializada, pues estos se pueden complicar con aspectos legales que quizás esté ignorando y las consecuencias pueden ser bastantes severas. Además dejar al azar su caso es arriesgarse a que muy probablemente le condenen y termine sufriendo los efectos negativos de tener antecedentes penales.

Un historial criminal puede cerrar las puertas a muchas oportunidades de empleo o incluso la de alquilar una vivienda debido a que en Estados Unidos cualquier persona puede tener acceso a los expedientes criminales de un individuo y ello resulta perjudicial para su reputación. Nadie quiere arrendar un bien o darle trabajo a una persona con antecedentes por robo.

Por esa razón es necesario que contrate los servicios de un abogado de defensa criminal. Tome esta acción lo antes posible sin importar el escenario legal en el que se encuentre, recuerde que luchar contra cargos es de estrategias y análisis.  

Si reside en Long Beach, CA y lo están acusando de cometer un robo en tiendas llame al 562-304-5121 para que un abogado penalista de Long Beach Criminal Lawyer empiece a trabajar en su defensa. ¡Llame ahora!

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